3. Otras disposiciones. . (2024/116-30)
Resolución de 10 de junio de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Andaluza de Hockey.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Lunes, 17 de junio de 2024

página 46478/2

al desarrollo o promuevan la correspondiente modalidad deportiva, que de forma
voluntaria y expresa se afilien a la misma.
Artículo 4. Representatividad.
1. La FAHOCKEY ostenta la representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía
en las actividades y competiciones deportivas oficiales de carácter estatal e internacional,
celebradas dentro y fuera del territorio español.
2. La FAHOCKEY ostenta la exclusiva representación en el territorio andaluz de la
Federación Española en la que se integra.
Artículo 5. Domicilio social.
La FAHOCKEY está inscrita en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas con
el número 99018. Tiene su domicilio social en la ciudad de Granada, C/ Santa Paula,
número 23, 3.º, CP 18001, y Número de Identificación Fiscal G41194390.
El cambio de domicilio social requerirá el acuerdo de la Asamblea general por mayoría
cualificada, que existirá cuando los votos afirmativos superen la mitad de los emitidos por
las personas miembros presentes o representadas en la sesión al efecto. Dicho cambio
deberá comunicarse al Registro Andaluz de Entidades Deportivas.
Artículo 6. Régimen Jurídico.
La FAHOCKEY se rige:
a) Por la normativa autonómica vigente, en materia de Deporte, emanada de los
órganos competentes de la Junta de Andalucía.
b) Por sus propios Estatutos y anexos, Reglamentos y Normativas de Competición.
c) Por las demás normas de orden interno, que dicte sus órganos en el ejercicio sus
competencias.
d) Por la Normativa Administrativa Estatal, que le sea, eventualmente, de aplicación.

Artículo 8. Funciones públicas delegadas.
1. Además de sus funciones propias, la FAHOCKEY ejerce por delegación, bajo
los criterios y tutela de la Consejería competente en materia de Deporte, las siguientes
funciones de carácter administrativo:
a) Calificar y organizar, en su caso, las actividades y competiciones oficiales federadas
en el ámbito de la Comunidad Autónoma Andaluza.
b) Expedir licencias deportivas para participar en competiciones oficiales federadas.
c) Coordinar y controlar la correcta aplicación de las ayudas de carácter público que
se asignen a los federados, en las condiciones que establezca la Consejería competente
en materia de deporte y de conformidad con la normativa aplicable en materia de
subvenciones y ayudas públicas.
d) Colaborar con la Administración autonómica en las formaciones deportivas
conducentes a titulación y en la formación de técnicos deportivos de las enseñanzas
deportivas de régimen especial.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00303427

Artículo 7. Funciones propias.
Son funciones propias de la FAHOCKEY las de gobierno, administración, gestión,
organización, desarrollo y promoción del deporte del hockey, en todo el territorio de la
Comunidad Autónoma de Andalucía. Son competencias de la FAHOCKEY:
a) Promocionar la práctica del deporte del hockey.
b) Difundir su enseñanza.
c) Organizar actividades y competiciones no oficiales.
d) Vigilar el cumplimiento de la disciplina deportiva en el marco de sus competencias.
e) Conceder ayudas con cargo a sus presupuestos.