Disposiciones generales. . (2024/120-2)
Decreto 114/2024, de 18 de junio, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, para el impulso de la actividad económica, a través de proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental, proyectos de inversión para el crecimiento y mejora de la competitividad de las PYMES y proyectos de puesta en marcha de pequeñas empresas, por parte de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 120 - Viernes, 21 de junio de 2024
página 46837/28
CUADRO RESUMEN DE LA LÍNEA DE SUBVENCIONES EN CONCURRENCIA NO COMPETITIVA DE LA
AGENCIA EMPRESARIAL PARA LA TRANSFORMACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO (TRADE) PARA
PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN INDUSTRIAL Y DESARROLLO EXPERIMENTAL EN ANDALUCÍA.
0.- Identificación de la línea de subvención:
SUBVENCIONES PARA LA PROMOCIÓN DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN INDUSTRIAL Y DESARROLLO
EXPERIMENTAL EN ANDALUCÍA.
1.- Objeto (Artículo 1):
El objeto general de la presente línea de subvenciones es promover la investigación industrial y el desarrollo
experimental en Andalucía, en el marco de las actividades establecidas en la Estrategia de Especialización Inteligente
para la Sostenibilidad de Andalucía, S4 Andalucía.
2. Proyectos subvencionables (Artículo 1):
2.a) Proyectos subvencionables:
Para ser subvencionables, los proyectos deberán corresponder a alguna de las siguientes categorías, según las
definiciones recogidas en el Anexo I:
Investigación Industrial
Desarrollo Experimental
Los proyectos deberán cumplir los siguientes requisitos:
a)
Tendrán por objeto la búsqueda de nuevos productos, procesos o servicios o la mejora de los ya existentes.
b)
Deberán ser considerados viables desde el punto de vista técnico, económico y financiero.
c)
Tendrán una duración máxima de 2 años (período de ejecución). Se podrá solicitar de manera motivada la
ampliación de dicho plazo, no pudiendo ser la ampliación superior a la mitad del plazo inicial de ejecución.
Los proyectos serán objeto de una doble evaluación: científico-técnica y de impacto.
Para ser subvencionados ambas evaluaciones deberán ser favorables.
Cuando la convocatoria así lo determine, un informe realizado por una entidad externa a la Agencia
TRADE realizará una evaluación científico-técnica del proyecto, que complementará la instrucción y
evaluación realizada por el órgano competente. La entidad externa se encontrará entre las siguientes:
1. La Agencia Estatal de Investigación (o la entidad pública que asuma sus competencias),
a través del mecanismo de precios públicos que dicha entidad tenga establecido.
2. La Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (o la entidad pública
que asuma sus competencias), a través de los mecanismos que dicha entidad tenga
establecidos.
3. Una entidad externa de carácter privado, cuya contratación habrá de seguir lo
establecido para cada caso en la normativa de aplicación de los contratos públicos.
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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303787
d) Deberán contar con una evaluación científico-técnica y de impacto favorables, en los términos en los que se
menciona a continuación:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 120 - Viernes, 21 de junio de 2024
página 46837/28
CUADRO RESUMEN DE LA LÍNEA DE SUBVENCIONES EN CONCURRENCIA NO COMPETITIVA DE LA
AGENCIA EMPRESARIAL PARA LA TRANSFORMACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO (TRADE) PARA
PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN INDUSTRIAL Y DESARROLLO EXPERIMENTAL EN ANDALUCÍA.
0.- Identificación de la línea de subvención:
SUBVENCIONES PARA LA PROMOCIÓN DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN INDUSTRIAL Y DESARROLLO
EXPERIMENTAL EN ANDALUCÍA.
1.- Objeto (Artículo 1):
El objeto general de la presente línea de subvenciones es promover la investigación industrial y el desarrollo
experimental en Andalucía, en el marco de las actividades establecidas en la Estrategia de Especialización Inteligente
para la Sostenibilidad de Andalucía, S4 Andalucía.
2. Proyectos subvencionables (Artículo 1):
2.a) Proyectos subvencionables:
Para ser subvencionables, los proyectos deberán corresponder a alguna de las siguientes categorías, según las
definiciones recogidas en el Anexo I:
Investigación Industrial
Desarrollo Experimental
Los proyectos deberán cumplir los siguientes requisitos:
a)
Tendrán por objeto la búsqueda de nuevos productos, procesos o servicios o la mejora de los ya existentes.
b)
Deberán ser considerados viables desde el punto de vista técnico, económico y financiero.
c)
Tendrán una duración máxima de 2 años (período de ejecución). Se podrá solicitar de manera motivada la
ampliación de dicho plazo, no pudiendo ser la ampliación superior a la mitad del plazo inicial de ejecución.
Los proyectos serán objeto de una doble evaluación: científico-técnica y de impacto.
Para ser subvencionados ambas evaluaciones deberán ser favorables.
Cuando la convocatoria así lo determine, un informe realizado por una entidad externa a la Agencia
TRADE realizará una evaluación científico-técnica del proyecto, que complementará la instrucción y
evaluación realizada por el órgano competente. La entidad externa se encontrará entre las siguientes:
1. La Agencia Estatal de Investigación (o la entidad pública que asuma sus competencias),
a través del mecanismo de precios públicos que dicha entidad tenga establecido.
2. La Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (o la entidad pública
que asuma sus competencias), a través de los mecanismos que dicha entidad tenga
establecidos.
3. Una entidad externa de carácter privado, cuya contratación habrá de seguir lo
establecido para cada caso en la normativa de aplicación de los contratos públicos.
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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303787
d) Deberán contar con una evaluación científico-técnica y de impacto favorables, en los términos en los que se
menciona a continuación: