Disposiciones generales. . (2024/122-3)
Extracto de la Orden de 10 de junio de 2024, por la que se realiza la convocatoria 2024 para la concesión de ayudas al alquiler, en régimen de concurrencia no competitiva, a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 122 - Martes, 25 de junio de 2024

página 46937/2

víctimas de trata con fines de explotación sexual, víctimas de violencia sexual, personas
objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar o con otras circunstancias
de especial vulnerabilidad.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de
ayudas al alquiler en régimen de concurrencia no competitiva a las víctimas de violencia
de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y
otras personas especialmente vulnerables, de conformidad con la Orden de 10 de junio
de 2022 (BOJA núm. 115, de 17 de junio de 2022).
Quinto. Importe.
1. El crédito presupuestario para atender a la financiación de las ayudas que se
convocan asciende a 17.100.000 euros, de los cuales 15.000.000 euros corresponden a
financiación estatal y 2.100.000 euros son de financiación autonómica.
Para cada una de las subvenciones que se concedan se podrá subvencionar una
cuantía máxima de seis mil euros (6.000 €), teniendo en cuenta además que el importe
máximo de financiación será de quinientos euros (500 €) mensuales, incluidos los gastos
de comunidad, en su caso.
2. El crédito presupuestario para atender a la financiación de las ayudas que
se convocan se desglosa en el siguiente cuadro, donde se consignan las partidas
presupuestarias y la distribución provincial:

ALMERÍA

FINANCIACIÓN ESTATAL
1700180000 G/43A/48307/00 S0096
964.500,00 euros

CÁDIZ

2.250.000,00 euros

CÓRDOBA

1.633.500,00 euros

GRANADA

1.929.000,00 euros

HUELVA
JAÉN
MÁLAGA
SEVILLA
TOTAL
DELEGACIÓN
TERRITORIAL

910.500,00 euros
991.500,00 euros
3.000.000,00 euros
3.321.000,00 euros
15.000.000,00 euros
FINANCIACIÓN AUTONÓMICA
170003000 G/43A/48306/00 01

ALMERÍA

151.908,75 euros

CÁDIZ

354.375,00 euros

CÓRDOBA

257.276,25 euros

GRANADA

303.817,50 euros

HUELVA

143.403,75 euros

JAÉN

156.161,25 euros

MÁLAGA

210.000,00 euros

SEVILLA

523.057,50 euros

TOTAL

2.100.000,00 euros

La subvención media se estima en tres mil quinientos euros (3.500,00 €), por lo que el
crédito asignado permitiría resolver aproximadamente unas cuatro mil ochocientas ayudas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00303887

DELEGACIÓN
TERRITORIAL