3. Otras disposiciones. . (2024/111-47)
Acuerdo de inicio de 27 de mayo de 2024, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por el que se declara la prescripción de reconocimiento y liquidación de compromisos de gasto derivados de los expedientes de subvención tramitados al amparo de la Orden de 7 de mayo de 2004, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la conservación y mejora de las especies silvestres y sus hábitats, así como el fomento y la gestión sostenible de los recursos cinegéticos (BOJA núm. 101, de 25 de mayo de 2004) (Convocatoria 2004).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 111 - Lunes, 10 de junio de 2024
página 45790/3
es de aplicación la citada norma. En cuanto al procedimiento también es de aplicación
supletoria la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, según se desprende de su disposición transitoria tercera.
Quinto. Según lo establecido en el artículo 24.6 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
las propuestas de resolución provisional y definitiva no crean derecho alguno a favor del
beneficiario propuesto, frente a la Administración, mientras no se le haya notificado la
resolución de concesión.
Sexto. El procedimiento es el establecido en el artículo 30 del Texto Refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, así como en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Séptimo. De los hechos descritos en los antecedentes, así como de la documentación
obrante en esta Consejería, se aprecia que los compromisos de gasto detallados en el
Anexo I se encuentran incursos en un supuesto de prescripción extintiva, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 30 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública
de la Junta de Andalucía, procediendo como consecuencia, su baja en contabilidad.
En virtud de los antecedentes y fundamentos de derecho detallados anteriormente,
esta Dirección General,
ACUERDA
Primero. Iniciar el procedimiento para declarar la prescripción del derecho al
reconocimiento y liquidación de las obligaciones derivadas de los compromisos de gasto
detallados en el Anexo I, y relativas a los expedientes de subvención tramitados al amparo
de la Orden de 7 de mayo de 2004, por la que se establecen las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones para la conservación y mejora de las especies silvestres
y sus hábitats, así como el fomento y la gestión sostenible de los recursos cinegéticos
(BOJA núm. 101, de 25.5.2004) (Convocatoria 2004) al haber transcurrido el plazo
estipulado en el artículo 30 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública
de la Junta de Andalucía, y como consecuencia, dar de baja en la contabilidad de la
Junta de Andalucía los citados documentos contables.
Segundo. Conceder a los interesados un plazo de 15 días hábiles, a contar desde el
día siguiente a la fecha de notificación de este acuerdo, para que aleguen o presenten
los documentos y justificaciones que estimen pertinentes de conformidad con lo previsto
en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Sevilla, 27 de mayo de 2024.- El Director General, Juan Ramón Pérez Valenzuela.
ANEXO I
RF/2004/21/0023
RF/2004/23/0010
CONCEPTO
ORDEN DE 7 DE MAYO DE 2004 DE AYUDAS
PARA LA BIODIVERSIDAD Y LOS RECURSOS
CINEGÉTICOS
ORDEN DE 7 DE MAYO DE 2004 DE AYUDAS
PARA LA BIODIVERSIDAD Y LOS RECURSOS
CINEGÉTICOS
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
TERCERO
CIF/NIF
IMPORTE
AGRO-CAMPO RÍO
SILLO, S.L.
B06239164
5.364,20 euros
NAVA EL SACH, S.A.
A28336469
9.246,36 euros
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302741
CÓD. EXPED.
BOJA
Número 111 - Lunes, 10 de junio de 2024
página 45790/3
es de aplicación la citada norma. En cuanto al procedimiento también es de aplicación
supletoria la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, según se desprende de su disposición transitoria tercera.
Quinto. Según lo establecido en el artículo 24.6 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
las propuestas de resolución provisional y definitiva no crean derecho alguno a favor del
beneficiario propuesto, frente a la Administración, mientras no se le haya notificado la
resolución de concesión.
Sexto. El procedimiento es el establecido en el artículo 30 del Texto Refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, así como en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Séptimo. De los hechos descritos en los antecedentes, así como de la documentación
obrante en esta Consejería, se aprecia que los compromisos de gasto detallados en el
Anexo I se encuentran incursos en un supuesto de prescripción extintiva, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 30 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública
de la Junta de Andalucía, procediendo como consecuencia, su baja en contabilidad.
En virtud de los antecedentes y fundamentos de derecho detallados anteriormente,
esta Dirección General,
ACUERDA
Primero. Iniciar el procedimiento para declarar la prescripción del derecho al
reconocimiento y liquidación de las obligaciones derivadas de los compromisos de gasto
detallados en el Anexo I, y relativas a los expedientes de subvención tramitados al amparo
de la Orden de 7 de mayo de 2004, por la que se establecen las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones para la conservación y mejora de las especies silvestres
y sus hábitats, así como el fomento y la gestión sostenible de los recursos cinegéticos
(BOJA núm. 101, de 25.5.2004) (Convocatoria 2004) al haber transcurrido el plazo
estipulado en el artículo 30 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública
de la Junta de Andalucía, y como consecuencia, dar de baja en la contabilidad de la
Junta de Andalucía los citados documentos contables.
Segundo. Conceder a los interesados un plazo de 15 días hábiles, a contar desde el
día siguiente a la fecha de notificación de este acuerdo, para que aleguen o presenten
los documentos y justificaciones que estimen pertinentes de conformidad con lo previsto
en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Sevilla, 27 de mayo de 2024.- El Director General, Juan Ramón Pérez Valenzuela.
ANEXO I
RF/2004/21/0023
RF/2004/23/0010
CONCEPTO
ORDEN DE 7 DE MAYO DE 2004 DE AYUDAS
PARA LA BIODIVERSIDAD Y LOS RECURSOS
CINEGÉTICOS
ORDEN DE 7 DE MAYO DE 2004 DE AYUDAS
PARA LA BIODIVERSIDAD Y LOS RECURSOS
CINEGÉTICOS
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
TERCERO
CIF/NIF
IMPORTE
AGRO-CAMPO RÍO
SILLO, S.L.
B06239164
5.364,20 euros
NAVA EL SACH, S.A.
A28336469
9.246,36 euros
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302741
CÓD. EXPED.