Disposiciones generales. . (2024/125-2)
Decreto 119/2024, de 25 de junio, por el que se regula el Consejo Andaluz de Cooperación Internacional para el Desarrollo, la Comisión de Cooperación para el Desarrollo y el Registro de Agentes de la Cooperación Internacional para el Desarrollo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 125 - Viernes, 28 de junio de 2024

página 47190/2

SECCIÓN 4.ª Otras disposiciones [art. 29]
Artículo 29. Relaciones con el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo
de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo
Disposición adicional primera. Nombramiento de las personas que ocupan las Vocalías
Disposición adicional segunda. Constitución del Consejo Andaluz de Cooperación Internacional
para el Desarrollo y de la Comisión de Cooperación para el
Desarrollo
Disposición adicional tercera. Indemnizaciones
Disposición derogatoria única. Derogación normativa
Disposición final primera. Aprobación de los Reglamentos Internos
Disposición final segunda. Desarrollo normativo
Disposición final tercera. Entrada en vigor

El Estatuto de Autonomía para Andalucía recoge en su artículo 10 como uno de
los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma «la cooperación internacional con el
objetivo de contribuir al desarrollo solidario de los pueblos», señalando en su artículo
245, referido a la Cooperación al Desarrollo, que «el pueblo andaluz participa de la
solidaridad internacional con los países menos desarrollados promoviendo un orden
internacional basado en una más justa distribución de la riqueza», así como que la
«Comunidad Autónoma de Andalucía desplegará actividades de cooperación para el
desarrollo en dichos países, dirigidas a la erradicación de la pobreza, la defensa de los
derechos humanos y la promoción de la paz y los valores democráticos, particularmente
en Iberoamérica, el Magreb y el conjunto de África».
La Ley 14/2003, de 22 de diciembre, de Cooperación Internacional para el Desarrollo,
establece en su artículo 3 que el objetivo esencial de la política de la Junta de Andalucía
en materia de cooperación internacional para el desarrollo es la erradicación de la
pobreza y la consolidación de los procesos encaminados a asegurar un desarrollo
humano sostenible. Con este motivo, la referida ley contempla como determinante para
garantizar la eficacia de la cooperación que exista una coordinación entre los diferentes
Agentes de la Cooperación Internacional para el Desarrollo que operan desde Andalucía,
tanto Administraciones Públicas como entidades privadas.
Con tal finalidad, la Ley 14/2003, de 22 de diciembre, ha articulado el desarrollo
de la política de la Junta de Andalucía en esta materia a través de diferentes órganos.
Concretamente, el artículo 13.1 de la referida ley ha instituido el Consejo Andaluz de
Cooperación Internacional para el Desarrollo, en adelante, Consejo, como órgano
consultivo y de participación de los distintos Agentes de la cooperación internacional
para el desarrollo que trabajan desde Andalucía, el artículo 14.1 ha creado la Comisión
de Cooperación para el Desarrollo, en adelante, Comisión, como órgano colegiado
de la Administración de la Junta de Andalucía para la coordinación de su política de
cooperación internacional para el desarrollo, y el artículo 19 ha instaurado el Registro de
Agentes de la Cooperación Internacional para el Desarrollo en Andalucía, en adelante
RACDA, donde deberán inscribirse las organizaciones no gubernamentales de desarrollo
y demás entidades de la cooperación para el desarrollo en Andalucía que deseen obtener
subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.
Por su parte, los artículos 13.2 y 14.2 de la referida Ley 14/2003, de 22 de diciembre,
establecen respectivamente que reglamentariamente se determinará la composición y
régimen de funcionamiento del Consejo y de la Comisión y la disposición final primera
faculta al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía para que dicte cuantas
disposiciones sean necesarias para el desarrollo de la ley.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00304140

Anexo I
Anexo II
Anexo III
Anexo IV
Anexo V