Disposiciones generales. . (2024/116-5)
Orden de 3 de junio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a promover la sostenibilidad del turismo a través de la puesta en valor del patrimonio turístico-cultural de Andalucía (PATCUL) y se modifica la Orden de 27 de julio de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a los municipios turísticos de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Lunes, 17 de junio de 2024

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- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, estén obligadas a relacionarse a través de medios
electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba señalado, presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes registros
electrónicos:
- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, no estén obligadas a relacionarse a través de medios
electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba señalado, presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes lugares y
registros:

10.d) Además de los señalados en el artículo 11.2 del Texto Articulado, se podrán utilizar los siguientes sistemas de firma electrónica:
10.e) Registro en el que la fecha de entrada de las solicitudes a las que se alude en el artículo 8.8 del Texto Articulado y de los escritos a
los que se alude en el artículo 23.4, en el mismo, determina el inicio del plazo para dictar la resolución o acuerdo y notificarlo:
Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía.

11.- Convocatoria y plazo para la presentación de solicitudes (Artículo 5 y 12).

11.a) Además de lo establecido en el artículo 12.1 del Texto Articulado, la convocatoria y su extracto se publicarán en:
Convocatoria:

https://juntadeandalucia.es/organismos/turismoculturaydeporte/areas/turismo/premios-subvencionesturismo.html

El extracto de la convocatoria:

https://juntadeandalucia.es/organismos/turismoculturaydeporte/areas/turismo/premios-subvencionesturismo.html

11.b) Plazo para la presentación de solicitudes:
El plazo de presentación es :
El plazo de presentación de solicitudes se establecerá en la convocatoria.

11.c) La resolución prevista en el artículo 5.6 del Texto Articulado será publicada en:
Los señalados en el apartado 11.a).

12.- Criterios de valoración (Artículo 14):

12.a) Criterios de valoración por orden decreciente de importancia, y su ponderación:
CRITERIO I. VALORACIÓN EN FUNCIÓN DE LA LOCALIZACIÓN DEL PROYECTO Y DE LAS CARACTERÍSTICAS DEL
MUNICIPIO SOLICITANTE.
A. En función del emplazamiento del proyecto. Máximo 7 puntos.
1º. El bien sobre el que se actúa ostenta la condición de Bien de Interés Cultural. 3,5 puntos.
2º. El bien sobre el que se actúa ha sido declarado por la UNESCO “Patrimonio Mundial”, “Patrimonio
Cultural Inmaterial” o de "Buenas Prácticas". En estos últimos casos, la declaración de la UNESCO
deberá citar expresamente el municipio donde radica el bien. 2,5 puntos.
3º. El bien sobre el que se actúa cuenta con al menos una Declaración de Interés Turístico de
Andalucía, una Declaración de Interés Turístico Nacional, o una Declaración de Interés Turístico
Internacional. 1,5 puntos por cada una.
No se valorará la declaración de Fiesta de Interés Turístico a la Semana Santa de Andalucía.
4º. El proyecto se desarrolla en un municipio cuyo término municipal forma parte, total o parcialmente,
de la Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía (RENPA). 1 punto.
B. En función de la población del municipio donde se desarrolla el proyecto. Máximo 3 puntos.
1º. El municipio tiene una población de derecho igual o inferior a 20.000 habitantes. 3 puntos.
2º. El municipio tiene una población de derecho superior a los 20.000 habitantes e inferior o igual a
100.000 habitantes. 1 punto.
C. En función de las certificaciones y distintivos de calidad existentes en el municipio solicitante.
Máximo 2 puntos.
1º. La entidad solicitante cuenta en su término municipal con servicios turísticos que ostentan el
distintivo "Compromiso de Calidad Turística" (SICTED)en vigor. 1 punto.
2º. El bien sobre el que se actúa está certificado con la marca Q de calidad turística o S de
sostenibilidad. 1 punto.
D. El municipio solicitante cuenta con o participa en algún instrumento de planificación turística en
vigor. 2 puntos.
En este sentido, el referido instrumento de planificación turística deberá incluir, al menos, un
diagnóstico de la actividad turística del municipio en el que se detallen los recursos con los que
cuenta y las necesidades y problemas del sector; los objetivos que se persiguen; medidas, con
indicadores, que contribuyan a la sostenibilidad y la desestacionalización; y las actuaciones previstas
con su presupuesto estimado y calendario de realización.

00303457

Total: 14 puntos.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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