3. Otras disposiciones. . (2024/117-33)
Resolución de 10 de junio de 2024, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se hacen públicos los criterios para la aplicación de las penalizaciones en caso de incumplimiento de los requisitos y criterios de subvencionabilidad, compromisos u otras obligaciones, en relación con las Intervenciones sobre el Desarrollo Rural relativas a los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión y la relativa a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027, gestionadas por la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados.
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CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL
Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica

BOJA

ANEXO IIOficial
y III
Boletín
de la Junta de Andalucía

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL

Número 117 - Martes, 18 de junio de 2024

Hoja 22 de
página 46594/22

ORGANISMO:
DIRECCIÓN GENERAL DE AYUDAS DIRECTAS Y DE MERCADOS

43

OPERACIÓN 6501.5.1. PROTECCIÓN DE LA AVIFAUNA
COMPROMISOS
CLASIFICACIÓN
RELACIÓN CON
ID
GRAVEDAD Y
ALCANCE
DESCRIPCIÓN
LÍNEA DE BASE
DURACIÓN
1 Llevanza de un registro de prácticas de los cultivos relacionadas con los compromisos agroambientales
conforme a lo establecido en el artículo 17 de la Orden reguladora (PRINCIPAL).
1.1 Se dispone de la ficha pertinente, incluida en el Anexo
P
Total
No
IX de la Orden reguladora.
1.2 La ficha está debidamente cumplimentada.
S
Total
No
2

Cultivo solicitado distinto al determinado.

B1

% en tanto por
uno

No

Participar en un sistema de seguimiento técnico y
verificación de los compromisos agroambientales,
B3
Total
No
acreditado a través de una entidad de certificación en
Producción Integrada reconocida para tal fin.
4 Inundar en mosaico hasta el 15 de diciembre al menos 1/3 de la superficie determinada de cultivo elegible.
En las explotaciones de menos de 30 hectáreas comprometidas, este compromiso se podrá realizar a lo
largo de los tres años del periodo de compromisos en la superficie determinada de cultivo elegible, siempre
que se alcance la superficie determinada media de cultivo elegible del periodo de compromiso (BÁSICO 3).
4.1 Se inunda en mosaico al menos 1/3 de la superficie
% en tanto por
determinada de cultivo elegible, para explotaciones de
B3
Sí (ver Anexo V)
uno
más de 30 hectáreas comprometidas.
4.2 Se inunda en mosaico la totalidad de la superficie
F
determinada de cultivo elegible, ya sea en un año o a
% en tanto por
Sí (ver Anexo V)
lo largo de los años de compromiso (3 AÑOS), para
B3
uno
explotaciones de 30 o menos hectáreas
comprometidas.
4.3 Se inunda en mosaico hasta el 15 de diciembre
% en tanto por
No
P
uno
5 Nivelar anualmente con láser la superficie
% en tanto por
Sí (ver Anexo V)
B3
determinada de cultivo elegible.
uno
6 Emplear unas dosis de semilla de al menos 150 kg/ha
en las variedades índicas, 180 kg/ha en japónicas y 30
P
Total
Sí (ver Anexo V)
kg/ha en híbridas o clearfield, para contribuir a la
alimentación de la avifauna.

00303543

3

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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