3. Otras disposiciones. . (2024/117-33)
Resolución de 10 de junio de 2024, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se hacen públicos los criterios para la aplicación de las penalizaciones en caso de incumplimiento de los requisitos y criterios de subvencionabilidad, compromisos u otras obligaciones, en relación con las Intervenciones sobre el Desarrollo Rural relativas a los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión y la relativa a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027, gestionadas por la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados.
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CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL
Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica

BOJA

ANEXO IIOficial
y III
Boletín
de la Junta de Andalucía

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL

Número 117 - Martes, 18 de junio de 2024

página 46594/15

Hoja 15 de 43

ORGANISMO:
DIRECCIÓN GENERAL DE AYUDAS DIRECTAS Y DE MERCADOS

ANEXO II
IDENTIFICACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE LOS COMPROMISOS DE LAS OPERACIONES DE LA INTERVENCIÓN 6501,
COMPROMISOS AGROAMBIENTALES EN SUPERFICIES AGRARIAS CORRESPONDIENTES AL PLAN ESTRATÉGICO DE
LA POLÍTICA AGRARIA COMÚN 2023-2027, DETERMINACIÓN DE LOS COMPROMISOS INCLUIDOS Y ASOCIADOS EN
LA LÍNEA DE BASE.

DESCRIPCIÓN
1
2

3

3.1

3.2

4
5
6

6.1

Cultivo solicitado distinto al determinado.

B1

% en tanto por
uno

RELACIÓN CON
LÍNEA DE BASE
No

Rotación de cultivo, de manera que al menos el 70%
% en tanto por
de la superficie de cultivo presente cada año un cultivo
B1
Sí (ver Anexo V)
uno
diferente al previo.
Como mínimo, el 20% de la superficie de tierra comprometida, corresponderá a las especies mejorantes
especificadas en el anexo XV del RD 1048/2022, de las cuales al menos el 10% deberán ser leguminosas:
(BASICO 2)
Como mínimo, el 20% de la superficie de tierra
comprometida, corresponderá a las especies
% en tanto por
B2
Sí (ver Anexo V)
mejorantes especificadas en el anexo XV del RD
uno
1048/2022.
Como mínimo, el 10% de la superficie de tierra
comprometida, corresponderá a leguminosas de las
% en tanto por
B3
Sí (ver Anexo V)
especies mejorantes especificadas en el anexo XV del
uno
RD 1048/2022
% en tanto por
La leguminosa tiene que permanecer en el terreno
P
Sí (ver Anexo V)
hasta al menos el inicio de la floración.
uno
Tras una leguminosa no podrá ir un barbecho en la
% en tanto por
P
No
campaña siguiente.
uno
El barbecho no podrá representar más del 20% de la superficie de la tierra de cultivo de la superficie de
compromiso. En el caso de contar con barbecho semillado en un 10% de la tierra de cultivo de la superficie
de compromiso, los límites del barbecho podrán incrementarse en 10 puntos porcentuales; los beneficiarios
deberán disponer de la documentación justificativa de la compra de semillas, que podrá ser requerida en
cualquier momento.
El barbecho no podrá representar más del 20% de la
% en tanto por
Sí (ver Anexo V)
superficie de la tierra de cultivo de la superficie de
P
uno
compromiso.
En el caso de contar con barbecho semillado en un
P
% en tanto por
No
10% de la tierra de cultivo de la superficie de
uno
compromiso, los límites del barbecho podrán

00303543

6.2

OPERACIÓN 6501.2.1 CULTIVOS HERBÁCEOS DE SECANO
COMPROMISOS
CLASIFICACIÓN
GRAVEDAD Y
ALCANCE
DURACIÓN

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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