3. Otras disposiciones. . (2024/128-31)
Orden de 25 de junio de 2024, por la que se acepta la donación, a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, del archivo Antonia Heredia Herrera, para su ingreso y custodia en el Archivo General de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 128 - Miércoles, 3 de julio de 2024

página 47368/3

siempre que se trate de bienes muebles y se cumpla lo establecido en los párrafos
segundo y tercero del artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo.
Por su parte, la citada Ley 14/2007, de 26 de noviembre, dispone en su artículo 2
que el Patrimonio Histórico de Andalucía se compone de todos los bienes de la cultura,
materiales e inmateriales, en cuanto se encuentren en Andalucía y revelen un interés
artístico, histórico o documental para la Comunidad Autónoma, y en el artículo 42.1 que
forman parte del Patrimonio Histórico de Andalucía los bienes muebles de relevancia
cultural para Andalucía que se encuentren establemente en territorio andaluz.
Asimismo, el Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos y desarrollo de la
Ley 3/1984, de 9 de enero, de Archivos, aprobado por el Decreto 97/2000, de 6 de marzo,
define, en su artículo 46, el concepto de ingreso como la entrada de documentos en un
archivo para su custodia, control, conservación y servicio; y establece, en su artículo 47,
los tipos de ingresos que pueden producirse, entre los que se encuentra la donación.
Expuesto lo anterior, atendiendo al ofrecimiento de donación de los bienes, que se
encuentran libres de cargas según lo dispuesto en el apartado segundo del artículo 80
de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, y acreditado el valor cultural de los mismos, que
acrecentarán el Patrimonio Documental de Andalucía mediante su ingreso en el Archivo
General de Andalucía y de conformidad con la propuesta de 7 de junio de 2024, del
titular de la Dirección General de Patrimonio Documental y Bibliográfico e Innovación y
Promoción Cultural,
RESU ELVO
Primero. Aceptar la donación del archivo personal ofrecido por doña Antonia Heredia
Herrera a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuyas características figuran
en el anexo.
Segundo. Ingresar y custodiar la referida colección de documentos en el Archivo
General de Andalucía, atendiendo a la voluntad de la donante.
Tercero. Ordenar que la persona titular de la dirección del Archivo General de
Andalucía levante acta de ingreso definitivo de esta donación, mencionando la presente
orden de aceptación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que lo acuerda en
calidad de administración gestora del centro.
Cuarto. Ordenar la publicación de la orden de aprobación de la donación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes,
contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto
en los artículos 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, conforme a lo
dispuesto en los artículos 10.1.a), 14.1 regla primera y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

CARLOS ARTURO BERNAL BERGUA
Consejero de Turismo, Cultura y Deporte

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Sevilla, 25 de junio de 2024