Disposiciones generales. . (2024/116-5)
Orden de 3 de junio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a promover la sostenibilidad del turismo a través de la puesta en valor del patrimonio turístico-cultural de Andalucía (PATCUL) y se modifica la Orden de 27 de julio de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a los municipios turísticos de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Lunes, 17 de junio de 2024
página 46508/28
(Página 6 de 19)
En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 3.b) del artículo 8 del Texto Articulado, se deberá presentar la siguiente
documentación:
El contrato celebrado con el tercero.
En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 7.d).1.ª, del artículo 8 del Texto Articulado, se deberá presentar la siguiente
documentación:
La documentación acreditativa de la vinculación y el instrumento de formalización de la realización de
los trabajos.
10.- Solicitudes y escritos (Artículos 8, 10, 11, 13, 14, 17 y 23).
10.a). Obtención del formulario:
En el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía.
En la siguiente dirección electrónica:
Se podrá acceder en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede
Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos.html
En las sedes de los siguientes órganos:
En los siguientes lugares:
10.b). Órgano al que se dirigirán las solicitudes:
La solicitud se dirigirá a la persona titular de la Delegación
Territorial de la Consejería competente en materia de Turismo de
la provincia en que se realice la actuación objeto de la
subvención.
10.c) Las solicitudes se podrán presentar, además de en el registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de
la dirección electrónica indicada en el apartado 10.a) para la obtención del formulario
,
en los siguientes lugares y registros:
- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, estén obligadas a relacionarse a través de medios
electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba señalado, presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes registros
electrónicos:
- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, no estén obligadas a relacionarse a través de medios
electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba señalado, presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes lugares y
registros:
10.d) Además de los señalados en el artículo 11.2 del Texto Articulado, se podrán utilizar los siguientes sistemas de firma electrónica:
10.e) Registro en el que la fecha de entrada de las solicitudes a las que se alude en el artículo 8.8 del Texto Articulado y de los escritos a
los que se alude en el artículo 23.4, en el mismo, determina el inicio del plazo para dictar la resolución o acuerdo y notificarlo:
Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía.
11.- Convocatoria y plazo para la presentación de solicitudes (Artículo 5 y 12).
11.a) Además de lo establecido en el artículo 12.1 del Texto Articulado, la convocatoria y su extracto se publicarán en:
Convocatoria:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos.html
El extracto de la convocatoria:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos.html
11.b) Plazo para la presentación de solicitudes:
El plazo de presentación es :
El plazo de presentación de solicitudes se establecerá en la convocatoria.
11.c) La resolución prevista en el artículo 5.6 del Texto Articulado será publicada en:
Los señalados en el apartado 11.a).
12.- Criterios de valoración (Artículo 14):
12.a) Criterios de valoración por orden decreciente de importancia, y su ponderación:
A. En función del emplazamiento del proyecto. Máximo 7 puntos.
1º. El bien sobre el que se actúa ostenta la condición de Bien de Interés Cultural. 2 puntos.
2º. El bien sobre el que se actúa ha sido declarado por la UNESCO “Patrimonio de Mundial”,
“Patrimonio Cultural Inmaterial” o de "Buena Práctica". En estos últimos casos, la declaración de la
UNESCO deberá citar expresamente el municipio donde radica el bien. 1,5 puntos.
3º. El bien sobre el que se actúa cuenta con al menos una Declaración de Interés Turístico de
Andalucía, una Declaración de Interés Turístico Nacional, o una Declaración de Interés Turístico
Internacional. 0,5 puntos por cada una de ellas, hasta un máximo de 1,5 puntos.
No se valorará la declaración de Fiesta de Interés Turístico a la Semana Santa de Andalucía.
4º. El proyecto se desarrolla en un municipio cuyo término municipal forma parte, total o
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303457
CRITERIO I. VALORACIÓN EN FUNCIÓN DE LA LOCALIZACIÓN DEL PROYECTO Y DE LA CONDICIÓN DE LA PERSONA
SOLICITANTE.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Lunes, 17 de junio de 2024
página 46508/28
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En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 3.b) del artículo 8 del Texto Articulado, se deberá presentar la siguiente
documentación:
El contrato celebrado con el tercero.
En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 7.d).1.ª, del artículo 8 del Texto Articulado, se deberá presentar la siguiente
documentación:
La documentación acreditativa de la vinculación y el instrumento de formalización de la realización de
los trabajos.
10.- Solicitudes y escritos (Artículos 8, 10, 11, 13, 14, 17 y 23).
10.a). Obtención del formulario:
En el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía.
En la siguiente dirección electrónica:
Se podrá acceder en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede
Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos.html
En las sedes de los siguientes órganos:
En los siguientes lugares:
10.b). Órgano al que se dirigirán las solicitudes:
La solicitud se dirigirá a la persona titular de la Delegación
Territorial de la Consejería competente en materia de Turismo de
la provincia en que se realice la actuación objeto de la
subvención.
10.c) Las solicitudes se podrán presentar, además de en el registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de
la dirección electrónica indicada en el apartado 10.a) para la obtención del formulario
,
en los siguientes lugares y registros:
- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, estén obligadas a relacionarse a través de medios
electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba señalado, presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes registros
electrónicos:
- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, no estén obligadas a relacionarse a través de medios
electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba señalado, presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes lugares y
registros:
10.d) Además de los señalados en el artículo 11.2 del Texto Articulado, se podrán utilizar los siguientes sistemas de firma electrónica:
10.e) Registro en el que la fecha de entrada de las solicitudes a las que se alude en el artículo 8.8 del Texto Articulado y de los escritos a
los que se alude en el artículo 23.4, en el mismo, determina el inicio del plazo para dictar la resolución o acuerdo y notificarlo:
Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía.
11.- Convocatoria y plazo para la presentación de solicitudes (Artículo 5 y 12).
11.a) Además de lo establecido en el artículo 12.1 del Texto Articulado, la convocatoria y su extracto se publicarán en:
Convocatoria:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos.html
El extracto de la convocatoria:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos.html
11.b) Plazo para la presentación de solicitudes:
El plazo de presentación es :
El plazo de presentación de solicitudes se establecerá en la convocatoria.
11.c) La resolución prevista en el artículo 5.6 del Texto Articulado será publicada en:
Los señalados en el apartado 11.a).
12.- Criterios de valoración (Artículo 14):
12.a) Criterios de valoración por orden decreciente de importancia, y su ponderación:
A. En función del emplazamiento del proyecto. Máximo 7 puntos.
1º. El bien sobre el que se actúa ostenta la condición de Bien de Interés Cultural. 2 puntos.
2º. El bien sobre el que se actúa ha sido declarado por la UNESCO “Patrimonio de Mundial”,
“Patrimonio Cultural Inmaterial” o de "Buena Práctica". En estos últimos casos, la declaración de la
UNESCO deberá citar expresamente el municipio donde radica el bien. 1,5 puntos.
3º. El bien sobre el que se actúa cuenta con al menos una Declaración de Interés Turístico de
Andalucía, una Declaración de Interés Turístico Nacional, o una Declaración de Interés Turístico
Internacional. 0,5 puntos por cada una de ellas, hasta un máximo de 1,5 puntos.
No se valorará la declaración de Fiesta de Interés Turístico a la Semana Santa de Andalucía.
4º. El proyecto se desarrolla en un municipio cuyo término municipal forma parte, total o
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303457
CRITERIO I. VALORACIÓN EN FUNCIÓN DE LA LOCALIZACIÓN DEL PROYECTO Y DE LA CONDICIÓN DE LA PERSONA
SOLICITANTE.