3. Otras disposiciones. . (2024/115-44)
Resolución de 10 de junio de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se rectifican los errores materiales detectados en los listados aprobados mediante Resolución de 8 de abril de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se resuelven las solicitudes de Homologación de los niveles de Carrera/Desarrollo profesional acreditados por profesionales del Servicio Andaluz de Salud procedentes de otros Servicios de Salud o Agencias Administrativas, y se resuelven determinadas solicitudes de homologación pendientes de tramitación.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 115 - Viernes, 14 de junio de 2024
página 46406/2
RESU ELV E
Primero. Corregir los errores materiales detectados en los listados de solicitudes
estimadas y desestimadas aprobados mediante la Resolución de 8 de abril de 2024, de la
Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se resuelven las
solicitudes de Homologación de los niveles de Carrera/Desarrollo profesional acreditados
por profesionales del Servicio Andaluz de Salud procedentes de otros Servicios de Salud
o Agencias Administrativas, correspondientes a solicitudes presentadas desde el día 1 de
mayo de 2022 al 31 de diciembre de 2023.
Segundo. Aprobar un listado de solicitudes estimadas y desestimadas por los
que resuelven las solicitudes pendientes de tramitación y aquellas pendientes de
documentación requerida, con indicación de los motivos de desestimación que se
encuentran relacionados en anexo a la presente resolución.
Tercero. Ordenar la publicación de los listados indicados en los dos puntos anteriores
en la página web del Servicio Andaluz de Salud
http://www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud
así como la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
las personas que figuran en dichos listados podrán formular recurso potestativo de
reposición ante esta Dirección General de Personal en el plazo de un mes, desde el día
siguiente de su publicación, así como recurso contencioso-administrativo, en el plazo de
dos meses contados desde el día siguiente al de la presente publicación, ante el órgano
jurisdiccional competente de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 10 de junio de 2024.- La Directora General, Carmen Bustamante Rueda.
A NE XO
MOTIVOS DE DESESTIMACIÓN
00303355
1. No estar incluido en el ámbito de aplicación de la resolución de homologación.
2. No acreditar reconocimiento del mismo grado o nivel del que se solicita la
homologación y referido a la misma categoría/o equivalente, y, en su caso, especialidad.
3. No encontrarse en situación efectiva de prestación de servicios en el Servicio
Andaluz de Salud, en virtud de los sistemas generales de provisión de puestos de trabajo
previstos en el Estatuto Marco y sus normas de desarrollo.
4. Tener reconocido por Homologación un nivel anterior en el Servicio Andaluz
de Salud y solicitar el reconocimiento de un nuevo nivel de Carrera Profesional, sin
haber interrumpido la prestación de servicio en el Servicio Andaluz de Salud desde su
reconocimiento, por traslado a otro Servicio de Salud.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
BOJA
Número 115 - Viernes, 14 de junio de 2024
página 46406/2
RESU ELV E
Primero. Corregir los errores materiales detectados en los listados de solicitudes
estimadas y desestimadas aprobados mediante la Resolución de 8 de abril de 2024, de la
Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se resuelven las
solicitudes de Homologación de los niveles de Carrera/Desarrollo profesional acreditados
por profesionales del Servicio Andaluz de Salud procedentes de otros Servicios de Salud
o Agencias Administrativas, correspondientes a solicitudes presentadas desde el día 1 de
mayo de 2022 al 31 de diciembre de 2023.
Segundo. Aprobar un listado de solicitudes estimadas y desestimadas por los
que resuelven las solicitudes pendientes de tramitación y aquellas pendientes de
documentación requerida, con indicación de los motivos de desestimación que se
encuentran relacionados en anexo a la presente resolución.
Tercero. Ordenar la publicación de los listados indicados en los dos puntos anteriores
en la página web del Servicio Andaluz de Salud
http://www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud
así como la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
las personas que figuran en dichos listados podrán formular recurso potestativo de
reposición ante esta Dirección General de Personal en el plazo de un mes, desde el día
siguiente de su publicación, así como recurso contencioso-administrativo, en el plazo de
dos meses contados desde el día siguiente al de la presente publicación, ante el órgano
jurisdiccional competente de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 10 de junio de 2024.- La Directora General, Carmen Bustamante Rueda.
A NE XO
MOTIVOS DE DESESTIMACIÓN
00303355
1. No estar incluido en el ámbito de aplicación de la resolución de homologación.
2. No acreditar reconocimiento del mismo grado o nivel del que se solicita la
homologación y referido a la misma categoría/o equivalente, y, en su caso, especialidad.
3. No encontrarse en situación efectiva de prestación de servicios en el Servicio
Andaluz de Salud, en virtud de los sistemas generales de provisión de puestos de trabajo
previstos en el Estatuto Marco y sus normas de desarrollo.
4. Tener reconocido por Homologación un nivel anterior en el Servicio Andaluz
de Salud y solicitar el reconocimiento de un nuevo nivel de Carrera Profesional, sin
haber interrumpido la prestación de servicio en el Servicio Andaluz de Salud desde su
reconocimiento, por traslado a otro Servicio de Salud.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja