5. Anuncios. . (2024/112-84)
Anuncio de 22 de mayo de 2024, del Ayuntamiento de Guadalcázar, de bases específicas que regirán la convocatoria del proceso selectivo para el acceso, por turno libre, mediante sistema de concurso-oposición, a una plaza de Monitor/a Deportivo del Ayuntamiento de Guadalcázar. (PP. 8705/2024).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 112 - Martes, 11 de junio de 2024
página 45526/6
8. Resolución del proceso selectivo y lista de aprobados.
Finalizado el proceso de selección, el Tribunal Calificador elevará la relación de
aspirantes, por el orden de puntuación alcanzado, con indicación del documento nacional
de identidad, en la forma prevista legalmente para la protección de los datos de carácter
personal, así como las notas parciales de todas y cada una de las fases del proceso
selectivo, al órgano competente para la resolución del proceso selectivo, que asimismo
ordenará su publicación en el tablón de anuncios y página web del Ayuntamiento.
El Tribunal no podrá declarar que han superado el proceso un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya
propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas,
y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de
los aspirantes seleccionados o cuando de la documentación aportada por los aspirantes
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302476
- Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorarán exclusivamente, la
realización de los cursos de formación y perfeccionamiento impartidos u homologados
por el Ayuntamiento de Guadalcázar, el Instituto Nacional de Administración Pública,
el Instituto Andaluz de Administración Pública, la Federación Española de Municipios
y Provincias (FEMP), la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP), las
Universidades, Federaciones Deportivas, las Organizaciones Sindicales en el Marco
del Acuerdo de Formación Continua o presentes en la Mesa General de Negociación
respectiva, los Colegios Profesionales, así como por centros o entidades acogidos al Plan
de Formación Continua de las Administraciones Públicas. En todo caso, las acciones
formativas deberán estar directamente relacionados con las funciones de la plaza
convocada o con a la adquisición de competencias, habilidades y actitudes transversales.
La valoración máxima de este apartado será de 10 puntos.
Los cursos se valorarán a razón de 0,10 puntos por hora de formación.
Los méritos formativos podrán acreditarse mediante la presentación de diplomas o
similares. No serán objeto de valoración las asignaturas sueltas que conformen un plan
de estudios.
7.3. Fase de oposición: consistirá en los siguientes ejercicios:
a) Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito, en un periodo máximo de 90
minutos, a un cuestionario tipo test de 50 preguntas con tres respuestas alternativas, de las
que solo una será la correcta, elaborado por el Tribunal antes de su realización con los temas
contenidos en el Anexo II. Podrá preverse hasta un máximo de 5 preguntas de reserva para
aquellos supuestos de impugnación, que serán utilizadas en el orden establecido.
Cada pregunta correctamente contestada se valorará con 0,6 puntos, sin que las
preguntas erróneamente contestadas o en blanco penalicen. La valoración máxima de este
ejercicio será de 30 puntos, siendo necesario obtener 15 puntos para considerarlo superado.
b) Segundo ejercicio: para aquellos aspirantes que hubieran superado el primer
ejercicio, consistirá en la realización de un supuesto teórico-práctico relacionado con el
temario específico, sin que en ningún caso pueda exceder de una hora. La valoración
máxima de este ejercicio será de 30 puntos.
7.4. Calificación. Los procesos selectivos a través del sistema de concurso-oposición
se valorarán de forma que la calificación definitiva vendrá dada por la suma de la
calificación obtenida en cada una de las fases, estableciéndose la siguiente ponderación:
1. Calificación de la fase de concurso: la puntuación de esta fase será el resultado
de sumar las puntuaciones obtenidas en base los diferentes méritos valorables, con una
valoración de un 40% de la puntuación total.
2. Calificación de la fase de oposición: la puntuación de esta fase supondrá el 60% de
la puntuación total.
