3. Otras disposiciones. . (2024/113-42)
Resolución de 6 de junio de 2024, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se determina la estructura del Consejo de Dirección y Delegaciones del Rector, y se delega el ejercicio de competencias.
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Número 113 - Miércoles, 12 de junio de 2024
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6.2. En materia económico-financiera y presupuestaria:
- La elaboración del proyecto de presupuesto anual.
- La elaboración de la memoria económica y la formulación de las cuentas anuales
exigidas en la legislación vigente.
- El Fondo Social.
- La aprobación de gastos, la autorización de su compromiso y liquidación, así como
el reconocimiento de obligaciones y la ordenación de los pagos del Presupuesto, de
acuerdo con lo establecido en las bases de ejecución del mismo.
- Las devoluciones de garantías, depósitos, fianzas y avales de todas las clases, tanto
provisionales como definitivas.
- La elaboración de planes de financiación.
- La representación, en el ámbito fiscal y tributario, ante las diferentes Administraciones
cuando la Universidad Pablo de Olavide ostente la condición de sujeto obligado.
6.3. En materia de personal técnico de gestión de administración y servicios (PTGAS):
- La jefatura de personal técnico de gestión de administración y servicios de la
Universidad Pablo de Olavide, de conformidad con lo dispuesto en la letra d) del
art. 44 de los Estatutos, así como cuantas funciones vengan atribuidas al Rector
en materia de personal técnico de gestión de administración y servicios, excluidas
expresamente el nombramiento y cese de personal funcionario y el régimen
disciplinario. En particular sus funciones abarcan:
- La ejecución, control y coordinación de la política aprobada por los órganos de
gobierno sobre el personal técnico de gestión de administración y servicios, ya fuere
funcionario o laboral.
-
El establecimiento de las directrices conforme a las cuales ejercerán sus
competencias en materia de personal los distintos órganos y servicios de la
Universidad Pablo de Olavide.
- El establecimiento de los criterios para la organización y coordinación en materia de
personal, así como la emisión de las instrucciones sobre política de personal.
- La preparación de la oferta de empleo público, así como los actos derivados de la
misma.
- La proposición de las convocatorias de las pruebas de personal laboral fijo y
funcionarios de carrera, así como la propuesta de designación de los miembros de
las comisiones de selección y evaluación de PTGAS (funcionario y personal laboral).
- Las convocatorias de concursos y sus resoluciones.
-
Los actos de ejecución de los convenios colectivos o similares y otros pactos
legalmente formalizados.
- La propuesta de la estructura de puestos de trabajo.
- La autorización a la asistencia a cursos de selección, formación y perfeccionamiento.
- El reconocimiento de situaciones administrativas, así como el reconocimiento de la
antigüedad a efectos de cómputo de trienios.
- La concesión de permisos y licencias.
- Todos los actos derivados de la gestión y tramitación de los procedimientos de
jubilación salvo las certificaciones que correspondan.
- La tramitación de los procedimientos seguidos ante la Seguridad Social, así como
las reclamaciones previas a la vía judicial.
- Propuesta e informe acerca de la autorización y/o reconocimiento de la compatibilidad
del personal técnico de gestión de administración y servicios, previamente a su
resolución por el Rector.
- Autorización y/o suscripción de los contratos de personal laboral contratado con
carácter temporal, así como el nombramiento de interinos en el caso que proceda.
- Las acciones y procesos derivados de la política de formación del PTGAS.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303208
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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6.2. En materia económico-financiera y presupuestaria:
- La elaboración del proyecto de presupuesto anual.
- La elaboración de la memoria económica y la formulación de las cuentas anuales
exigidas en la legislación vigente.
- El Fondo Social.
- La aprobación de gastos, la autorización de su compromiso y liquidación, así como
el reconocimiento de obligaciones y la ordenación de los pagos del Presupuesto, de
acuerdo con lo establecido en las bases de ejecución del mismo.
- Las devoluciones de garantías, depósitos, fianzas y avales de todas las clases, tanto
provisionales como definitivas.
- La elaboración de planes de financiación.
- La representación, en el ámbito fiscal y tributario, ante las diferentes Administraciones
cuando la Universidad Pablo de Olavide ostente la condición de sujeto obligado.
6.3. En materia de personal técnico de gestión de administración y servicios (PTGAS):
- La jefatura de personal técnico de gestión de administración y servicios de la
Universidad Pablo de Olavide, de conformidad con lo dispuesto en la letra d) del
art. 44 de los Estatutos, así como cuantas funciones vengan atribuidas al Rector
en materia de personal técnico de gestión de administración y servicios, excluidas
expresamente el nombramiento y cese de personal funcionario y el régimen
disciplinario. En particular sus funciones abarcan:
- La ejecución, control y coordinación de la política aprobada por los órganos de
gobierno sobre el personal técnico de gestión de administración y servicios, ya fuere
funcionario o laboral.
-
El establecimiento de las directrices conforme a las cuales ejercerán sus
competencias en materia de personal los distintos órganos y servicios de la
Universidad Pablo de Olavide.
- El establecimiento de los criterios para la organización y coordinación en materia de
personal, así como la emisión de las instrucciones sobre política de personal.
- La preparación de la oferta de empleo público, así como los actos derivados de la
misma.
- La proposición de las convocatorias de las pruebas de personal laboral fijo y
funcionarios de carrera, así como la propuesta de designación de los miembros de
las comisiones de selección y evaluación de PTGAS (funcionario y personal laboral).
- Las convocatorias de concursos y sus resoluciones.
-
Los actos de ejecución de los convenios colectivos o similares y otros pactos
legalmente formalizados.
- La propuesta de la estructura de puestos de trabajo.
- La autorización a la asistencia a cursos de selección, formación y perfeccionamiento.
- El reconocimiento de situaciones administrativas, así como el reconocimiento de la
antigüedad a efectos de cómputo de trienios.
- La concesión de permisos y licencias.
- Todos los actos derivados de la gestión y tramitación de los procedimientos de
jubilación salvo las certificaciones que correspondan.
- La tramitación de los procedimientos seguidos ante la Seguridad Social, así como
las reclamaciones previas a la vía judicial.
- Propuesta e informe acerca de la autorización y/o reconocimiento de la compatibilidad
del personal técnico de gestión de administración y servicios, previamente a su
resolución por el Rector.
- Autorización y/o suscripción de los contratos de personal laboral contratado con
carácter temporal, así como el nombramiento de interinos en el caso que proceda.
- Las acciones y procesos derivados de la política de formación del PTGAS.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303208
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