3. Otras disposiciones. . (2024/111-45)
Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se declaran como zonas de seguridad a todos los equipamientos de uso público ofertados por la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 111 - Lunes, 10 de junio de 2024

página 46136/4

• Senderos señalizados y carriles cicloturistas: La distancia de la zona de seguridad
es la correspondiente a la anchura de cada uno de ellos, quedando a estos efectos
expresamente equiparados a los caminos de uso público.
• Edificios aislados tales como centros de visitantes, puntos de información,
ecomuseos, aulas de la naturaleza, jardines botánicos, parques de fauna silvestre,
refugios y refugios-vivac: Los límites serán los que alcance el edificio aislado y sus posibles
instalaciones anexas ampliadas en una franja de 100 metros en todas direcciones.
• Zonas de acampada controlada, áreas recreativas, observatorios y miradores: Los
límites serán los que alcancen las últimas instalaciones, ampliadas en una franja de 250
metros en todas direcciones.
Tercero. Modificación de plan técnico de caza por inclusión de las zonas de seguridad.
El plan técnico de caza de cada acotado deberá recoger la delimitación de todas las
zonas de seguridad incluidas en el mismo, en particular los equipamientos de uso público
que se declaran mediante la presente resolución. Será preceptiva la modificación del plan
técnico de caza para incorporar estas zonas de seguridad al documento vigente.
Cuarto. Cómputo de superficies.
Para el cómputo de superficies en relación con las zonas de reserva se estará a lo
dispuesto en el artículo 18.2 del Reglamento de Ordenación de la Caza en Andalucía
(aprobado mediante Decreto 126/2017, de 25 de julio).
Quinto. Vigor.
La presente instrucción entrará en vigor al día siguiente a su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad
con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 115 de la Ley 9/2007,
de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, podrá interponerse
recurso de alzada ante el Sr. Consejero de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía
Azul en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

00303085

Sevilla, 29 de mayo de 2024.- El Director General, Juan Ramón Pérez Valenzuela.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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