Autoridades y personal. . (2024/115-22)
Resolución de 6 de junio de 2024, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se efectúa convocatoria para la adjudicación de destinos provisionales al personal docente para el curso académico 2024/2025.
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 115 - Viernes, 14 de junio de 2024
página 46345/20
las mujeres víctimas de violencia de género, con el objetivo de evitar que abandonen
el mercado laboral a causa de la violencia que sufren. Se les reconocen derechos
que garantizan la conciliación del trabajo con la situación de violencia de género, su
protección si se ven obligadas a abandonar su puesto de trabajo y su inserción laboral
en caso de que no estuvieran empleadas. Asimismo, el artículo 35 de la Ley 29/2011, de
22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo
establece los derechos del personal al servicio de las administraciones públicas que haya
sido víctima del terrorismo.
Las funcionarias de carrera o en prácticas víctimas de violencia de género que
participen en el presente procedimiento tendrán que hacerlo necesariamente según lo
establecido en la base segunda. Estas empleadas públicas tendrán preferencia en el
acceso a las vacantes sobre el resto del personal integrante de su mismo colectivo, en
aplicación de lo establecido en el punto 1 del apartado séptimo del Acuerdo de 6 de
marzo de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el acuerdo de 12 de
diciembre de 2017, de la Mesa General de Negociación Común del personal funcionario,
estatutario y laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, por el que se aprueba
el Protocolo de la Administración de la Junta de Andalucía para la protección de las
empleadas públicas víctimas de violencia de género.
Las funcionarias interinas víctimas de violencia de género que participen en el
presente procedimiento tendrán que hacerlo necesariamente según lo establecido
en la base segunda. Si, en derecho, fuesen adjudicatarias de un puesto a través del
procedimiento regulado en esta resolución, podrán renunciar al mismo, en aras de
asegurar su protección, no siendo excluidas de las bolsas correspondientes y pudiendo
participar en los procedimientos informatizados de cobertura de vacantes sobrevenidas y
sustituciones regulado en el artículo 59 de la Orden de 10 de junio de 2020.
2. Se velará por la protección de los datos de las víctimas de violencia de género y de
las víctimas del terrorismo participantes en el presente procedimiento de forma que los
destinos adjudicados no serán públicos ni podrán ser revelados como una forma especial
de obtención de los mismos, salvaguardando en todas las actuaciones del procedimiento
su intimidad, en especial sus datos personales, los de sus descendientes o los de
cualquier persona que esté bajo su guarda o custodia, de conformidad con lo establecido
en el artículo 29 del Decreto 302/2010, de 1 de junio, en consonancia con el artículo 82.2
del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Recursos procedentes.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse,
potestativamente, recurso de reposición, ante la persona titular de la Dirección General
del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde
el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de
conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el
artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, o alternativa y directamente, en el plazo de dos meses a contar desde el
día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el órgano
jurisdiccional competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 6 de junio de 2024.- El Director General, Pablo Quesada Ruiz.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303295
Vigesimosegunda. Declaración de urgencia.
Debido a la necesidad perentoria de que estén cubiertos al inicio del curso
académico 2024/2025 los puestos objeto de esta convocatoria, y en virtud de lo establecido
en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, este procedimiento se tramitará con carácter de urgencia.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 115 - Viernes, 14 de junio de 2024
página 46345/20
las mujeres víctimas de violencia de género, con el objetivo de evitar que abandonen
el mercado laboral a causa de la violencia que sufren. Se les reconocen derechos
que garantizan la conciliación del trabajo con la situación de violencia de género, su
protección si se ven obligadas a abandonar su puesto de trabajo y su inserción laboral
en caso de que no estuvieran empleadas. Asimismo, el artículo 35 de la Ley 29/2011, de
22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo
establece los derechos del personal al servicio de las administraciones públicas que haya
sido víctima del terrorismo.
Las funcionarias de carrera o en prácticas víctimas de violencia de género que
participen en el presente procedimiento tendrán que hacerlo necesariamente según lo
establecido en la base segunda. Estas empleadas públicas tendrán preferencia en el
acceso a las vacantes sobre el resto del personal integrante de su mismo colectivo, en
aplicación de lo establecido en el punto 1 del apartado séptimo del Acuerdo de 6 de
marzo de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el acuerdo de 12 de
diciembre de 2017, de la Mesa General de Negociación Común del personal funcionario,
estatutario y laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, por el que se aprueba
el Protocolo de la Administración de la Junta de Andalucía para la protección de las
empleadas públicas víctimas de violencia de género.
Las funcionarias interinas víctimas de violencia de género que participen en el
presente procedimiento tendrán que hacerlo necesariamente según lo establecido
en la base segunda. Si, en derecho, fuesen adjudicatarias de un puesto a través del
procedimiento regulado en esta resolución, podrán renunciar al mismo, en aras de
asegurar su protección, no siendo excluidas de las bolsas correspondientes y pudiendo
participar en los procedimientos informatizados de cobertura de vacantes sobrevenidas y
sustituciones regulado en el artículo 59 de la Orden de 10 de junio de 2020.
2. Se velará por la protección de los datos de las víctimas de violencia de género y de
las víctimas del terrorismo participantes en el presente procedimiento de forma que los
destinos adjudicados no serán públicos ni podrán ser revelados como una forma especial
de obtención de los mismos, salvaguardando en todas las actuaciones del procedimiento
su intimidad, en especial sus datos personales, los de sus descendientes o los de
cualquier persona que esté bajo su guarda o custodia, de conformidad con lo establecido
en el artículo 29 del Decreto 302/2010, de 1 de junio, en consonancia con el artículo 82.2
del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Recursos procedentes.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse,
potestativamente, recurso de reposición, ante la persona titular de la Dirección General
del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde
el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de
conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el
artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, o alternativa y directamente, en el plazo de dos meses a contar desde el
día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el órgano
jurisdiccional competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 6 de junio de 2024.- El Director General, Pablo Quesada Ruiz.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303295
Vigesimosegunda. Declaración de urgencia.
Debido a la necesidad perentoria de que estén cubiertos al inicio del curso
académico 2024/2025 los puestos objeto de esta convocatoria, y en virtud de lo establecido
en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, este procedimiento se tramitará con carácter de urgencia.