Disposiciones generales. . (2024/117-1)
Orden de 7 de junio de 2024, por la que se convocan para 2024 las ayudas previstas en la Orden de 28 de septiembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a inversiones en medidas preventivas destinadas a reducir las consecuencias de desastres naturales, adversidades climáticas y catástrofes probables, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (submedida 5.1).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 117 - Martes, 18 de junio de 2024

página 46612/2

Las subvenciones se concederán con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo
Rural (FEADER), la Administración General del Estado y a la Administración de la Junta
de Andalucía, y la concesión de las mismas estará condicionada a las disponibilidades
presupuestarias existentes.
Por lo anteriormente expuesto, considerando oportuno proceder a la convocatoria
de estas ayudas para el año 2024, y en su virtud y en ejercicio de la competencia que
me confiere el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y el artículo 115
del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
RESU ELVO
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan para 2024 las ayudas previstas en la Orden de 28 de septiembre de
2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones,
en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a inversiones en medidas preventivas
destinadas a reducir las consecuencias de desastres naturales, adversidades climáticas
y catástrofes probables, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía
2014-2022 (submedida 5.1).
2. La información asociada al procedimiento de ayudas dirigidas a inversiones
preventivas destinadas a reducir las consecuencias de desastres naturales, adversidades
climáticas y catástrofes probables está disponible en el código de procedimiento 24997,
en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica
general de la Administración de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24997.html
Segundo. Solicitudes.
Las solicitudes de ayuda se presentarán ajustándose al formulario, conforme al
modelo establecido en el Anexo I.

Cuarto. Personas beneficiarias.
Podrán ser beneficiarios de esta línea de ayuda las personas físicas o jurídicas y
entidades con personalidad jurídica, comunidades de bienes, agrupaciones de ganaderos
y cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad
jurídica, titulares de unidades productivas inscritas en el Registro de Explotaciones
Ganaderas de Andalucía de las especies y clasificaciones zootécnicas que se determinan
en el Anexo VI.
En el caso de inversiones en pastos comunales, podrán ser beneficiarios los titulares
de animales localizados o que hayan estado localizados en el código REGA del pasto
comunal, siempre y cuando sean al menos titulares de una unidad productiva inscritas en
el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía de las especies y clasificaciones
zootécnicas que se determinan en el Anexo VI.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00303561

Tercero. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente
al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el
artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Cuando
durante el plazo de presentación una persona interesada presente varias solicitudes de
ayuda, se considerará que la última presentada en plazo anula a todas las anteriores.