3. Otras disposiciones. . (2024/117-33)
Resolución de 10 de junio de 2024, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se hacen públicos los criterios para la aplicación de las penalizaciones en caso de incumplimiento de los requisitos y criterios de subvencionabilidad, compromisos u otras obligaciones, en relación con las Intervenciones sobre el Desarrollo Rural relativas a los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión y la relativa a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027, gestionadas por la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados.
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CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL
Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica

BOJA

ANEXO IIOficial
y III
Boletín
de la Junta de Andalucía

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL

Número 117 - Martes, 18 de junio de 2024

Hoja 11 de
página 46594/11

ORGANISMO:
DIRECCIÓN GENERAL DE AYUDAS DIRECTAS Y DE MERCADOS

CLASIFICACIÓN
GRAVEDAD Y
DURACIÓN
TERCIARIO
(T)

DEFINICIÓN

CA (1)

Aquel cuyo
incumplimiento tiene
escasa relevancia en el Aplica
objetivo de la
operación

CR (2)

Aplica

PENALIZACIÓN
(P)

43

EXCLUSIÓN

1%

(1) CA: Coeficiente por acumulación: según se describe en la letra D) de este apartado
(2) CR: Coeficiente por reiteración: según se describe en la letra E) de este apartado
(3) Aplican hasta el límite máximo del 100% de penalización
El alcance podrá ser valorado en porcentaje en tanto por uno o ser total. El alcance de los incumplimientos de
los compromisos u otras obligaciones relacionados con el número de hectáreas, de UGM o de colmenas será
valorado tras el control de la solicitud de pago, de forma que se multiplicará la penalización que corresponda
según la tabla anterior, por el valor en tanto por uno equivalente al valor porcentual que suponga el número de
hectáreas, de UGM o de colmenas determinados con el incumplimiento con respecto al total. Para aquellos
compromisos con alcance total, este será de aplicación a la totalidad de las unidades comprometidas
solicitadas del expediente sobre la que se detecte el incumplimiento.
En el Anexo II de la presente resolución se identifican, clasifican en cuanto a la gravedad y duración y define
el alcance de los compromisos de cada una de las operaciones de la intervención 6501,
Compromisos agroambientales en superficies agrarias, correspondiente al PEPAC programadas en la
Comunidad de Andalucía. En el Anexo III de la presente resolución se identifican, clasifican en cuanto a la
gravedad y duración, y define el alcance de los compromisos de cada una de las operaciones de la
intervención 6503 Compromisos de gestión agroambientales en agricultura ecológica.
En el Anexo IV de la presente resolución se identifican, clasifican en cuanto a la gravedad y duración, y define
el alcance de los compromisos de cada una de las operaciones 6505 Compromisos de conservación de
recursos genéticos.

C) Relación con la línea de base:
En el PEPAC se identifican los elementos de referencia pertinentes de cada intervención y la relación entre
las BCAM, los RLG y las normas nacionales con los requisitos y compromisos de cada intervención. En los
Anexos II, III y IV de la presente resolución, en función de lo que se define en el PEPAC, se determinan los
compromisos incluidos y asociados en la línea de base.
En el Anexo V de la presente resolución se identifican y detallan los elementos de la línea de base asociados a
cada uno de los compromisos de cada una de las operaciones incluidas en las intervenciones 6501,
Compromisos agroambientales en superficies agrarias y 6505 Compromisos de conservación de recursos
genéticos, que estén relacionados con ella.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00303543

En el caso de compromisos o pagos plurianuales, es decir, para las operaciones de las intervenciones
6501 Compromisos agroambientales en superficies agrarias, 6503 Compromisos de gestión
agroambientales en agricultura ecológica y 6505 Compromisos de conservación de recursos genéticos, las
retiradas se aplicarán proporcionalmente también a los importes que ya se hayan pagado por la misma
operación en años anteriores, salvo que se haya podido constatar el cumplimiento del compromiso en dichos
años o ya haya sido penalizado.