Disposiciones generales. . (2024/113-1)
Resolución de 4 de junio de 2024, de la Dirección General de Tecnologías Avanzadas y Transformación Educativa, por la que se convoca el premio para el reconocimiento a centros bilingües y plurilingües de Andalucía con buenas prácticas docentes en enseñanza bilingüe durante el curso 2023-2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 113 - Miércoles, 12 de junio de 2024

página 46250/6

de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. La cuantía total
máxima destinada será de 12.000 euros.
2. La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de
Andalucía transferirá, como gastos de funcionamiento, a las cuentas de los centros
docentes premiados, las cantidades que correspondan según el premio concedido.
3. Los centros premiados destinarán la cuantía del premio a la realización de
actuaciones para el fomento de la enseñanza bilingüe.
4. Dichas cantidades se justificarán en la forma prevista en la normativa vigente,
y serán dedicadas exclusivamente a la finalidad para la que han sido concedidas, no
pudiéndose destinar a otro concepto distinto de gasto.
Décimo. Entrega de premios.
El acto de entrega de los premios tendrá lugar antes del 31 de diciembre de 2024.
Undécimo. Difusión y publicación de las prácticas premiadas.
Los centros premiados se comprometen a participar en las acciones de difusión
de las mejores prácticas que se organicen por la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional de la Junta de Andalucía.
Los centros educativos deberán contar con la correspondiente autorización o licencia
para el uso, difusión y publicación de los textos, imágenes, recursos multimedia y
aplicaciones informáticas que se incluyan en las memorias. La Consejería de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional podrá difundir los trabajos premiados a través
de los medios que estime convenientes, bajo el tipo de licencia Creative Commons
Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual CC BY-NC-SA.
Las buenas prácticas premiadas se recogerán en el Portal de Plurilingüismo de la
Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. Asimismo, la Consejería de
Desarrollo Educativo y Formación Profesional se reservará el derecho de publicación de
las memorias presentadas.
Duodécimo. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 4 de junio de 2024.- El Director General, Antonio Segura Marrero.
ANEXO I

Las candidaturas se valorarán mediante la constatación de evidencias relacionadas
con los indicadores de cada uno de los criterios de este Anexo I. La constatación de
evidencias se valorará de 1 a 4, de la siguiente manera:
1 = Sin evidencias.
2 = Pocas evidencias.
3 = Bastantes evidencias.
4 = Evidencias totales.
El criterio 1) supondrá el 50% de la valoración.
El criterio 2) supondrá el 20% de la valoración.
El criterio 3) supondrá el 20% de la valoración.
El criterio 4) supondrá el 10% de la valoración.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00303200

Criterios de valoración de candidaturas al Premio «Buenas prácticas en enseñanza
bilingüe» para el reconocimiento a centros públicos bilingües y plurilingües dependientes
de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de
Andalucía que desarrollan buenas prácticas docentes.