Disposiciones generales. . (2024/115-1)
Orden de 22 de mayo de 2024, por la que se convocan las subvenciones a la suscripción de seguros agrarios para las líneas del cuadragésimo quinto Plan de seguros agrarios combinados (Plan 2024) incluidas en el Anexo I y se establecen las determinaciones en relación con dichas subvenciones, según lo dispuesto en la Orden de 26 de octubre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva de la Junta de Andalucía a la suscripción de seguros agrarios del Plan de Seguros Agrarios Combinados, aplicadas a través de descuento en el momento de la contratación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 115 - Viernes, 14 de junio de 2024

página 46388/2

En virtud de lo establecido en la normativa antes referenciada, y a propuesta de la
persona titular de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, y en uso
de las facultades que me confiere el artículo 115 del Texto Refundido de la Ley General de
la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010,
de 2 de marzo,
RESU ELVO
Primero. Convocatoria.
1. Aprobar la convocatoria de las subvenciones a la contratación de seguros agrarios
en el marco del cuadragésimo quinto Plan de Seguros Agrarios Combinados (Plan
2024), para las modalidades de aseguramiento incluidas en el Anexo I de esta orden,
contratadas durante el año 2024, así como establecer las determinaciones en relación
con estas subvenciones, según lo dispuesto en los artículos 4 y 6 de la Orden de 26 de
octubre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones
en régimen de concurrencia no competitiva de la Junta de Andalucía, a la suscripción
de seguros agrarios del Plan de Seguros Agrarios Combinados, aplicadas a través de
descuento en el momento de la contratación.
2. La información asociada al procedimiento de subvenciones a la contratación de
seguros agrarios en el marco del Plan de Seguros Agrarios Combinados, está disponible
en el Registro de Procedimientos y Servicios, en el procedimiento RPS núm. 25417, en
el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica
general de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25417
Segundo. Beneficiarios.
Podrán ser personas o entidades beneficiarias de estas subvenciones aquellas que
cumplan los requisitos y condiciones exigidos por el artículo 3 de la Orden de 26 de
octubre de 2023 y que no hayan renunciado a la misma mediante manifestación expresa
en la póliza contratada.

Cuarto. Cuantía y límites.
1. La cuantía total máxima de las subvenciones convocadas se establece en
5.047.266,16 euros (4.047.266,16 euros con cargo a la anualidad 2024 y 1.000.000 euros
con cargo a la anualidad 2025).
2. Se adquieren compromisos de carácter plurianual de conformidad con lo
establecido en el artículo 40 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de
Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo. Además del crédito
máximo disponible para esta convocatoria, en el caso de que se produzcan aumentos
sobrevenidos de crédito, se actuará según lo establecido en el artículo 10.e) del
Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo.
3. Según el artículo 4 de la Orden de 26 de octubre de 2023, la suma de las
subvenciones concedidas a cada póliza por la Administración General del Estado, a través
de ENESA y por la Junta de Andalucía, no podrá superar el 75% de la prima comercial
base neta, teniendo en cuenta que el importe concedido por las Administraciones Públicas
no podrá exceder el límite establecido en las directrices comunitarias vigentes sobre
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00303337

Tercero. Financiación.
Las subvenciones de la presente convocatoria se financiarán con cargo al crédito del
presupuesto de la Junta de Andalucía para los ejercicios 2024 y 2025, consignados en la
partida presupuestaria 1400010000G/71B/47203/00 01. Su concesión quedará limitada a
las disponibilidades presupuestarias de dicho ejercicio económico.