5. Anuncios. . (2024/125-57)
Edicto de 14 de junio de 2024, del Ayuntamiento de Garrucha, por el que se da publicidad al siguiente acuerdo. (PP. 8863/2024).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 125 - Viernes, 28 de junio de 2024
página 46642/9
Las calificaciones obtenidas por los aspirantes que hayan superado los dos ejercicios
de que consta la fase de oposición se harán públicas mediante anuncio con las relaciones
de aspirantes aprobados en el turno de promoción interna.
Fase de concurso de méritos (máximo 40,00 puntos).
Solamente se procederá a puntuar la fase de concurso de méritos a aquellos
aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
Los méritos a valorar por el Tribunal de Selección, hasta un máximo global de 40,00
puntos, estarán sujetos al siguiente baremo:
Titulaciones académicas, formación (máximo 8,00 puntos):
Por estar en posesión de las siguientes titulaciones, distintas a la exigida para
participar en el proceso selectivo:
- Por cada titulación de Bachiller o Técnico grado medio: 0,75 puntos por cada uno.
- Por cada titulación de Grado Superior (**nivel 1): Por cada título 1 punto.
- Por cada titulación Universitaria de Grado (**nivel 2): Por cada título 2 puntos.
- Por cada titulación Universitaria de Posgrado (**nivel 3): Por cada título 3 puntos.
- Por cada titulación Universitaria de Doctorado (**nivel 4): Por cada título 4 puntos.
- Por cada certificado de profesionalidad Nivel 1: 0,25 puntos.
- Por cada certificado de profesionalidad Nivel 2: 0,50 puntos.
- Por cada certificado de profesionalidad Nivel 3: 0,75 puntos.
Acreditación de la titulación, mediante: Título, o resguardo de haber satisfecho los
derechos para su expedición, o certificación expedida por la Secretaría de la Universidad,
Centro Educativo u órgano competente correspondiente.
No se valorarán aquellas titulaciones que fueran imprescindibles para la consecución
de otras de nivel superior.
** Niveles del marco español de cualificaciones para la Educación Superior.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303592
Experiencia profesional (máximo 20,00 puntos):
- Por cada mes completo de servicios prestados en las distintas Administraciones
Públicas, como funcionario o personal laboral, en puesto de trabajo encuadrado en
Protección Civil con la categoría C2 Auxiliar de Protección Civil: 0,40 puntos/mes
completos.
- Por cada mes completo de servicios prestados en la empresa privada, en puesto
de trabajo con funciones similares, y con la categoría de Auxiliar de Protección Civil: 0,15
puntos/mes.
- Por cada mes completo de servicios prestados en las distintas Administraciones
Públicas, como funcionario o personal laboral, o entidades privadas en puesto de trabajo
encuadrado en Protección Civil con la categoría E subalterno de Protección Civil: 0,40
puntos/mes completos.
La acreditación servicios prestados en Administraciones Públicas se realizará
mediante: La certificación de servicios expedida por la Administración Pública
correspondiente, en la que se indicará la relación funcionarial/laboral y el número total de
años, meses y días de servicios prestados, así como informe de vida laboral expedido por
la Administración de la Seguridad Social. El número total de días de servicios prestados
en las Administraciones Públicas (como personal funcionario o laboral) será el que resulte
del informe de vida laboral expedido por la Administración de la Seguridad Social, en
relación con la información obrante en el resto de medios documentales.
La acreditación servicios prestados en la empresa privada se realizará mediante la
aportación del contrato de trabajo, la última nómina y el Informe de vida laboral expedido
por la Administración de la Seguridad Social.
No se valorará la experiencia profesional que no resulte suficientemente acreditada a
través de los anteriores medios documentales.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 125 - Viernes, 28 de junio de 2024
página 46642/9
Las calificaciones obtenidas por los aspirantes que hayan superado los dos ejercicios
de que consta la fase de oposición se harán públicas mediante anuncio con las relaciones
de aspirantes aprobados en el turno de promoción interna.
Fase de concurso de méritos (máximo 40,00 puntos).
Solamente se procederá a puntuar la fase de concurso de méritos a aquellos
aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
Los méritos a valorar por el Tribunal de Selección, hasta un máximo global de 40,00
puntos, estarán sujetos al siguiente baremo:
Titulaciones académicas, formación (máximo 8,00 puntos):
Por estar en posesión de las siguientes titulaciones, distintas a la exigida para
participar en el proceso selectivo:
- Por cada titulación de Bachiller o Técnico grado medio: 0,75 puntos por cada uno.
- Por cada titulación de Grado Superior (**nivel 1): Por cada título 1 punto.
- Por cada titulación Universitaria de Grado (**nivel 2): Por cada título 2 puntos.
- Por cada titulación Universitaria de Posgrado (**nivel 3): Por cada título 3 puntos.
- Por cada titulación Universitaria de Doctorado (**nivel 4): Por cada título 4 puntos.
- Por cada certificado de profesionalidad Nivel 1: 0,25 puntos.
- Por cada certificado de profesionalidad Nivel 2: 0,50 puntos.
- Por cada certificado de profesionalidad Nivel 3: 0,75 puntos.
Acreditación de la titulación, mediante: Título, o resguardo de haber satisfecho los
derechos para su expedición, o certificación expedida por la Secretaría de la Universidad,
Centro Educativo u órgano competente correspondiente.
No se valorarán aquellas titulaciones que fueran imprescindibles para la consecución
de otras de nivel superior.
** Niveles del marco español de cualificaciones para la Educación Superior.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303592
Experiencia profesional (máximo 20,00 puntos):
- Por cada mes completo de servicios prestados en las distintas Administraciones
Públicas, como funcionario o personal laboral, en puesto de trabajo encuadrado en
Protección Civil con la categoría C2 Auxiliar de Protección Civil: 0,40 puntos/mes
completos.
- Por cada mes completo de servicios prestados en la empresa privada, en puesto
de trabajo con funciones similares, y con la categoría de Auxiliar de Protección Civil: 0,15
puntos/mes.
- Por cada mes completo de servicios prestados en las distintas Administraciones
Públicas, como funcionario o personal laboral, o entidades privadas en puesto de trabajo
encuadrado en Protección Civil con la categoría E subalterno de Protección Civil: 0,40
puntos/mes completos.
La acreditación servicios prestados en Administraciones Públicas se realizará
mediante: La certificación de servicios expedida por la Administración Pública
correspondiente, en la que se indicará la relación funcionarial/laboral y el número total de
años, meses y días de servicios prestados, así como informe de vida laboral expedido por
la Administración de la Seguridad Social. El número total de días de servicios prestados
en las Administraciones Públicas (como personal funcionario o laboral) será el que resulte
del informe de vida laboral expedido por la Administración de la Seguridad Social, en
relación con la información obrante en el resto de medios documentales.
La acreditación servicios prestados en la empresa privada se realizará mediante la
aportación del contrato de trabajo, la última nómina y el Informe de vida laboral expedido
por la Administración de la Seguridad Social.
No se valorará la experiencia profesional que no resulte suficientemente acreditada a
través de los anteriores medios documentales.