Disposiciones generales. . (2024/108-2)
Extracto de la Orden de 22 de mayo de 2024, por la que se efectúa la convocatoria del procedimiento para la concesión de las ayudas para inversiones en comercialización y transformación de los productos pesqueros y acuícolas, al amparo de la Orden de 26 de octubre de 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 108 - Miércoles, 5 de junio de 2024

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medio de esta, sin que tal publicidad lleve aparejada la apertura de un nuevo plazo de
presentación de solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para adoptar y
publicar la resolución correspondiente.
No obstante lo anterior, en el caso de que se produzca tras dictar la resolución de concesión
un eventual aumento de crédito máximo disponible para esta convocatoria y sin necesidad
de que se dicte una nueva convocatoria, se podrá dictar una resolución complementaria a la
concesión de la subvención, incorporando en esta resolución complementaria a los solicitantes
que, cumpliendo los requisitos necesarios para tener la consideración de persona beneficiaria,
no hubieran obtenido tal condición por haberse agotado el crédito consignado inicialmente,
conforme a lo dispuesto en el artículo 10.e) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión
de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.
Tercero. Entidades solicitantes y beneficiarias de las ayudas.
Podrán solicitar las ayudas las personas o entidades contempladas específicamente
en el artículo 38 de la Orden de 26 de octubre de 2023 de bases reguladoras, siempre
que reúnan los requisitos contemplados en el artículo 3 del citada texto normativo:
- Ayudas a las inversiones en comercialización y transformación de los productos de
la pesca y de la acuicultura: Personas físicas y jurídicas que, siendo pymes, desarrollen
su actividad económica o profesional en el ámbito de la comercialización y transformación
de los productos pesqueros y acuícolas.
Cuarto. Objeto.
Estas subvenciones tienen por objeto la concesión de las ayudas para inversiones
en comercialización y transformación de los productos pesqueros y acuícolas, de
conformidad con el objetivo específico 2.2 del Programa para España del Fondo Europeo
Marítimo, de Pesca y de Acuicultura «Promover la comercialización, la calidad y el valor
añadido de los productos de la pesca y la acuicultura, así como de la transformación
de dichos productos», regulado en el artículo 26.1.b) del Reglamento (UE) 2021/1139
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se establece
el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura y al amparo de la Orden 26 de
octubre de 2023.

Sexto. Intensidad de la ayuda pública.
La intensidad máxima de la ayuda será del 50% del gasto subvencionable total de
la operación. No obstante, dicha intensidad podrá variar en función de la categoría de
la operación subvencionable de acuerdo a los porcentajes específicos de intensidad de
la ayuda contemplados en el Anexo III del Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 7 de julio:
- Si contribuyan a la aplicación de la obligación de desembarque a que se refiere el artículo
15 del Reglamento (UE) núm. 1380/2013: Operaciones que faciliten la comercialización de las
capturas no deseadas de los stocks comerciales, de acuerdo al punto b del Artículo 8(2) del
reglamento (UE) núm. 1379/2013: 75%.
- De apoyo a productos, procesos o equipos innovadores en el sector pesquero, el
sector de la acuicultura y el de la transformación: 75%.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Quinto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá en todos sus aspectos por lo establecido en la
Orden de 26 de octubre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para
la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva para la promoción,
la comercialización y la transformación de los productos pesqueros y acuícolas en la
Comunidad Autónoma de Andalucía al amparo del Programa para España del Fondo
Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura 2021-2027, publicada en el BOJA núm. 210, de
2 de noviembre de 2023.