Autoridades y personal. . (2024/126-29)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, por la que se anuncia la convocatoria de concurso de méritos específico para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la institución.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Lunes, 1 de julio de 2024

página 47184/16

la Oficina, aprobado por Acuerdo de la Mesa del Parlamento de Andalucía de 20 de abril
de 2022, en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 46.1 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Décima. Plazo de toma de posesión.
1. La resolución de la dirección de la Oficina por la que se resuelve el concurso y se
adjudican las plazas, establecerá el inicio del plazo de toma de posesión de las personas
adjudicatarias, que no será antes del 15 de septiembre de 2024.
2. La toma de posesión se deberá formalizarse en el plazo máximo de un mes y,
dentro de dicho plazo, la persona adjudicataria deberá resolver su situación administrativa
respecto de su administración de origen para incorporarse en esta institución, de acuerdo
con la legislación vigente de función pública que le sea de aplicación.
Undécima. Remoción del puesto de trabajo.
Las personas que accedan a un puesto de trabajo en esta institución por el
procedimiento de concurso podrán ser removidas por causas sobrevenidas, derivadas de
una supresión, alteración en el contenido del puesto, realizada a través de la relación de
puestos de trabajo, que modifique los supuestos que sirvieron de base a la convocatoria,
o de una falta de capacidad para su desempeño manifestada por rendimiento insuficiente
imputable al funcionario o funcionaria y que impida realizar con eficacia las funciones
atribuidas al puesto.
De acuerdo con el artículo 59.2 de Reglamento de Régimen Interior y Funcionamiento
de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, las personas que, “encontrándose
al servicio de la Oficina, sean removidas de su puesto obtenido por concurso, o su puesto
sea suprimido por modificación de la Relación de Puestos de Trabajo, la Oficina, en el
plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente al del cese, podrá acordar su
adscripción provisional a otro puesto de la misma o le comunicará que no va a hacer
efectiva dicha adscripción. En todo caso, durante este periodo se entenderá que continúa
a todos los efectos en servicio activo en la institución.
Transcurrido el plazo citado sin que se hubiera acordado su adscripción a otro puesto,
o recibida la comunicación de que la misma no va a hacerse efectiva, la persona deberá
solicitar en el plazo máximo de un mes el reingreso al servicio activo en su Administración
de origen y tendrá derecho, al menos, a reingresar en la misma localidad, en las
condiciones y con las retribuciones correspondientes a la categoría, nivel o escalón de la
carrera consolidados, de acuerdo con el sistema de carrera administrativa vigente en la
Administración pública a la que pertenezca.
De no solicitarse el reingreso al servicio activo en el plazo indicado, será declarada
de oficio en situación de excedencia voluntaria por interés particular, con efectos desde el
día siguiente a que hubiesen cesado en el servicio activo en la Oficina”.
Duodécima. Comisión de Valoración.
La Comisión de Valoración estará compuesta del siguiente modo:

Vocalías
Secretaría
Presidencia Suplente
Vocalías Suplentes
Secretaría Suplente

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

D.ª Marta Blázquez Expósito
D.ª Ana María Ríos Aragón
D. David Sampedro Alonso
D. Rogelio Carrasco Crujera
D. Rubén González Carvajal
D. Manuel José Pérez Piñas
D.ª María Teresa Gallardo López
D. Erasmo Aguilar Sánchez
D.ª María del Carmen Ramírez Muñoz
D.ª María Luisa Wic Galván

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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