3. Otras disposiciones. . (2024/118-19)
Resolución de 11 de junio de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se convoca el proceso electoral de la Federación Andaluza de Esquí Náutico correspondiente al año 2024 y se dispone el nombramiento de una comisión gestora específica para el ejercicio de sus funciones.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 118 - Miércoles, 19 de junio de 2024

página 46622/18

f) Publicidad de la convocatoria y URL de enlace informático.
A efectos de publicidad de la convocatoria, se aplicará lo dispuesto en el apartado 3
del Anexo I de la Orden de 11 de marzo de 2024: «Además de la publicidad mínima que,
con carácter preceptivo, establece el artículo 5 de la orden, las federaciones deportivas
andaluzas adoptarán las medidas oportunas para que el anuncio de la convocatoria
pueda ser conocido por las personas miembros de todos los estamentos de la federación
y, en especial, los clubes y secciones deportivas afiliados para su exposición pública».
En este sentido, el artículo 6 de la citada orden, prevé lo siguiente:
«1. La convocatoria se publicará en las sedes de las federaciones deportivas
andaluzas, en las de sus delegaciones territoriales, y en su página web oficial en una
sección denominada “Procesos electorales” que se encontrará permanentemente
actualizada, en un plazo máximo de cinco días a contar desde la fecha de la convocatoria,
manteniéndose expuesta toda la documentación, así como la posterior que genere el
proceso electoral y que deba ser publicada, hasta, como mínimo, su término con la
proclamación del Presidente o Presidenta.
2. Igualmente, y en el mismo plazo máximo de cinco días a contar desde la fecha de la
convocatoria, se publicará un anuncio de la convocatoria en la página web de la Consejería
competente en materia de deporte, para cuyo cumplimiento, quien ostente la Secretaría
de la comisión gestora, dentro de los dos días siguientes a la convocatoria, remitirá a la
Dirección General competente en materia de deporte, mediante correo electrónico, los
siguientes datos: federación convocante, fecha de la convocatoria, lugares donde esté
expuesta la convocatoria, día de inicio efectivo del proceso electoral, calendario electoral,
horario de apertura de los lugares donde esté expuesta y plazo de impugnaciones.
3. Desde la exposición de la convocatoria y durante todo el proceso electoral, las
federaciones deportivas andaluzas y sus delegaciones territoriales mantendrán abiertas
sus sedes, como mínimo, dos horas los días laborables y facilitarán a quienes lo soliciten
la información necesaria para el ejercicio de sus derechos electorales.
Aquellas federaciones deportivas que no mantengan abiertas sus delegaciones
territoriales en los términos indicados, deberán publicar toda la documentación electoral en
las correspondientes Delegaciones Territoriales de la Consejería competente en materia de
deporte, previa autorización de la Dirección General competente en materia de deporte.»
No obstante lo anterior, por la inexistencia de sedes federativas de la FAEN e
inexistencia de página web federativa, todas las referencias hechas a éstas han de
entenderse efectuadas a la dirección postal de la Dirección General de Sistemas y Valores
del Deporte, como sede federativa, a las sedes de las Delegaciones Territoriales de la
Consejería de Turismo y Deporte, y a la página web oficial del portal web de la Consejería
competente en materia de deporte, en el apartado «Elecciones Federativas», de acuerdo
con lo dispuesto en el Anuncio de la presente convocatoria. No será necesario para ello
autorización de la Dirección General competente en materia de deporte.
Igualmente resulta de aplicación al presente procedimiento electoral lo previsto en el
artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre:
«Los actos administrativos serán objeto de publicación cuando así lo establezcan las
normas reguladoras de cada procedimiento o cuando lo aconsejen razones de interés
público apreciadas por el órgano competente.
En todo caso, los actos administrativos serán objeto de publicación, surtiendo ésta los
efectos de la notificación, en los siguientes casos:
a) Cuando el acto tenga por destinatario a una pluralidad indeterminada de personas
o cuando la Administración estime que la notificación efectuada a un solo interesado es
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00303571

En el supuesto de que ningún elector solicite el voto por correo, se podrá modificar
el calendario por la Comisión Electoral, suprimiendo todos trámites referidos al voto por
correo. Debido a las excepcionales circunstancias de la presente convocatoria, no será
exigible indicar el número de licencia federativa.