3. Otras disposiciones. . (2024/124-62)
Resolución de 17 de junio de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Sevilla, por la que se dispone la publicación del acuerdo de la CTOTU de Sevilla de fecha 28 de mayo de 2024, relativo a la Modificación núm. 6 del PGOU de Lebrija (Sevilla), en el ámbito del Ari Urt-2 (Peri UE-8 «La Huerta»).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 124 - Jueves, 27 de junio de 2024
página 46918/4
Tercero. De conformidad con el artículo 10 del Decreto del Presidente 10/2022, de 25
de julio, sobre reestructuración de las Consejerías, la Consejería de Fomento, Articulación
del Territorio y Vivienda, mantiene las competencias atribuidas a la anterior la Consejería
de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, salvo la competencias en
materia de puertos. Asimismo, se aprueba el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por
el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la
organización territorial provincial de la Junta de Andalucía.
En virtud del artículo 2.4.j) del Decreto 160/2022, de 9 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y
Vivienda, la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo queda adscrita
a la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.
Asimismo, de conformidad con la disposición transitoria tercera del citado decreto, las
competencias recogidas en el Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el
ejercicio de las competencias de las Administración de la Junta de Andalucía en materia
de Ordenación del Territorio y Urbanismo, hasta tanto no se adapten al referenciado
decreto, se entenderán atribuidas a los órganos equivalentes de la Consejería de
Fomento, Articulacion del Territorio y Vivienda.
El Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las
competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación
del Territorio y Urbanismo, distribuye las competencias que en materia de urbanismo
tiene la Administración de la Junta de Andalucía, en virtud del artículo 31 de la LOUA,
entre los diferentes órganos de la Administración Andaluza.
La Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo (CTOTU) de Sevilla
es el órgano competente para adoptar el acuerdo que proceda sobre la aprobación
definitiva de este expediente, conforme a los artículos 31.2.B.a) de la LOUA y 12.1.d) del
citado Decreto 36/2014.
Cuarto. El informe técnico-jurídico del Servicio de Urbanismo de la Delegación
Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Sevilla, emitido con
fecha 22/05/2024, concluye que la propuesta debe ser informada desfavorablemente
en aplicación de la regla segunda del artículo 36.2.c) de la LOUA, debido al sentido
del dictamen emitido, con fecha 30/04/2024, por el Consejo Consultivo de Andalucía;
debiendo, subsanarse las deficiencias recogidas en el apartado “Conclusiones” del
referido informe.
De conformidad con la propuesta formulada, con fecha 22/05/2024, por la persona
titular de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en
Sevilla, en virtud de lo establecido por el art. 10.1 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero,
la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, por la mayoría
especificada por el art. 9.4 del citado Decreto, de conformidad con el art. 17 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y la Ley 9/2007, de 22
octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía
1.º Suspender la aprobación definitiva de “Modificación núm. 6 del PGOU de Lebrija,
en el ámbito del Ari Urt-2 (Peri UE-8 ̒ La Huerta̕ )”, con aprobación provisional por el Pleno
del Ayuntamiento, de fecha 09/11/2022, en virtud del artículo 33.2.d) de la Ley 7/2002,
de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y en base al sentido
desfavorable del dictamen preceptivo y vinculante emitido, con fecha 30/04/2024, por el
Consejo Consultivo de Andalucía; debiendo subsanarse las deficiencias del documento
en los términos expresados en el informe técnico-jurídico, emitido con fecha 22/05/2024,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303868
ACUERDA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 124 - Jueves, 27 de junio de 2024
página 46918/4
Tercero. De conformidad con el artículo 10 del Decreto del Presidente 10/2022, de 25
de julio, sobre reestructuración de las Consejerías, la Consejería de Fomento, Articulación
del Territorio y Vivienda, mantiene las competencias atribuidas a la anterior la Consejería
de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, salvo la competencias en
materia de puertos. Asimismo, se aprueba el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por
el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la
organización territorial provincial de la Junta de Andalucía.
En virtud del artículo 2.4.j) del Decreto 160/2022, de 9 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y
Vivienda, la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo queda adscrita
a la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.
Asimismo, de conformidad con la disposición transitoria tercera del citado decreto, las
competencias recogidas en el Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el
ejercicio de las competencias de las Administración de la Junta de Andalucía en materia
de Ordenación del Territorio y Urbanismo, hasta tanto no se adapten al referenciado
decreto, se entenderán atribuidas a los órganos equivalentes de la Consejería de
Fomento, Articulacion del Territorio y Vivienda.
El Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las
competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación
del Territorio y Urbanismo, distribuye las competencias que en materia de urbanismo
tiene la Administración de la Junta de Andalucía, en virtud del artículo 31 de la LOUA,
entre los diferentes órganos de la Administración Andaluza.
La Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo (CTOTU) de Sevilla
es el órgano competente para adoptar el acuerdo que proceda sobre la aprobación
definitiva de este expediente, conforme a los artículos 31.2.B.a) de la LOUA y 12.1.d) del
citado Decreto 36/2014.
Cuarto. El informe técnico-jurídico del Servicio de Urbanismo de la Delegación
Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Sevilla, emitido con
fecha 22/05/2024, concluye que la propuesta debe ser informada desfavorablemente
en aplicación de la regla segunda del artículo 36.2.c) de la LOUA, debido al sentido
del dictamen emitido, con fecha 30/04/2024, por el Consejo Consultivo de Andalucía;
debiendo, subsanarse las deficiencias recogidas en el apartado “Conclusiones” del
referido informe.
De conformidad con la propuesta formulada, con fecha 22/05/2024, por la persona
titular de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en
Sevilla, en virtud de lo establecido por el art. 10.1 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero,
la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, por la mayoría
especificada por el art. 9.4 del citado Decreto, de conformidad con el art. 17 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y la Ley 9/2007, de 22
octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía
1.º Suspender la aprobación definitiva de “Modificación núm. 6 del PGOU de Lebrija,
en el ámbito del Ari Urt-2 (Peri UE-8 ̒ La Huerta̕ )”, con aprobación provisional por el Pleno
del Ayuntamiento, de fecha 09/11/2022, en virtud del artículo 33.2.d) de la Ley 7/2002,
de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y en base al sentido
desfavorable del dictamen preceptivo y vinculante emitido, con fecha 30/04/2024, por el
Consejo Consultivo de Andalucía; debiendo subsanarse las deficiencias del documento
en los términos expresados en el informe técnico-jurídico, emitido con fecha 22/05/2024,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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