Autoridades y personal. . (2024/126-29)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, por la que se anuncia la convocatoria de concurso de méritos específico para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la institución.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 126 - Lunes, 1 de julio de 2024
página 47184/9
La persona interesada, en caso de aspirar a más de uno de los puestos de trabajo
convocados deberá indicar el orden de preferencia de los mismos.
3. Concluido el plazo de presentación de instancias no se admitirá ninguna solicitud,
ni modificación alguna al puesto solicitado, ni alegación extemporánea de nuevos méritos,
ni su posterior acreditación, si no se han acreditado en tiempo los aspectos sustantivos
del mérito en cuestión, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre.
4. Los participantes no podrán desistir de su solicitud de participación una vez
finalizado el plazo de alegaciones a la lista provisional de destinos adjudicados.
Quinta. Personas con discapacidad.
Las personas con alguna discapacidad podrán instar en su solicitud las adaptaciones
necesarias para el desarrollo de la fase especifica de méritos. Se podrá requerir, a la
persona interesada, la información que se estime necesaria para su adecuada valoración,
así como el dictamen de los órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria
o asistencial correspondiente respecto de la procedencia de la adaptación y de la
compatibilidad con el desempeño de las funciones y tareas del puesto concreto a ocupar.
Sexta. Méritos valorables.
1. La valoración de los méritos se efectuará en función del puesto de que se trate
con sujeción al baremo y reglas aplicables aprobadas en la base séptima de la presente
convocatoria.
2. La puntuación máxima a obtener será de 160 puntos.
3. Solo se valorarán los méritos referidos a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes que sean alegados, acreditados y autobaremados por el
personal participante.
4. No serán objeto de valoración como méritos los requisitos exigidos en la RPT para
ocupar el puesto a que se aspira, los cuales, en todo caso, deberá cumplir la persona
solicitante.
Séptima. Baremo aplicable.
Concurso
específico de
méritos
160 puntos
Fase 1
Baremo general de méritos
Méritos
valorables
Antigüedad
Experiencia
Formación
Titulación
Grado
Puntos
máx.
20
30
30
10
10
Total
100
Fase 1 (62,50%)
100 puntos
Fase 2 (37,50%)
60 puntos
Fase 2
Comprobación y valoración de aptitudes
Méritos
específicos
Puntos
máx.
Memoria (aptitudes profesionales;
análisis del puesto; iniciativas)
20
Entrevista (Méritos alegados; memoria;
trayectoria; adecuación al puesto)
20
Prueba práctica (Aptitudes;
conocimiento de la OAAF)
Total
20
60
1. Antigüedad.
Se valorarán los servicios prestados, tanto como personal funcionario de carrera
como los reconocidos que se hubieran prestado con anterioridad a la adquisición de tal
condición, hasta un máximo de 20 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304134
Primera fase: Baremo general de méritos
BOJA
Número 126 - Lunes, 1 de julio de 2024
página 47184/9
La persona interesada, en caso de aspirar a más de uno de los puestos de trabajo
convocados deberá indicar el orden de preferencia de los mismos.
3. Concluido el plazo de presentación de instancias no se admitirá ninguna solicitud,
ni modificación alguna al puesto solicitado, ni alegación extemporánea de nuevos méritos,
ni su posterior acreditación, si no se han acreditado en tiempo los aspectos sustantivos
del mérito en cuestión, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre.
4. Los participantes no podrán desistir de su solicitud de participación una vez
finalizado el plazo de alegaciones a la lista provisional de destinos adjudicados.
Quinta. Personas con discapacidad.
Las personas con alguna discapacidad podrán instar en su solicitud las adaptaciones
necesarias para el desarrollo de la fase especifica de méritos. Se podrá requerir, a la
persona interesada, la información que se estime necesaria para su adecuada valoración,
así como el dictamen de los órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria
o asistencial correspondiente respecto de la procedencia de la adaptación y de la
compatibilidad con el desempeño de las funciones y tareas del puesto concreto a ocupar.
Sexta. Méritos valorables.
1. La valoración de los méritos se efectuará en función del puesto de que se trate
con sujeción al baremo y reglas aplicables aprobadas en la base séptima de la presente
convocatoria.
2. La puntuación máxima a obtener será de 160 puntos.
3. Solo se valorarán los méritos referidos a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes que sean alegados, acreditados y autobaremados por el
personal participante.
4. No serán objeto de valoración como méritos los requisitos exigidos en la RPT para
ocupar el puesto a que se aspira, los cuales, en todo caso, deberá cumplir la persona
solicitante.
Séptima. Baremo aplicable.
Concurso
específico de
méritos
160 puntos
Fase 1
Baremo general de méritos
Méritos
valorables
Antigüedad
Experiencia
Formación
Titulación
Grado
Puntos
máx.
20
30
30
10
10
Total
100
Fase 1 (62,50%)
100 puntos
Fase 2 (37,50%)
60 puntos
Fase 2
Comprobación y valoración de aptitudes
Méritos
específicos
Puntos
máx.
Memoria (aptitudes profesionales;
análisis del puesto; iniciativas)
20
Entrevista (Méritos alegados; memoria;
trayectoria; adecuación al puesto)
20
Prueba práctica (Aptitudes;
conocimiento de la OAAF)
Total
20
60
1. Antigüedad.
Se valorarán los servicios prestados, tanto como personal funcionario de carrera
como los reconocidos que se hubieran prestado con anterioridad a la adquisición de tal
condición, hasta un máximo de 20 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304134
Primera fase: Baremo general de méritos