Autoridades y personal. . (2024/115-26)
Resolución de 10 de junio de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se resuelven los recursos de reposición interpuestos contra la Resolución de 8 de abril de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se resuelven las solicitudes de Homologación de los niveles de Carrera/Desarrollo profesional acreditados por profesionales del Servicio Andaluz de Salud procedentes de otros Servicios de Salud o Agencias Administrativas.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 115 - Viernes, 14 de junio de 2024

página 46404/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 10 de junio de 2024, de la Dirección General de Personal del
Servicio Andaluz de Salud, por la que se resuelven los recursos de reposición
interpuestos contra la Resolución de 8 de abril de 2024, de la Dirección
General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se resuelven las
solicitudes de Homologación de los niveles de Carrera/Desarrollo profesional
acreditados por profesionales del Servicio Andaluz de Salud procedentes de
otros Servicios de Salud o Agencias Administrativas.
Vistos los recursos de reposición interpuestos contra la citada Resolución de 8 de abril de
2024, y considerando los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Mediante Resolución de 7 de febrero de 2024, se regula el procedimiento
de homologación de los niveles de Carrera/Desarrollo Profesional acreditados por
profesionales del Servicio Andaluz de Salud procedentes de otros Servicios de Salud u
otras Agencias Administrativas.
Segundo. En su virtud, mediante Resolución de 8 de abril de 2024, de la Dirección
General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, se aprueban los listados de
profesionales que han solicitado la Homologación del nivel de Carrera Profesional
acreditado por otro Servicio de Salud o Agencias Administrativas correspondiente a las
solicitudes presentadas desde el día 1 de mayo de 2022 al 31 de diciembre de 2023.
Tercero. De conformidad con lo estipulado en el apartado Sexto contra la misma,
que agotaba la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante
esta Dirección General de Personal en el plazo de un mes desde el día siguiente de su
publicación, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
así como recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente al de la presente publicación, ante el órgano jurisdiccional competente
de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Cuarto. En el plazo señalado para la interposición de los recursos, es decir que en el
periodo comprendido entre el 12 de abril y el 12 de mayo de 2024, ambos inclusive, han
tenido entrada en el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía los recursos de
reposición que se resuelven mediante la presente.
A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes

Primero. La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal
estatutario de los Servicios de Salud, dispone en el Capítulo VIII, artículo 40, el
establecimiento de mecanismos de carrera profesional para el personal de los
Servicios de Salud, que supondrán el derecho de los profesionales a progresar de
forma individualizada como reconocimiento a su desarrollo profesional en cuanto a
conocimientos, experiencia y cumplimiento de los objetivos de la organización a la cual
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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