Disposiciones generales. . (2024/116-5)
Orden de 3 de junio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a promover la sostenibilidad del turismo a través de la puesta en valor del patrimonio turístico-cultural de Andalucía (PATCUL) y se modifica la Orden de 27 de julio de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a los municipios turísticos de Andalucía.
41 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 116 - Lunes, 17 de junio de 2024

página 46508/37

(Página 15 de 19)
en particular los espacios de interés de la Unión (incluida la Red Natura 2000 de áreas protegidas,
sitios del Patrimonio Mundial de la Unesco y otras áreas protegidas).Por ello, en los casos en los
que sea necesario, se asegurará el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 21/2013 en lo relativo a
evaluación de impacto ambiental y en la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que se modifica la
Ley 21/2013. Así mismo, se impulsará el cumplimiento de lo establecido en la Directiva 92/43/CEE
del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la
fauna y flora silvestres, traspuesta al ordenamiento jurídico español por el R.D. 1997/1995, en la
Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a
la conservación de las aves silvestres, y en la Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la
Biodiversidad>>.
Con arreglo a lo anterior, se incluirá en las convocatorias de ayudas y en los procedimientos de
licitación que se encuadren en el desarrollo de las actuaciones previstas en el proyecto la
obligación en relación con la identificación de las personas beneficiarias, contratistas o
subcontratistas, de presentar una declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento
del principio de <> (DNSH) al medio ambiente.
v)De igual modo, y a efectos de someter a control la ejecución del gasto en proyectos
subvencionados por esta Consejería, el mantenimiento de la inversión subvencionada y el
cumplimiento de la normativa aplicable, se efectuarán verificaciones in situ a fin de comprobar el
adecuado destino de los fondos a la finalidad para la que fueron concedidos, realizándose visitas
de inspección o verificaciones por cualquier medio en los establecimientos o entidades objeto de la
subvención.
vi) Para garantizar la no vinculación entre las entidades beneficiarias y los perceptores finales
de los fondos, los beneficiarios deberán presentar una Declaración de Ausencia de Conflicto de
Intereses (DACI).
vii) Facilitar la información necesaria para certificar los valores alcanzados por los indicadores
de realización y de resultados establecidos por el Programa FEDER 2021-2027. En este sentido,
las entidades beneficiarias tienen la obligación de informar sobre el nivel de logro de los
indicadores asociados a las actuaciones apoyadas (RCO77 “Número de infraestructuras
culturales y turísticas apoyadas”, cuya unidad de medida es “Sitios culturales y turísticos” y
RCR77 “Visitantes de instalaciones culturales y turísticas apoyadas”, cuya unidad de medida
es “Visitantes/año”), conforme a las indicaciones que se faciliten por parte de la D.G. de
Fondos Europeos, de acuerdo con la metodología establecida por la Comisión Europea y/o la
Autoridad de Gestión del Programa.
viii) Por otra parte, las entidades beneficiarias quedarán sometidas a las actuaciones de
comprobación y control financiero que corresponden a la Intervención General de la Junta de
Andalucía en relación con las subvenciones y ayudas concedidas, facilitando cuanta información le
sea requerida por dichos órganos.
ix) Comunicar al órgano gestor la concurrencia de otros fondos que contribuyan a la financiación de
los mismos costes.
x)Las obligaciones derivadas del cumplimiento del régimen de protección singular del patrimonio
histórico de Andalucía.

24.- Forma y secuencia de pago (Artículo 25).
24.a) Forma/s de pago:

Una sola forma de pago.
formas de pago.
Supuestos objetivos para determinar la forma de pago en cada caso concreto, cuando se establezca más de una forma de pago:

Forma/s de pago

Supuestos objetivos

24.a).1º. Pago previa justificación:

Pago del 100 % del importe de la subvención, previa justificación, por la persona o entidad beneficiaria, de la realización de la actividad,
proyecto, objetivo o adopción del comportamiento.
Pago fraccionado, mediante pagos a cuenta que responderá al ritmo de ejecución de las actividades subvencionadas, abonándose en la
parte proporcional a la cuantía de la justificación presentada y aceptada.

24.a).2º. Pago anticipado.

Razones justificadas para establecer esta forma de pago:
Permitir un adelanto de la financiación a efectos de incentivar la realización de la actuación.

00303457

Garantías:
No se establecen.
Sí.
- Forma:
- Cuantía de las garantías:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja