Disposiciones generales. . (2024/125-8)
Resolución de 20 de junio de 2024, de la Dirección General de Eventos e Instalaciones Deportivas, por la que se convocan, para el ejercicio 2024, las subvenciones previstas en la Orden de 2 de mayo de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a empresas, personas trabajadoras por cuenta propia y fundaciones, para el fomento del patrocinio publicitario deportivo.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 125 - Viernes, 28 de junio de 2024

página 46947/4

Octavo. Información sobre el estado de la solicitud.
Las personas o entidades interesadas en este procedimiento podrán conocer el
estado de su solicitud a través de la oficina virtual de la Consejería de Turismo, Cultura y
Deporte, a la que se puede acceder desde la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/organismos/turismoculturaydeporte/servicios/procedimientos/
detalle/25492.html
Todo ello, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 53.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
Noveno. Pago de la subvención.
1. El abono de la subvención concedida se efectuará con la secuencia establecida en
el apartado 23.a) 2.º del cuadro-resumen de las bases reguladoras:
Núm.
pago

% de pago

1

50%

Tras la resolución de
concesión

2

50%

Tras la justificación de la
totalidad de la actuación
subvencionada

Momento de pago

Plazo justificación de pago
Máximo de 2 meses desde la
finalización de la actividad
subvencionada
Máximo de 2 meses desde la
finalización de la actividad
subvencionada

% pago justificado
anteriormente

100%

La fecha de finalización de la actividad subvencionada será la establecida en el
contrato de patrocinio publicitario con el límite máximo indicado en el apartado 5.d) del
cuadro-resumen de las bases reguladoras, es decir, el 31 de agosto del año siguiente
al de la publicación de la resolución de convocatoria. Por tanto, en todo caso, el plazo
máximo para la presentación de la justificación tendrá como límite el 31 de octubre del
año siguiente al de la convocatoria.

Décimo primero. Devolución voluntaria a iniciativa del perceptor, compensación con
reconocimiento de deuda, y aplazamiento o fraccionamiento con reconocimiento de deuda.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 124 quáter del Texto Refundido de la Ley
General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado mediante Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, la persona o entidad beneficiaria podrá realizar la
devolución voluntaria de la subvención percibida, así como solicitar la compensación y el
aplazamiento o fraccionamiento con reconocimiento de deuda.
Para realizar la devolución voluntaria de la subvención percibida, el beneficiario
deberá solicitar una carta de pago al órgano o entidad concedente de la subvención para
su posterior ingreso. El órgano gestor deberá generar la liquidación modelo 022 de tipo
devolución y le entregará al interesado la carta de pago para su ingreso.
Para solicitar la compensación con reconocimiento de deuda, el beneficiario deberá
dirigir una solicitud al órgano o entidad concedente de la subvención identificando el
crédito reconocido a su favor y la subvención pendiente de justificar. El órgano gestor
deberá generar la liquidación modelo 022 de tipo devolución y remitirá la solicitud al
órgano competente para tramitar solicitud de compensación.
Para solicitar el aplazamiento o fraccionamiento con reconocimiento de deuda,
el beneficiario dirigirá la solicitud al órgano o entidad concedente de la subvención
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00303897

Décimo. Régimen Jurídico.
Las solicitudes tramitadas al amparo de esta convocatoria se regirán en todos sus
aspectos por lo regulado en la Orden de 2 de mayo de 2024, por la que se establecen las
bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de deporte, en régimen
de concurrencia no competitiva, dirigidas a empresas, personas trabajadoras por cuenta
propia y fundaciones, para el fomento del patrocinio publicitario deportivo.