5. Anuncios. . (2024/117-42)
Anuncio de 31 de mayo de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Córdoba, por el que se declara la utilidad pública del proyecto citado en la misma. (PP. 8790/2024).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 117 - Martes, 18 de junio de 2024
página 46065/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Anuncio de 31 de mayo de 2024, de la Delegación Territorial de Economía,
Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Córdoba,
por el que se declara la utilidad pública del proyecto citado en la misma.
(PP. 8790/2024).
Con fecha 8.10.2020, la entidad mercantil «Mirabras Solar, S.L.» presentó en esta
Delegación Territorial solicitud para la declaración de utilidad pública de la línea de
evacuación de las plantas solares fotovoltaicas «Mirabal I» y «Mirabal II», que incluye:
la línea de evacuación en 30 kV con origen en las plantas «Mirabal I» y «Mirabal II», la
subestación «SET Premier Mirabal 30/400 kV» y línea aérea de alta tensión a 400 kV,
instalaciones a ubicar en los términos municipales de Lucena y Cabra (Córdoba).
Con fecha 19.3.2021 se presentó una modificación de proyecto (modificación
del recorrido de la línea al haber cambiado la ubicación de la posición de entrada en
el seccionamiento) y se reiteró su solicitud de declaración de utilidad pública de las
instalaciones para la evacuación conjunta de las plantas solares fotovoltaicas «Mirabal I»
y «Mirabal II».
Con fecha 22 de marzo de 2023, Mirabras Solar, S.L. presentó una adenda al proyecto
de la infraestructura de evacuación de las plantas solares fotovoltaicas «Mirabal I» y
«Mirabal II». Dicho documento define una nueva modificación de la línea de alta tensión
de 400 kV, en su tramo final, a la entrada al «Seccionamiento».
A los efectos previstos en el artículo 54 y ss. de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
del Sector Eléctrico; Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro
y procedimientos de autorización de energía eléctrica, se somete a información pública
la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública, de las citadas instalaciones,
a efectos de la expropiación forzosa, que llevará implícita la necesidad de ocupación de
los bienes y derechos afectados, e implicará la urgente ocupación a los efectos previstos
en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y el
Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, aprobado por Decreto de 26 de abril de
1957.
• Peticionario: Mirabrás Solar, S.L.
• Domicilio: Calle Serrano, 27, 3.º derecha, 28.001, Madrid.
• Denominación de la instalación: Proyecto de las instalaciones de evacuación de
las plantas solares fotovoltaicas «Mirabal I» y «Mirabal II», que incluye: las líneas de
evacuación en 30 kV con origen en las plantas «Mirabal I» y «Mirabal II», la subestación
«SET Premier Mirabal 30/400 kV» y línea aérea de alta tensión a 400 kV.
• Emplazamiento: Términos municipales de Lucena y Cabra (provincia de Córdoba).
• Finalidad: Producción de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica
(b.1.1 Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción
de energía eléctrica a partir de fuentes de energías renovables, cogeneración y residuos).
Las características generales de la línea de evacuación eléctrica son las siguientes:
Origen: Pórtico de la subestación «SET Premier Mirabal».
Fin: Subestación seccionadora «Seccionamiento Nudo Cabra».
Longitud: 15.555 metros (14.327 metros, en término de Lucena (Córdoba),
1.228 metros en el término de Cabra (Córdoba).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303014
(Expte. AT 35/2020).
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 117 - Martes, 18 de junio de 2024
página 46065/1
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5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Anuncio de 31 de mayo de 2024, de la Delegación Territorial de Economía,
Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Córdoba,
por el que se declara la utilidad pública del proyecto citado en la misma.
(PP. 8790/2024).
Con fecha 8.10.2020, la entidad mercantil «Mirabras Solar, S.L.» presentó en esta
Delegación Territorial solicitud para la declaración de utilidad pública de la línea de
evacuación de las plantas solares fotovoltaicas «Mirabal I» y «Mirabal II», que incluye:
la línea de evacuación en 30 kV con origen en las plantas «Mirabal I» y «Mirabal II», la
subestación «SET Premier Mirabal 30/400 kV» y línea aérea de alta tensión a 400 kV,
instalaciones a ubicar en los términos municipales de Lucena y Cabra (Córdoba).
Con fecha 19.3.2021 se presentó una modificación de proyecto (modificación
del recorrido de la línea al haber cambiado la ubicación de la posición de entrada en
el seccionamiento) y se reiteró su solicitud de declaración de utilidad pública de las
instalaciones para la evacuación conjunta de las plantas solares fotovoltaicas «Mirabal I»
y «Mirabal II».
Con fecha 22 de marzo de 2023, Mirabras Solar, S.L. presentó una adenda al proyecto
de la infraestructura de evacuación de las plantas solares fotovoltaicas «Mirabal I» y
«Mirabal II». Dicho documento define una nueva modificación de la línea de alta tensión
de 400 kV, en su tramo final, a la entrada al «Seccionamiento».
A los efectos previstos en el artículo 54 y ss. de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
del Sector Eléctrico; Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro
y procedimientos de autorización de energía eléctrica, se somete a información pública
la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública, de las citadas instalaciones,
a efectos de la expropiación forzosa, que llevará implícita la necesidad de ocupación de
los bienes y derechos afectados, e implicará la urgente ocupación a los efectos previstos
en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y el
Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, aprobado por Decreto de 26 de abril de
1957.
• Peticionario: Mirabrás Solar, S.L.
• Domicilio: Calle Serrano, 27, 3.º derecha, 28.001, Madrid.
• Denominación de la instalación: Proyecto de las instalaciones de evacuación de
las plantas solares fotovoltaicas «Mirabal I» y «Mirabal II», que incluye: las líneas de
evacuación en 30 kV con origen en las plantas «Mirabal I» y «Mirabal II», la subestación
«SET Premier Mirabal 30/400 kV» y línea aérea de alta tensión a 400 kV.
• Emplazamiento: Términos municipales de Lucena y Cabra (provincia de Córdoba).
• Finalidad: Producción de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica
(b.1.1 Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción
de energía eléctrica a partir de fuentes de energías renovables, cogeneración y residuos).
Las características generales de la línea de evacuación eléctrica son las siguientes:
Origen: Pórtico de la subestación «SET Premier Mirabal».
Fin: Subestación seccionadora «Seccionamiento Nudo Cabra».
Longitud: 15.555 metros (14.327 metros, en término de Lucena (Córdoba),
1.228 metros en el término de Cabra (Córdoba).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303014
(Expte. AT 35/2020).