Autoridades y personal. . (2024/111-15)
Resolución de 4 de junio de 2024, de la Secretaría General del Parlamento de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de la Mesa del Parlamento de Andalucía, de 28 de mayo de 2024, por el que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema de oposición libre, en el cuerpo de oficiales de gestión del Parlamento de Andalucía
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 111 - Lunes, 10 de junio de 2024

página 46157/5

6. Tribunal calificador.
6.1. El órgano encargado de la selección de este proceso será el tribunal calificador,
cuya composición es la que figura en el Anexo III de la convocatoria.
Corresponden al tribunal calificador las funciones relativas a la determinación
concreta del contenido de los ejercicios y a la calificación de los aspirantes, así como, en
general, la adopción de cuantas medidas sean precisas para el correcto desarrollo del
proceso selectivo. El tribunal queda facultado para resolver todas las dudas que surjan
en la interpretación y aplicación de las normas contenidas en las bases de la presente
convocatoria, y para determinar la actuación procedente en los casos no previstos.
El tribunal calificador adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes
con discapacidad que así lo hubieran indicado en la solicitud poder participar en las
pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes.
6.2. No podrán formar parte del tribunal calificador aquellas personas que hubiesen
realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas para el ingreso en el
cuerpo al que pertenece la plaza objeto de esta convocatoria en los cinco años anteriores
a su publicación.
Los miembros del tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo
a la Mesa del Parlamento de Andalucía, cuando concurra en ellos alguno de los motivos
previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal calificador
cuando concurra alguno de los motivos previstos en el artículo mencionado.
Mediante resolución motivada podrá sustituirse a algún miembro del tribunal
calificador en caso de que concurrieran circunstancias excepcionales que pudieran
dificultar gravemente el desarrollo del proceso selectivo o retrasar su resolución
desproporcionadamente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00303106

5.2. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión
en las citadas listas, las personas aspirantes dispondrán de diez días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación de la resolución anteriormente aludida, para que
aleguen y presenten la documentación que a su derecho convenga.
Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o la omisión
serán definitivamente excluidos de la participación en el proceso selectivo.
5.3. Transcurrido el plazo anterior, la Mesa del Parlamento de Andalucía dictará
resolución, que se publicará en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía, por la
que se declararán aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas
al proceso selectivo, que se expondrán en el tablón de anuncios del Parlamento de
Andalucía y se publicarán, además, en la página web de la Cámara.
En las listas definitivas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por las
personas interesadas en el procedimiento sobre su exclusión u omisión en las listas
provisionales, y su publicación servirá de notificación a quienes hayan presentado
alegaciones.
La resolución por la que se declaran aprobadas las listas definitivas de personas
admitidas y excluidas agotará la vía administrativa. Contra la citada resolución cabrá
interponer recurso de reposición ante la Mesa del Parlamento de Andalucía, con carácter
potestativo, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo
con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o recurso contenciosoadministrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de
su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.