5. Anuncios. . (2024/117-56)
Anuncio de 24 de mayo de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Granada, por el que se hacen públicos Acuerdos de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Granada.
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Número 117 - Martes, 18 de junio de 2024

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los planos, solicitando mejoren la identificación de las vías pecuarias en la Leyenda de
los Planos en los que éstas aparecen.»
• El documento de innovación constituye el instrumento de planeamiento necesario
para el planeamiento de desarrollo requerido por el planeamiento general vigente
para el ámbito que nos ocupa. No obstante, únicamente se establece la ordenación
pormenorizada y de protección para la zona homogénea denominada «Casco Antiguo».
El documento debe reflejar entre sus objetivos el establecimiento de las normas
generales y particulares de aplicación para su ámbito.
• Existen terrenos incluidos en la delimitación del BIC Conjunto Histórico que quedan
fuera del ámbito de este documento por no estar comprendidos en el ámbito delimitado
por el PGOU vigente.
Se observa una incoherencia en la delimitación del ámbito «Zona de Cuevas» en los
planos de ordenación estructural y completa, debiendo incluirse la manzana entre las
calles Cañillo Pitico, Tejar de San Miguel y Puerto de Santa María dentro de la Zona de
Cuevas.
• Deberá expresarse la superficie del ámbito y de las distintas clasificaciones de
forma numérica, de acuerdo con el art. 19 del RPU.
Se observan las siguientes inadecuaciones en los planos sustitutivos S01-04:
- No se refleja correctamente la clasificación de los suelos no urbanizables en el
ámbito de la rambla del Patrón.
- Los planos reflejan las condiciones de ordenación fuera del ámbito de esta
innovación. Se considera recomendable que para las zonas fuera del ámbito de la
innovación no se refleje la ordenación, para evitar posibles confusiones.
• Para las actuaciones aisladas en suelo urbano consolidado, no puede proponerse
su obtención mediante «Compensación» por ser este un sistema de obtención propio del
SUNC o del Suelo Urbanizable.
• La ficha de la AMU 01 prevé una posible innovación para otorgar aprovechamiento
urbanístico a la zona denominada «Hoyo del Paseo» en función del resultado de
los estudios arqueológicos preceptivos. Se deberá suprimir esta posibilidad al no
corresponder a la ordenación del instrumento de planeamiento, debiéndose tramitar en
su caso la innovación conforme al art. 36 de la LOUA, observando que hay terrenos
inundables.
• La ficha de la AMU 02-03 recoge dentro de sus «objetivos y criterios de ordenación»
la posibilidad de que el planeamiento de desarrollo modifique el alcance de la adquisición
de los sistemas generales previstos en el ámbito. Se recuerda que, siendo una
determinación de carácter estructural, conforme al art. 10 de la LOUA, dicha previsión no
podrá establecerse en un instrumento de planeamiento de desarrollo. Deberá corregirse
la ficha en este sentido.
• La innovación deberá calcular el nuevo ratio de espacios libres por habitante del
término municipal que se calculó en el documento de Adaptación Parcial, según el art.
10.1.A)c) de la LOUA.
• El documento de innovación deberá contener un listado detallado de los sistemas
generales que prevea en su ámbito, ya sean espacios libres, comunicaciones,
equipamientos y servicios urbanos de infraestructuras, en el cual se establezca: su clase
y categoría, superficie, titularidad, sistema de obtención, ejecución y programación,
distinguiendo los bienes de dominio público de los bienes patrimoniales del Ayuntamiento.
Se recomienda la elaboración de una ficha para cada sistema general donde se
especifique si están adscritos o incluidos en algún sector. Deberán distinguirse los
sistemas generales ya existentes u obtenidos de aquellos por obtener.
Deberá completarse el «Estudio Económico Financiero» y el «Informe de sostenibilidad
económica» con las previsiones necesarias para la adquisición de los sistemas generales
que no estén adscritos o incluidos en ningún sector o área de reparto, así como con
las previsiones necesarias para la intervención en edificaciones o elementos declarados
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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