3. Otras disposiciones. . (2024/117-33)
Resolución de 10 de junio de 2024, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se hacen públicos los criterios para la aplicación de las penalizaciones en caso de incumplimiento de los requisitos y criterios de subvencionabilidad, compromisos u otras obligaciones, en relación con las Intervenciones sobre el Desarrollo Rural relativas a los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión y la relativa a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027, gestionadas por la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados.
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CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL
Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica
BOJA
ANEXO IIOficial
y III
Boletín
de la Junta de Andalucía
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL
ORGANISMO:
DIRECCIÓN GENERAL DE AYUDAS DIRECTAS Y DE MERCADOS
de la avifauna.
El cumplimiento de los compromisos se verificará por
la entidad de certificación en producción integrada.
No obstante, la documentación acreditativa de haber
realizado los distintos compromisos, podrá ser
requerida en cualquier momento por la
Administración, tanto en un control administrativo
como en un control sobre el terreno.
6503.1 Conversión a prácticas y métodos de
agricultura y ganadería ecológica.
6503.1.1 Conversión a prácticas y métodos de
apicultura ecológica.
6503.2 Mantenimiento de prácticas y métodos de
agricultura y ganadería ecológica.
6503.2.1 Mantenimiento de prácticas y métodos de
apicultura ecológica.
2. Las unidades comprometidas deben estar
certificadas en producción ecológica, según lo
establecido en el el Reglamento (UE) 2018/848 del
Parlamento Europeo y del Consejo sobre Producción
Ecológica y Etiquetado de los productos ecológicos,
por el correspondiente organismo de certificación
autorizado por la Comunidad Autónoma.
6505.1.1 Fomento de razas autóctonas
página 46594/43
Hoja 43 de 43
El cumplimiento de los compromisos se verificará por
la entidad de certificación en producción integrada.
No obstante, la documentación acreditativa de haber
realizado los distintos compromisos, podrá ser
requerida en cualquier momento por la
Administración, tanto en un control administrativo
como en un control sobre el terreno.
11.1.1.1 Conversión a prácticas de agricultura
ecológica, 11.1.1.2 Conversión a prácticas de
ganadería ecológica, 11.1.1.3 Conversión a prácticas
de apicultura ecológica.
11.2.1.1 Mantenimiento de prácticas y métodos de
agricultura ecológica,
11.2.1.2 Mantenimiento de prácticas y métodos de
ganadería ecológica,
11.2.1.2 Mantenimiento de prácticas y métodos de
apicultura ecológica.
2. Las unidades comprometidas deben estar
certificadas en producción ecológica según lo
establecido en el Reglamento (CE) nº 834/2007 y el
Reglamento (CE) nº 889/2008, por el que se establece
disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº
834/2007 del Consejo, durante el período de
compromiso.
10.1.2. Mantenimiento de razas autóctonas puras en
peligro de extinción
2. Participación en el programa de cría en pureza de
razas autóctonas en peligro de extinción e inscripción
de la descendencia en los registros correspondientes
del libro genealógico de la raza.
3. Cría en sistema de raza pura durante todo el
periodo e inscripción de los animales nacidos en el
registro de la raza, con un promedio mínimo de
descendientes inscritos en Libro Genealógico por
hembra reproductora y año en la explotación de 0,3
en bovino, 0,45 en ovino/caprino y de 7 en porcino;
atendiendo a la reglamentación específica del Libro
Genealógico de la raza.
00303543
1. Participación en el programa de cría en pureza de
razas autóctonas amenazadas e inscripción de la
descendencia en los registros correspondientes del
libro genealógico de la raza.
2. Cría en sistema de raza pura durante todo el periodo
e inscripción de los animales nacidos en el registro de
la raza, con un promedio mínimo de descendientes
inscritos en Libro Genealógico por hembra
reproductora y año en la explotación de 0,3 en bovino,
0,45 en ovino/caprino y de 7 en porcino; atendiendo a
la reglamentación específica del Libro Genealógico de
la raza.
Número 117 - Martes, 18 de junio de 2024
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica
BOJA
ANEXO IIOficial
y III
Boletín
de la Junta de Andalucía
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL
ORGANISMO:
DIRECCIÓN GENERAL DE AYUDAS DIRECTAS Y DE MERCADOS
de la avifauna.
El cumplimiento de los compromisos se verificará por
la entidad de certificación en producción integrada.
No obstante, la documentación acreditativa de haber
realizado los distintos compromisos, podrá ser
requerida en cualquier momento por la
Administración, tanto en un control administrativo
como en un control sobre el terreno.
6503.1 Conversión a prácticas y métodos de
agricultura y ganadería ecológica.
6503.1.1 Conversión a prácticas y métodos de
apicultura ecológica.
6503.2 Mantenimiento de prácticas y métodos de
agricultura y ganadería ecológica.
6503.2.1 Mantenimiento de prácticas y métodos de
apicultura ecológica.
2. Las unidades comprometidas deben estar
certificadas en producción ecológica, según lo
establecido en el el Reglamento (UE) 2018/848 del
Parlamento Europeo y del Consejo sobre Producción
Ecológica y Etiquetado de los productos ecológicos,
por el correspondiente organismo de certificación
autorizado por la Comunidad Autónoma.
6505.1.1 Fomento de razas autóctonas
página 46594/43
Hoja 43 de 43
El cumplimiento de los compromisos se verificará por
la entidad de certificación en producción integrada.
No obstante, la documentación acreditativa de haber
realizado los distintos compromisos, podrá ser
requerida en cualquier momento por la
Administración, tanto en un control administrativo
como en un control sobre el terreno.
11.1.1.1 Conversión a prácticas de agricultura
ecológica, 11.1.1.2 Conversión a prácticas de
ganadería ecológica, 11.1.1.3 Conversión a prácticas
de apicultura ecológica.
11.2.1.1 Mantenimiento de prácticas y métodos de
agricultura ecológica,
11.2.1.2 Mantenimiento de prácticas y métodos de
ganadería ecológica,
11.2.1.2 Mantenimiento de prácticas y métodos de
apicultura ecológica.
2. Las unidades comprometidas deben estar
certificadas en producción ecológica según lo
establecido en el Reglamento (CE) nº 834/2007 y el
Reglamento (CE) nº 889/2008, por el que se establece
disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº
834/2007 del Consejo, durante el período de
compromiso.
10.1.2. Mantenimiento de razas autóctonas puras en
peligro de extinción
2. Participación en el programa de cría en pureza de
razas autóctonas en peligro de extinción e inscripción
de la descendencia en los registros correspondientes
del libro genealógico de la raza.
3. Cría en sistema de raza pura durante todo el
periodo e inscripción de los animales nacidos en el
registro de la raza, con un promedio mínimo de
descendientes inscritos en Libro Genealógico por
hembra reproductora y año en la explotación de 0,3
en bovino, 0,45 en ovino/caprino y de 7 en porcino;
atendiendo a la reglamentación específica del Libro
Genealógico de la raza.
00303543
1. Participación en el programa de cría en pureza de
razas autóctonas amenazadas e inscripción de la
descendencia en los registros correspondientes del
libro genealógico de la raza.
2. Cría en sistema de raza pura durante todo el periodo
e inscripción de los animales nacidos en el registro de
la raza, con un promedio mínimo de descendientes
inscritos en Libro Genealógico por hembra
reproductora y año en la explotación de 0,3 en bovino,
0,45 en ovino/caprino y de 7 en porcino; atendiendo a
la reglamentación específica del Libro Genealógico de
la raza.
Número 117 - Martes, 18 de junio de 2024
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja