Disposiciones generales. . (2024/124-5)
Resolución de 18 de junio de 2024, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca la presentación de proyectos artísticos para residencias creativas Iniciarte en el ejercicio 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 124 - Jueves, 27 de junio de 2024
página 47088/4
a) Seguir estrictamente las indicaciones de la Dirección del espacio en cuanto a
horarios de uso, normas de seguridad y salud, y prevención de riesgos laborales.
b) Atender todas las indicaciones del personal responsable de la Agencia respecto al
acceso y uso de los espacios y asumir las normas internas que los regulan.
c) Acreditar estar en posesión de la tarjeta sanitaria europea o de un seguro médico
que cubra las posibles eventualidades médicas que puedan darse durante el periodo de
residencia.
d) Declarar conocer y aceptar las condiciones de cada espacio, asumiendo la
responsabilidad de cuantas contingencias pudieran producirse durante su estancia.
e) Cumplir con el tiempo de residencia establecido y desarrollar los trabajos incluidos
en el proyecto.
La Agencia suscribirá los correspondientes contratos de cesión de derechos de fijación,
reproducción, distribución y comunicación pública con los/as adjudicatarios/as, titulares de
los derechos de propiedad intelectual de las obras seleccionadas, de conformidad a los
arts. 25, 26 y 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
8.3. Durante la residencia, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales asume las
siguientes obligaciones:
a) Proporcionar en la fecha determinada entre las dos partes un lugar adecuado para
el desarrollo de su proyecto, además de alojamiento en habitación de uso individual con
baño, en régimen de pensión completa.
b) Los/as adjudicatarios/as dispondrán de una retribución máxima de 1.500,00 € (más IVA),
por la participación en charlas y jornadas, así como por la cesión de los derechos de propiedad
intelectual de las obras durante el periodo expositivo, para lo cual se firmará el correspondiente
contrato de cesión de derechos. Esta retribución será distribuida en 250,00 € (más IVA) por
cada participación en actividades hasta un máximo de tres (3) y de 750,00 € (más IVA) por la
cesión de los derechos de autor de las piezas para su exhibición en un espacio expositivo.
c) Podrán suministrarse materiales fungibles para la producción de obras, por un
valor máximo de 350,00€ (más IVA), debiendo detallarse en el proyecto previamente.
El suministro será contratado directamente por la Agencia Andaluza de Instituciones
Culturales, no asumiendo gastos realizados por los/las adjudicatarios/as directamente.
Décima. Derechos de imagen.
Con el fin de poder cumplir con lo establecido en el apartado anterior, los/as
adjudicatarios/as autorizan a que su apariencia física, voz y nombre, en su caso, pueda
aparecer en todo tipo de soportes físicos y digitales (vídeos, fotografías, carteles, etc.),
para su difusión informativa o promocional, con la salvedad y delimitación de aquellos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304037
Novena. Propiedad intelectual.
Los/as participantes declaran bajo su responsabilidad que el proyecto presentado es
de creación intelectual exclusivamente propia y original. En el caso de que el proyecto
incorpore obras o prestaciones intelectuales preexistentes, sujetas a algún derecho
de propiedad intelectual, declaran y garantizan que cuentan con las correspondientes
autorizaciones para su utilización conforme a todos los fines establecidos en la presente
convocatoria. Corresponde en exclusiva a los/as participantes la asunción de todas
las responsabilidades que, por la infracción de lo dispuesto en los párrafos anteriores,
pudieran exigirse, y se responsabilizarán frente a terceros de cualquier reclamación que
pudiera producirse.
Los/as adjudicatarios/as autorizan la grabación de su participación en la programación
de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, así como la toma de imágenes del
proceso de creación a efectos exclusivos de documentación y archivos, no pudiendo
proceder a la explotación comercial del mismo. Así mismo se autoriza a la Agencia
Andaluza de Instituciones Culturales a tomar imágenes con fines de promoción y difusión
del programa.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 124 - Jueves, 27 de junio de 2024
página 47088/4
a) Seguir estrictamente las indicaciones de la Dirección del espacio en cuanto a
horarios de uso, normas de seguridad y salud, y prevención de riesgos laborales.
b) Atender todas las indicaciones del personal responsable de la Agencia respecto al
acceso y uso de los espacios y asumir las normas internas que los regulan.
c) Acreditar estar en posesión de la tarjeta sanitaria europea o de un seguro médico
que cubra las posibles eventualidades médicas que puedan darse durante el periodo de
residencia.
d) Declarar conocer y aceptar las condiciones de cada espacio, asumiendo la
responsabilidad de cuantas contingencias pudieran producirse durante su estancia.
e) Cumplir con el tiempo de residencia establecido y desarrollar los trabajos incluidos
en el proyecto.
La Agencia suscribirá los correspondientes contratos de cesión de derechos de fijación,
reproducción, distribución y comunicación pública con los/as adjudicatarios/as, titulares de
los derechos de propiedad intelectual de las obras seleccionadas, de conformidad a los
arts. 25, 26 y 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
8.3. Durante la residencia, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales asume las
siguientes obligaciones:
a) Proporcionar en la fecha determinada entre las dos partes un lugar adecuado para
el desarrollo de su proyecto, además de alojamiento en habitación de uso individual con
baño, en régimen de pensión completa.
b) Los/as adjudicatarios/as dispondrán de una retribución máxima de 1.500,00 € (más IVA),
por la participación en charlas y jornadas, así como por la cesión de los derechos de propiedad
intelectual de las obras durante el periodo expositivo, para lo cual se firmará el correspondiente
contrato de cesión de derechos. Esta retribución será distribuida en 250,00 € (más IVA) por
cada participación en actividades hasta un máximo de tres (3) y de 750,00 € (más IVA) por la
cesión de los derechos de autor de las piezas para su exhibición en un espacio expositivo.
c) Podrán suministrarse materiales fungibles para la producción de obras, por un
valor máximo de 350,00€ (más IVA), debiendo detallarse en el proyecto previamente.
El suministro será contratado directamente por la Agencia Andaluza de Instituciones
Culturales, no asumiendo gastos realizados por los/las adjudicatarios/as directamente.
Décima. Derechos de imagen.
Con el fin de poder cumplir con lo establecido en el apartado anterior, los/as
adjudicatarios/as autorizan a que su apariencia física, voz y nombre, en su caso, pueda
aparecer en todo tipo de soportes físicos y digitales (vídeos, fotografías, carteles, etc.),
para su difusión informativa o promocional, con la salvedad y delimitación de aquellos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304037
Novena. Propiedad intelectual.
Los/as participantes declaran bajo su responsabilidad que el proyecto presentado es
de creación intelectual exclusivamente propia y original. En el caso de que el proyecto
incorpore obras o prestaciones intelectuales preexistentes, sujetas a algún derecho
de propiedad intelectual, declaran y garantizan que cuentan con las correspondientes
autorizaciones para su utilización conforme a todos los fines establecidos en la presente
convocatoria. Corresponde en exclusiva a los/as participantes la asunción de todas
las responsabilidades que, por la infracción de lo dispuesto en los párrafos anteriores,
pudieran exigirse, y se responsabilizarán frente a terceros de cualquier reclamación que
pudiera producirse.
Los/as adjudicatarios/as autorizan la grabación de su participación en la programación
de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, así como la toma de imágenes del
proceso de creación a efectos exclusivos de documentación y archivos, no pudiendo
proceder a la explotación comercial del mismo. Así mismo se autoriza a la Agencia
Andaluza de Instituciones Culturales a tomar imágenes con fines de promoción y difusión
del programa.