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Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Huelva, por la que se declara la utilidad pública de las instalaciones eléctricas asociadas a un proyecto de planta solar fotovoltaica. (PP. 8770/2024).
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Número 114 - Jueves, 13 de junio de 2024

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la referente a la indemnización que les correspondería. No obstante, no consta ninguna
autorización por escrito ni de la alegante ni de su marido copropietario de la parcela
afectada, por lo tanto no cabe el pretendido desistimiento. En cuanto a la indefensión,
tampoco se ha producido, puesto que además de haberle sido remitida por la entidad
beneficiaria toda la información del proyecto, los interesados han sido notificados de la
información pública donde se detallan las vías por las tenían acceso a la consulta del
proyecto.
2.º Con fecha 14 de octubre de 2022, don Carmelo Coballes Rodríguez presenta
alegaciones en las que, en síntesis, pone de manifiesto que desiste de la autorización
concedida para la ubicación en su finca de la planta fotovoltaica «Andresina», y que no
ha sido debidamente informado de las consecuencias de la autorización que dio en su
día, produciendo indefensión al interesado.
Habiendo dado traslado de las alegaciones a la entidad beneficiaria, ésta remite
contestación con fecha 10 de noviembre de 2022, en la que manifiesta, en resumen,
que en septiembre de 2022 la entidad se puso en contacto con el alegante y su esposa
doña Juana María Pardo Rodríguez y se les envió toda la información relativa al proyecto,
incluida la referente a la indemnización que les correspondería. No obstante, no consta
ninguna autorización por escrito ni del alegante ni de su esposa copropietaria de la parcela
afectada, por lo tanto, no cabe el pretendido desistimiento. En cuanto a la indefensión,
tampoco se ha producido, puesto que además de haberle sido remitida por la entidad
beneficiaria toda la información del proyecto, los afectados han sido notificados de la
información pública donde se detallan las vías por las que tenían acceso a la consulta del
proyecto.
3.º Con fecha 14 de octubre de 2022, don Manuel Herrero Rodríguez y doña Isabel
Raya Jiménez presentan alegaciones en las que, en síntesis, ponen de manifiesto que no
están de acuerdo con el proyecto y que aportarán un informe pericial.
Habiendo dado traslado de las alegaciones a la entidad beneficiaria, ésta remite
contestación con fecha 10 de noviembre de 2022, en la que manifiesta, en resumen, que
en septiembre de 2022 la entidad se puso en contacto con los alegantes y se les envió
toda la información relativa al proyecto, no obstante, dado lo escueto de sus alegaciones
quedan a la espera de la remisión del informe pericial.
4.º Con fecha 17 de octubre de 2022, doña Juana Pardo Rodríguez presenta
alegaciones en las que, en síntesis, pone de manifiesto que desiste de la autorización
concedida para la ubicación en su finca de la planta fotovoltaica «Andresina», y que no
ha sido debidamente informada de las consecuencias de la autorización que dio en su
día, produciendo indefensión al interesado.
Habiendo dado traslado de las alegaciones a la entidad beneficiaria, ésta remite
contestación con fecha 23 de noviembre de 2022, en la que manifiesta, en resumen,
que en septiembre de 2022 la entidad se puso en contacto con la alegante y su esposo
don Carmelo Coballes Rodríguez y se les envió toda la información relativa al proyecto,
incluida la referente a la indemnización que les correspondería. No obstante, no consta
ninguna autorización por escrito ni de la alegante ni de su esposo copropietario de la
parcela afectada, por lo tanto, no cabe el pretendido desistimiento. En cuanto a la
indefensión, tampoco se ha producido, puesto que además de haberle sido remitida por
la entidad beneficiaria toda la información del proyecto, los afectados han sido notificados
de la información pública donde se detallan las vías por las tenían acceso a la consulta
del proyecto.
5.º Con fecha 25 de octubre de 2022, doña Blanca, doña Alicia y don Hilario
Cruz Contreras, como herederos de doña Manuela Contreras González, presentan
alegaciones en las que, en síntesis, ponen de manifiesto que cuando intentaron
consultar el expediente en el portal de transparencia, ya no estaba publicado lo que
le produjo indefensión, aunque posteriormente se le notificó personalmente el inicio
del expediente. Por otro lado, alegan que en las parcelas de su propiedad se pretende
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía