Disposiciones generales. . (2024/115-4)
Resolución de 11 de junio de 2024, de la Dirección General de Planificación de la Investigación, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las subvenciones a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar el desarrollo de proyectos de investigación aplicada y desarrollo experimental por los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento, al amparo de la Línea 2 destinada a financiar el desarrollo de proyectos de investigación aplicada y desarrollo experimental.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 115 - Viernes, 14 de junio de 2024

página 46502/2

Sostenibilidad de Andalucía, S4Andalucia 2021-2027, aprobada mediante Acuerdo de Consejo
de Gobierno de fecha 18 de julio de 2023 publicado en el BOJA núm. 139, de 21 de julio, y
cuyos retos se pueden consultar en sitio web oficial de la Estrategia:
https://s4andalucia.es/recursos/

E1. Sociedad Inteligente,
resiliente y saludable
E2. Agrotecnología
E3. Recursos naturales:
Minería y ciclo del agua
E4. Industrias tractoras
E5. Transición ecológica

Subentorno
E1.S1. Salud y bienestar social
E1.S2. Turismo y cultura
E1.S3. Sector de las TICC
E2.S1. Economía verde y azul
E2.S2. Industria agroalimentaria – Alimentación funcional
E3.S1. Recursos mineros
E3.S2. El ciclo del agua
E4.S1. Industria avanzada de los sistemas de transporte y movilidad
E4.S2. Construcción industrializada
E5.S1. Transición energética
E5.S2. Industrias ligadas a la mitigación y adaptación al cambio climático

2. Los proyectos subvencionados serán realizados por equipos de investigación
dirigidos por una persona investigadora principal consolidada que deberá estar en
posesión del título de doctor o doctora y asumirá la responsabilidad de la dirección y
ejecución del proyecto. La persona investigadora principal deberá tener vinculación
funcionarial, estatutaria o laboral con la entidad beneficiaria durante todo el período
de ejecución del proyecto. Cuando los trabajos de investigación así lo requieran, los
proyectos podrán contar con un segundo investigador principal.
En el caso de las fundaciones gestoras de la investigación del Sistema Sanitario
Público de Andalucía (SSPA) se podrá designar como persona investigadora principal
a personal estatutario del Servicio Andaluz de Salud, en virtud del correspondiente
convenio de colaboración entre el SAS y las citadas fundaciones del SSPA.
3. Podrán formar parte del equipo de investigación:
1.º Personal vinculado funcionarial, estatutaria o laboralmente con la entidad
beneficiaria, salvo lo especificado en el punto 4.º del presente apartado. En el caso de las
fundaciones gestoras de la investigación del Sistema Sanitario Público Andaluz (SSPA)
se podrá incluir como componentes del equipo de investigación a personal estatutario del
Servicio Andaluz de Salud, en virtud del correspondiente convenio de colaboración entre
el SAS y las citadas fundaciones del SSPA.
2.º Personal investigador predoctoral, postdoctoral, titulados universitarios y de
formación profesional contratados con cargo al proyecto.
3.º Profesorado emérito, personal doctor ad honorem y académico numerario u otra
figura similar.
4.º Personal investigador perteneciente a organismos distintos de la entidad
beneficiaria, en cuyo caso deberán obtener autorización expresa de la entidad a la que
pertenezcan.
4. Asimismo, el proyecto podrá contar con un equipo de trabajo conformado por
personal investigador y técnico que participe ocasionalmente en el proyecto como
personal colaborador.
5. Los componentes del equipo de investigación no podrán sustituirse, salvo por causa
suficientemente justificada, hasta el tercer año de vigencia del proyecto, requiriendo en
todo caso de autorización previa del órgano concedente que ha de ser solicitada por la
entidad beneficiaria
6. La persona investigadora principal, y, en su caso, la segunda investigadora
principal, solo podrán participar como tales en una única solicitud al amparo de la
presente convocatoria, no pudiendo participar en otra solicitud como componentes del
equipo de investigación ni del equipo de trabajo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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