3. Otras disposiciones. . (2024/115-55)
Resolución de 5 de junio de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se ordena la publicación del Reglamento para la selección de Profesorado Ayudante Doctor y Profesorado Permanente Laboral/Contratado Doctor de la Universidad de Huelva.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 115 - Viernes, 14 de junio de 2024

página 46380/1

3. Otras disposiciones
UNIVERSIDADES
Resolución de 5 de junio de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que
se ordena la publicación del Reglamento para la selección de Profesorado
Ayudante Doctor y Profesorado Permanente Laboral/Contratado Doctor de la
Universidad de Huelva.

La Universidad de Huelva ha venido llevando a cabo la contratación del Personal
Docente e Investigador laboral mediante el Reglamento de la Universidad de Huelva para
la selección de Personal Docente e Investigador contratado, aprobado por el Consejo
de Gobierno de la Universidad de Huelva 21 de julio de 2004. Esta norma ha sido objeto
de varias modificaciones parciales, destacando la que se llevó a cabo por acuerdo del
Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 2017, en orden a regular el procedimiento de
contratación del profesorado con acreditación a Profesorado Contratado Doctor.
En este sentido, el artículo 149.1 de los Estatutos de la Universidad de Huelva,
aprobados por Decreto 232/2011, 12 de julio, y modificado parcialmente por Decreto
35/2018, de 6 de febrero, procede a regular el procedimiento de selección del Personal
Docente e Investigador contratado, planteándose, no obstante, la necesidad de revisión
tanto desde la perspectiva procedimental, como en relación con las figuras laborales
objeto de contratación, especialmente tras la derogación de la Ley Orgánica 6/2001, de
21 de diciembre, de Universidades por la vigente Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo,
del Sistema Universitario (en adelante, LOSU), sin perjuicio de los cambios que puedan
operarse en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con el vigente el Decreto
Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Andaluza de Universidades.
En cuanto a las figuras laborales objeto de regulación, el presente Reglamento
se centra en el Profesorado Ayudante Doctor (en adelante, PAD) y el Profesorado
Permanente Laboral o Contratado Doctor (en adelante, PPL o PCD), teniendo en cuenta
que la Universidad ya ha aprobado el Reglamento de 19 de febrero de 2024, para la
selección de Profesorado Asociado de la Universidad de Huelva (BOJA núm. 61, de 27
de marzo de 2024), y el Reglamento de 19 de febrero de 2024, por el que se regula el
procedimiento para la contratación del Profesorado Sustituto de la Universidad de Huelva
(BOJA núm. 60, de 26 de marzo), y en línea con las previsiones de los artículos 79 y 80
de la LOSU, respectivamente.
De esta forma, el presente Reglamento permite que la Universidad ordene de forma
conjunta dos figuras del Personal Docente e Investigador laboral que, aun teniendo una
finalidad y objeto diferentes en lo que respecta al desarrollo de la carrera académica,
comparten el procedimiento de selección, en la medida en que el artículo 86.1 de la LOSU
somete a ambas categorías de profesorado al sistema de concurso público y el apartado
2 del precepto remite a los artículos 65 y 71.1 en cuanto a las convocatorias, lo que
implica la articulación de un procedimiento de concurso que resuelve una Comisión de
Selección con mayoría de miembros externos a la Universidad, desplazando el régimen
de la Comisión de Contratación que, hasta ahora había venido aplicando la Universidad,
en desarrollo de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y sus
Estatutos.
De otro lado, desde un punto de vista procedimental, en el marco de la regulación
básica y común del procedimiento que deriva de la Ley 39/2015, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de Régimen
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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