Disposiciones generales. . (2024/129-4)
Extracto de la Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se convocan para el año 2024 las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para la celebración de congresos, cursos, seminarios, jornadas y otras actividades de naturaleza similar en materia de justicia juvenil y cooperación.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 129 - Jueves, 4 de julio de 2024
página 47422/2
Línea 2: Fomento de la generación de conocimiento e incremento de la formación
entre los distintos operadores que intervienen en los ámbitos de justicia gratuita,
mediación y otros medios adecuados de solución de controversias, y régimen jurídico de
las asociaciones, fundaciones y colegios profesionales: 18.000,00 euros.
Denominación de la línea
Anualidad
Partida presupuestaria
Importe
(euros)
Línea 2: Fomento de la generación de
conocimiento e incremento de la formación entre
los distintos operadores que intervienen en los
ámbitos de justicia gratuita, mediación y otros
medios adecuados de solución de controversias,
y régimen jurídico de las asociaciones,
fundaciones y colegios profesionales
2024
2100010000G/14B/48306/00
18.000,00
En todo caso la concesión de las subvenciones estará limitada por las disponibilidades
presupuestarias existentes.
Quinto. Plazo máximo para resolver y notificar.
1. De conformidad con lo previsto en el apartado 15 del Cuadro Resumen de las
Líneas 1 y 2 de la Orden de 1 de mayo de 2024, la resolución de concesión deberá
dictarse y notificarse en el plazo máximo de tres meses contados a partir de la fecha en la
que haya tenido entrada la solicitud en el Registro Electrónico Único de la Administración
de la Junta de Andalucía.
2. El vencimiento del plazo máximo sin que se hubiese dictado y publicado la
resolución expresa, legitima a las personas interesadas para entender desestimada por
silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304372
Cuarto. Solicitudes, documentación y plazo de presentación.
1. Las solicitudes (Anexo I) se presentarán de forma electrónica en el registro
electrónico de la Administración Junta de Andalucía, estando disponibles en el Portal
de la Administración de la Junta de Andalucía y en la oficina virtual de la Consejería de
Justicia, Administración Local y Función Pública, a la que se podrá acceder a través de la
siguiente dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos y Servicios:
a) Para la Línea 1:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25561.html
b) Para la Línea 2:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25562.html
Igualmente, en la dirección mencionada se encuentra disponible como Anexo II,
el formulario de trámites de audiencia, reformulación, aportación de documentos
y aceptación.
2. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente de la publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la presente convocatoria y de su extracto
y concluirá el 30 de septiembre de 2024.
3. En el supuesto de que antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes se
agotara el crédito establecido en la convocatoria, se publicará en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía una resolución en la que conste dicha circunstancia, finalizando el
plazo de presentación de solicitudes con la publicación de la referida resolución.
4. Serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera de plazo. La resolución de
inadmisión será notificada individualmente a la entidad solicitante en los términos de los
artículos 40 a 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 129 - Jueves, 4 de julio de 2024
página 47422/2
Línea 2: Fomento de la generación de conocimiento e incremento de la formación
entre los distintos operadores que intervienen en los ámbitos de justicia gratuita,
mediación y otros medios adecuados de solución de controversias, y régimen jurídico de
las asociaciones, fundaciones y colegios profesionales: 18.000,00 euros.
Denominación de la línea
Anualidad
Partida presupuestaria
Importe
(euros)
Línea 2: Fomento de la generación de
conocimiento e incremento de la formación entre
los distintos operadores que intervienen en los
ámbitos de justicia gratuita, mediación y otros
medios adecuados de solución de controversias,
y régimen jurídico de las asociaciones,
fundaciones y colegios profesionales
2024
2100010000G/14B/48306/00
18.000,00
En todo caso la concesión de las subvenciones estará limitada por las disponibilidades
presupuestarias existentes.
Quinto. Plazo máximo para resolver y notificar.
1. De conformidad con lo previsto en el apartado 15 del Cuadro Resumen de las
Líneas 1 y 2 de la Orden de 1 de mayo de 2024, la resolución de concesión deberá
dictarse y notificarse en el plazo máximo de tres meses contados a partir de la fecha en la
que haya tenido entrada la solicitud en el Registro Electrónico Único de la Administración
de la Junta de Andalucía.
2. El vencimiento del plazo máximo sin que se hubiese dictado y publicado la
resolución expresa, legitima a las personas interesadas para entender desestimada por
silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304372
Cuarto. Solicitudes, documentación y plazo de presentación.
1. Las solicitudes (Anexo I) se presentarán de forma electrónica en el registro
electrónico de la Administración Junta de Andalucía, estando disponibles en el Portal
de la Administración de la Junta de Andalucía y en la oficina virtual de la Consejería de
Justicia, Administración Local y Función Pública, a la que se podrá acceder a través de la
siguiente dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos y Servicios:
a) Para la Línea 1:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25561.html
b) Para la Línea 2:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25562.html
Igualmente, en la dirección mencionada se encuentra disponible como Anexo II,
el formulario de trámites de audiencia, reformulación, aportación de documentos
y aceptación.
2. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente de la publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la presente convocatoria y de su extracto
y concluirá el 30 de septiembre de 2024.
3. En el supuesto de que antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes se
agotara el crédito establecido en la convocatoria, se publicará en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía una resolución en la que conste dicha circunstancia, finalizando el
plazo de presentación de solicitudes con la publicación de la referida resolución.
4. Serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera de plazo. La resolución de
inadmisión será notificada individualmente a la entidad solicitante en los términos de los
artículos 40 a 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.