5. Anuncios. . (2024/125-57)
Edicto de 14 de junio de 2024, del Ayuntamiento de Garrucha, por el que se da publicidad al siguiente acuerdo. (PP. 8863/2024).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 125 - Viernes, 28 de junio de 2024

página 46642/14

Decimoquinta. Legislación aplicable.
En lo no previsto en las presentes Bases, se estará a lo dispuesto en la legislación y
reglamentación de general aplicación a las Entidades Locales, entre otras:
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
- Ley de la Función Pública de Andalucía, Ley 5/2023, de 7 de junio.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
- Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto
refundido.
- Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la reforma de la Función Pública.
- Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de
las Administraciones Públicas.
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres.
- Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su
inclusión social.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00303592

Decimocuarta. Incidencias y recursos.
El Tribunal de Selección queda facultado para resolver todas las dudas que se
presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso-oposición,
aplicando en todo caso la normativa de general aplicación en la materia.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrán las personas
interesadas ejercitar las acciones que procedan ante la jurisdicción competente pudiendo
no obstante interponer con carácter previo y potestativo Recurso de Reposición, en virtud
de lo dispuesto en el art. 52.1, Ley 7/85, 2 abril, y de conformidad con el procedimiento
legalmente establecido en el art. 123 y art. 124, Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Sin perjuicio de la efectividad y ejecutividad del presente acto, de acuerdo con los
arts. 38, 39 y 98, Ley 39/2015, de 1 de octubre, y 51, Ley 7/85, de 2 de abril, cabe la
interposición de los siguientes recursos:
- Recurso de reposición, ante Alcaldía de la Corporación, que cabrá fundar en
cualquiera de los motivos de nulidad de pleno derecho o anulabilidad previstos en los
arts. 47 y 48 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
- Se interpondrá en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del
presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería.
Igualmente pueden interponer las personas interesadas recurso contenciosoadministrativo, de conformidad con lo establecido en los arts. 25 y 46, de la Ley 29/98,
de 13 de julio. Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Almería o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste
radica en la circunscripción del Tribunal Superior de Justicia de Granada, en el en el plazo
de dos meses, a partir del día siguiente al de publicación del citado anuncio (artículo 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
En lo no previsto en las bases, será de aplicación en el R.D.Lg. 5/2015, de 30 de
octubre, de Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 7/85, de 2
de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; el Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo
y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el
Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; y
demás legislación concordante y las presentes bases.