Disposiciones generales. . (2024/109-2)
Extracto de la Orden de 29 de mayo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, o catálogos que determine la normativa vigente, en sectores estratégicos, para empresas, asociaciones empresariales, entidades de formación y entidades sin ánimo de lucro, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deporte y por la Unión Europea ?NextGenerationEU? y se efectúa la convocatoria del año 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 109 - Jueves, 6 de junio de 2024

página 45952/7

Quinto. Gasto subvencionable y cuantía.
1. Se consideran gastos subvencionables aquellos que responden inequívocamente a
la naturaleza de la actividad subvencionada, son estrictamente necesarios para ello y se
realizan dentro de los plazos y condiciones determinados por estas bases reguladoras.
En ningún caso los servicios subvencionados podrán superar el valor de mercado. La
elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o, en
su caso, en la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y
economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no
recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
2. A los efectos del control financiero y auditorías que puedan establecerse, se
consideran gastos subvencionables los establecidos en el artículo 17 del Reglamento
(UE) del Parlamento Europeo y del Consejo, 2021/241, no teniendo el carácter de
recurrente. Serán susceptibles de formar parte del módulo de gasto por persona formada,
los siguientes:
a) Los gastos dirigidos a la formación de trabajadores a través de módulos de
formación referenciados en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales,
incluyendo todos los costes indubitadamente vinculados a la formación, tales como gastos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00302937

13.º Orden de 14 de octubre de 2022, por la que se delegan competencias en órganos
directivos y entidades de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.
14.º Acuerdo de 27 de abril de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se
aprueba el Plan de Medidas Antifraude para la gestión de los Fondos del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
https://www.juntadeandalucia.es/sites/default/files/2022-07/Plan_antifraude_28_04_22_
ptg2.pdf
15.º Resolución de 14 de septiembre de 2022, de la Intervención General de la Junta
de Andalucía, por la que se establece la guía de fiscalización previa de los expedientes
de gasto de transferencias con asignación nominativa financiadas con fondos finalistas
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
16.º Decreto 188/2023, de 25 de julio, por el que se crea y se regula el Comité
Antifraude para la gestión de los Fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
3. Con carácter específico, al estar las actuaciones subvencionables incluidas en
el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia dentro del Componente 20 del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), están sujetas, en todo caso, al
cumplimiento, ejecución y realización de los objetivos fijados en dicho Plan.
Estarán sometidas a la plena aplicación de los mecanismos de gestión y control
que se establezcan para el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la UE y a
la normativa de la Unión Europea aplicable a la gestión, seguimiento y control que se
establezca para el Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia, así como las
específicas relativas a la información y publicidad, verificación y demás impuestas por
la normativa de la Unión Europea, cuya aplicación será de obligado cumplimiento. Del
mismo modo, se tendrá en consideración la propuesta de criterios transversales incluidos
en el documento: «Orientaciones para la Incorporación de Criterios Transversales para
la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia», dictadas por el
Comité Técnico para el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como
en el documento «Orientaciones en relación con la prevención de la doble financiación
en el ámbito del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia», conforme al
pronunciamiento de la Comisión Europea al respecto de la doble financiación entre el
MRR y otros fondos o programas de la Unión, elaborado por el Ministerio de Hacienda y
Función Pública del Gobierno de España.
No obstante, serán de aplicación supletoria las disposiciones que sobre
procedimientos de concesión y gestión de subvenciones rijan para la Administración de la
Junta de Andalucía.