7.5. Criterios de desempate: En caso de empate en la puntuación final, el orden de
desempate se establecerá atendiendo en primer lugar, a la mayor puntuación obtenida en
la fase de oposición, en segundo lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado de
experiencia profesional y, en tercer lugar, por sorteo público.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 112 - Martes, 11 de junio de 2024
página 45526/6
8. Resolución del proceso selectivo y lista de aprobados.
Finalizado el proceso de selección, el Tribunal Calificador elevará la relación de
aspirantes, por el orden de puntuación alcanzado, con indicación del documento nacional
de identidad, en la forma prevista legalmente para la protección de los datos de carácter
personal, así como las notas parciales de todas y cada una de las fases del proceso
selectivo, al órgano competente para la resolución del proceso selectivo, que asimismo
ordenará su publicación en el tablón de anuncios y página web del Ayuntamiento.
El Tribunal no podrá declarar que han superado el proceso un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya
propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas,
y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de
los aspirantes seleccionados o cuando de la documentación aportada por los aspirantes
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302476
- Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorarán exclusivamente, la
realización de los cursos de formación y perfeccionamiento impartidos u homologados
por el Ayuntamiento de Guadalcázar, el Instituto Nacional de Administración Pública,
el Instituto Andaluz de Administración Pública, la Federación Española de Municipios
y Provincias (FEMP), la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP), las
Universidades, Federaciones Deportivas, las Organizaciones Sindicales en el Marco
del Acuerdo de Formación Continua o presentes en la Mesa General de Negociación
respectiva, los Colegios Profesionales, así como por centros o entidades acogidos al Plan
de Formación Continua de las Administraciones Públicas. En todo caso, las acciones
formativas deberán estar directamente relacionados con las funciones de la plaza
convocada o con a la adquisición de competencias, habilidades y actitudes transversales.
La valoración máxima de este apartado será de 10 puntos.
Los cursos se valorarán a razón de 0,10 puntos por hora de formación.
Los méritos formativos podrán acreditarse mediante la presentación de diplomas o
similares. No serán objeto de valoración las asignaturas sueltas que conformen un plan
de estudios.
7.3. Fase de oposición: consistirá en los siguientes ejercicios:
a) Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito, en un periodo máximo de 90
minutos, a un cuestionario tipo test de 50 preguntas con tres respuestas alternativas, de las
que solo una será la correcta, elaborado por el Tribunal antes de su realización con los temas
contenidos en el Anexo II. Podrá preverse hasta un máximo de 5 preguntas de reserva para
aquellos supuestos de impugnación, que serán utilizadas en el orden establecido.
Cada pregunta correctamente contestada se valorará con 0,6 puntos, sin que las
preguntas erróneamente contestadas o en blanco penalicen. La valoración máxima de este
ejercicio será de 30 puntos, siendo necesario obtener 15 puntos para considerarlo superado.
b) Segundo ejercicio: para aquellos aspirantes que hubieran superado el primer
ejercicio, consistirá en la realización de un supuesto teórico-práctico relacionado con el
temario específico, sin que en ningún caso pueda exceder de una hora. La valoración
máxima de este ejercicio será de 30 puntos.
7.4. Calificación. Los procesos selectivos a través del sistema de concurso-oposición
se valorarán de forma que la calificación definitiva vendrá dada por la suma de la
calificación obtenida en cada una de las fases, estableciéndose la siguiente ponderación:
1. Calificación de la fase de concurso: la puntuación de esta fase será el resultado
de sumar las puntuaciones obtenidas en base los diferentes méritos valorables, con una
valoración de un 40% de la puntuación total.
2. Calificación de la fase de oposición: la puntuación de esta fase supondrá el 60% de
la puntuación total.
7.5. Criterios de desempate: En caso de empate en la puntuación final, el orden de
desempate se establecerá atendiendo en primer lugar, a la mayor puntuación obtenida en
la fase de oposición, en segundo lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado de
experiencia profesional y, en tercer lugar, por sorteo público.