Disposiciones generales. . (2024/125-8)
Resolución de 20 de junio de 2024, de la Dirección General de Eventos e Instalaciones Deportivas, por la que se convocan, para el ejercicio 2024, las subvenciones previstas en la Orden de 2 de mayo de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a empresas, personas trabajadoras por cuenta propia y fundaciones, para el fomento del patrocinio publicitario deportivo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 125 - Viernes, 28 de junio de 2024

página 46947/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Resolución de 20 de junio de 2024, de la Dirección General de Eventos e
Instalaciones Deportivas, por la que se convocan, para el ejercicio 2024, las
subvenciones previstas en la Orden de 2 de mayo de 2024, por la que se
aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen
de concurrencia no competitiva, dirigidas a empresas, personas trabajadoras
por cuenta propia y fundaciones, para el fomento del patrocinio publicitario
deportivo.
Mediante Orden de 2 de mayo de 2024 fueron aprobadas las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones en materia de deporte, en régimen de concurrencia no
competitiva, dirigidas a empresas, personas trabajadoras por cuenta propia y fundaciones,
para el fomento del patrocinio publicitario deportivo (BOJA núm. 97, de 21 de mayo de 2024).
La disposición adicional primera de la citada orden delega en la persona titular de
la Dirección General competente en materia de eventos e instalaciones deportivas, la
competencia para efectuar la convocatoria pública de las subvenciones reguladas en
dicha orden. La convocatoria se realizará mediante resolución, en la que, además del
plazo de presentación de solicitudes, se aprobarán los formularios para ello, así como
para registrar las alegaciones y efectuar la reformulación, la aceptación y la presentación
de documentos, y se determinará la temporada o año natural subvencionable.
Esta convocatoria está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones de la
Consejería de Turismo, Cultura y Deporte para el período 2023-2025, aprobado por la
Orden de 15 de mayo de 2024.
A la vista de lo anterior y en uso de las competencias conferidas por el Título VII del
Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado
por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y por el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de
24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y de acuerdo con
el artículo 26.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, atendiendo a lo establecido en el Decreto 159/2022, de 9 de agosto, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte,
RESU ELVO

Segundo. Concepto subvencionable.
De conformidad con lo dispuesto en el apartado 2.a) del cuadro-resumen de la Orden de 2
de mayo de 2024, a través de la presente resolución será gasto subvencionable la aportación
que el patrocinador se compromete a entregar al patrocinado, según lo establecido en el
contrato de patrocinio publicitario para la temporada 2024/25 o el año 2024, dependiendo de
la modalidad deportiva.
La aportación puede ser económica, en especie o mixta. La aportación económica
consistirá en el pago de una cantidad dineraria, mientras que la aportación en especie
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00303897

Primero. Convocatoria.
Aprobar la convocatoria, para el ejercicio 2024, de las subvenciones previstas en
la Orden de 2 de mayo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones en materia de deporte, en régimen de concurrencia no
competitiva, dirigidas a empresas, personas trabajadoras por cuenta propia y fundaciones,
para el fomento del patrocinio publicitario deportivo.