5. Anuncios. . (2024/112-84)
Anuncio de 22 de mayo de 2024, del Ayuntamiento de Guadalcázar, de bases específicas que regirán la convocatoria del proceso selectivo para el acceso, por turno libre, mediante sistema de concurso-oposición, a una plaza de Monitor/a Deportivo del Ayuntamiento de Guadalcázar. (PP. 8705/2024).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 112 - Martes, 11 de junio de 2024
página 45526/7
se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos, antes de su contratación, el órgano
convocante podrá requerir del Tribunal relación complementaria de los aspirantes que
sigan a los propuestos para su posible contratación.
El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación
de los actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de
su cometido de valoración estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y
de las bases de la convocatoria.
9. Presentación de documentos.
La adjudicación de la plaza se efectuará según la puntuación obtenida en el proceso
selectivo. La persona aspirante que lo hubiera superado y que haya acreditado cumplir los
requisitos exigidos será contratado como personal laboral fijo, previa resolución de Alcaldía
que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, con indicación del destino adjudicado.
El aspirante deberá formalizar su contrato en el plazo máximo de un mes contado a
partir de la fecha de notificación de la resolución de contratación.
10. Formación de bolsas de trabajo.
Asimismo, una vez finalizado el proceso selectivo y efectuada la adjudicación del
destino, se podrá formar una «bolsa», con los aspirantes que hubieran superado el
proceso selectivo atendiendo al orden de puntuación obtenido.
Los aspirantes que no deseen formar parte de las listas de espera deberán presentar
escrito de renuncia ante la Administración convocante.
Los posibles empates en la puntuación de los aspirantes que hayan de formar parte
de dicha lista de espera serán dirimidos antes de la publicación del listado, atendiendo a
la mayor puntuación obtenida en el apartado de oposición.
La bolsa resultante del proceso selectivo permanecerá en vigor hasta la aprobación de
una nueva bolsa resultante de una convocatoria posterior, y dejará sin vigencia las listas
derivadas de procesos anteriores. En el caso de que la «Bolsa» generada se agotase,
quedará activada automáticamente la última que estuviese vigente con anterioridad.
Sin prejuicio de que el Ayuntamiento pueda optar por la realización de procesos
selectivos por oposición o concurso-oposición para cubrir vacantes en dichos puestos.
11. Recursos.
Las presentes bases vinculan a la Administración, al Tribunal Calificador y a
quienes participen en el proceso de selección, y tanto la presente convocatoria como
sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del
Tribunal Calificador podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y formas
que determina la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen
Local, y Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, así como en su caso en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Disposición final. Entrada en vigor.
Las presentes bases entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia.
Guadalcázar, 22 de mayo de 2024.- El Alcalde-Presidente, Domingo José Reina Serrano.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302476
12. Datos de carácter personal.
La participación en el proceso selectivo implica el consentimiento para que los datos
personales aportados sean objeto de publicación a través de su inserción en el Boletín
Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios de la página web municipal cuando así
lo requiera la tramitación del procedimiento. Por aplicación del principio de especialidad,
los datos personales que podrán ser objeto de publicación son: El nombre, apellidos y
número del documento nacional de identidad o documento equivalente.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 112 - Martes, 11 de junio de 2024
página 45526/7
se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos, antes de su contratación, el órgano
convocante podrá requerir del Tribunal relación complementaria de los aspirantes que
sigan a los propuestos para su posible contratación.
El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación
de los actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de
su cometido de valoración estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y
de las bases de la convocatoria.
9. Presentación de documentos.
La adjudicación de la plaza se efectuará según la puntuación obtenida en el proceso
selectivo. La persona aspirante que lo hubiera superado y que haya acreditado cumplir los
requisitos exigidos será contratado como personal laboral fijo, previa resolución de Alcaldía
que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, con indicación del destino adjudicado.
El aspirante deberá formalizar su contrato en el plazo máximo de un mes contado a
partir de la fecha de notificación de la resolución de contratación.
10. Formación de bolsas de trabajo.
Asimismo, una vez finalizado el proceso selectivo y efectuada la adjudicación del
destino, se podrá formar una «bolsa», con los aspirantes que hubieran superado el
proceso selectivo atendiendo al orden de puntuación obtenido.
Los aspirantes que no deseen formar parte de las listas de espera deberán presentar
escrito de renuncia ante la Administración convocante.
Los posibles empates en la puntuación de los aspirantes que hayan de formar parte
de dicha lista de espera serán dirimidos antes de la publicación del listado, atendiendo a
la mayor puntuación obtenida en el apartado de oposición.
La bolsa resultante del proceso selectivo permanecerá en vigor hasta la aprobación de
una nueva bolsa resultante de una convocatoria posterior, y dejará sin vigencia las listas
derivadas de procesos anteriores. En el caso de que la «Bolsa» generada se agotase,
quedará activada automáticamente la última que estuviese vigente con anterioridad.
Sin prejuicio de que el Ayuntamiento pueda optar por la realización de procesos
selectivos por oposición o concurso-oposición para cubrir vacantes en dichos puestos.
11. Recursos.
Las presentes bases vinculan a la Administración, al Tribunal Calificador y a
quienes participen en el proceso de selección, y tanto la presente convocatoria como
sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del
Tribunal Calificador podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y formas
que determina la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen
Local, y Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, así como en su caso en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Disposición final. Entrada en vigor.
Las presentes bases entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia.
Guadalcázar, 22 de mayo de 2024.- El Alcalde-Presidente, Domingo José Reina Serrano.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302476
12. Datos de carácter personal.
La participación en el proceso selectivo implica el consentimiento para que los datos
personales aportados sean objeto de publicación a través de su inserción en el Boletín
Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios de la página web municipal cuando así
lo requiera la tramitación del procedimiento. Por aplicación del principio de especialidad,
los datos personales que podrán ser objeto de publicación son: El nombre, apellidos y
número del documento nacional de identidad o documento equivalente.