5. Anuncios. . (2024/121-59)
Anuncio de 7 de junio de 2024, del Ayuntamiento de Villanueva del Río y Minas, de subsanación del Error Material relativo a la delimitación de Áreas Forestales del PGOU, mediante una innovación del planeamiento general en la que se redelimitan las categorías de suelo no urbanizable de las zonas del ámbito incluidas en el documento de subsanación de Error Material núm. 2 y zonas aledañas, a través del cambio de su categoría a la de Suelo No Urbanizable de Carácter Natural o Rural de aquellas áreas de suelos que por su naturaleza no deban estar protegidos, siguiéndose así el cauce señalado al efecto por la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio. (PP. 8854/2024).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 121 - Lunes, 24 de junio de 2024

página 46574/1

5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTOS
Anuncio de 7 de junio de 2024, del Ayuntamiento de Villanueva del Río y Minas,
de subsanación del Error Material relativo a la delimitación de Áreas Forestales
del PGOU, mediante una innovación del planeamiento general en la que se
redelimitan las categorías de suelo no urbanizable de las zonas del ámbito
incluidas en el documento de subsanación de Error Material núm. 2 y zonas
aledañas, a través del cambio de su categoría a la de Suelo No Urbanizable
de Carácter Natural o Rural de aquellas áreas de suelos que por su naturaleza
no deban estar protegidos, siguiéndose así el cauce señalado al efecto por la
Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio. (PP. 8854/2024).

HAGO SABER

Teniendo en cuenta que el documento justifica los fundamentos legales punto por
punto y se ajusta a la normativa urbanística, territorial, ambiental y sectorial que le es de
aplicación y es por lo que se considera que el documento tiene un contenido adecuado
para el completo desarrollo de sus objetivos y determinaciones afectadas y contiene las
aplicables resultantes de la Innovación, puede someterse a la Aprobación Inicial y la
exposición pública por parte del Pleno de la Corporación para su tramitación, se acuerda:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00303523

Que por el Ayuntamiento Pleno en Sesión Ordinaria celebrada el día 15 de marzo
de 2024, se adoptó por unanimidad de los Sres. Asistentes que constituyen la mayoría
absoluta del número legal de miembros de la Corporación el acuerdo cuya parte
dispositiva es como sigue:
Visto el informe emitido por el Arquitecto de este Ayuntamiento don Fernando J. Beviá
González, a la vista de la documentación relativa al Proyecto de Modificación Puntual del
PGOU, Adaptación Parcial a la Loua de las NN.SS. de Villanueva del Río y Minas suscrito por
M. López Arquitectos, S.L.P., y del Estudio Ambiental Estratégico, suscrito por DSV Ingeniería
Ambiental. S.L. para su tramitación reglamentaria en orden a su aprobación inicial.
Visto que el documento urbanístico cuya aprobación inicial se somete al Pleno de la
Corporación tiene por objeto la subsanación del Error Material relativo a la delimitación de
Áreas Forestales del PGOU, mediante una innovación del planeamiento general en la que
se redelimitan las categorías de suelo no urbanizable de las zonas del ámbito incluidas
en el documento de subsanación de Error Material nùm. 2 y zonas aledañas, a través del
cambio de su categoría a la de Suelo No Urbanizable de Carácter Natural o Rural, de
aquellas áreas de suelos que por su naturaleza no deban estar protegidos; siguiéndose
así el cauce señalado al efecto por la Dirección General de Urbanismo y Ordenación
del Territorio en su resolución 37321/41/19/001/0 con fecha de 8 de julio de 2019. La
delimitación de las zonas se identificó en el borrador de la modificación (Documento
de Avance) con el que se inició la Evaluación ambiental, todas ellas carentes de una
protección especial por la planificación urbanística, bien porque no tienen categoría de
forestal o bien porque estaban afectadas por otras actividades a la entrada en vigor de
las Normas Subsidiarias de Villanueva del Río y Minas o no tienen relevancia, a juicio del
Ayuntamiento, para otorgarle una categoría de especialmente protegido a nivel municipal.