Disposiciones generales. . (2024/108-2)
Extracto de la Orden de 22 de mayo de 2024, por la que se efectúa la convocatoria del procedimiento para la concesión de las ayudas para inversiones en comercialización y transformación de los productos pesqueros y acuícolas, al amparo de la Orden de 26 de octubre de 2023.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 108 - Miércoles, 5 de junio de 2024

página 45935/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Extracto de la Orden de 22 de mayo de 2024, por la que se efectúa la
convocatoria del procedimiento para la concesión de las ayudas para
inversiones en comercialización y transformación de los productos pesqueros y
acuícolas, al amparo de la Orden de 26 de octubre de 2023.
BDNS: 762848.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan en régimen de concurrencia competitiva las ayudas para inversiones
en comercialización y transformación de los productos pesqueros y acuícolas, reguladas
en la Orden de 26 de octubre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras
para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva para la promoción,
la comercialización y la transformación de los productos pesqueros y acuícolas en la
Comunidad Autónoma de Andalucía al amparo del Programa para España del Fondo
Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura 2021-2027.
2. La información asociada a este procedimiento de ayudas está disponible en el
código de procedimiento 25187, en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y
Servicios de la sede electrónica General de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25187.html
Segundo. Financiación y régimen aplicable.
1. Las ayudas reguladas en esta orden están cofinanciadas por la Unión Europea, a
través del Fondo Europeo Marítimo de Pesca y de Acuicultura, y por la Administración de
la Junta de Andalucía, en un 70% y en un 30%, respectivamente.
2. Estas ayudas se harán efectivas a través de los siguientes créditos presupuestarios
que se especifican a continuación con arreglo a las siguientes cuantías máximas total
para la línea de ayudas convocada y con la siguiente distribución presupuestaria:
Entidades
beneficiarias

Ayudas para inversiones en
Personas y
comercialización y transformación
entidades
de los productos pesqueros y
privadas
acuícolas

Partida presupuestaria

2024

Cuantía máxima
2025

2026

1400120000/G/71P/77300/00/
1.000.000,00 € 2.000.000,00 € 2.000.000,00 €
G4220402A6

3. Se podrá contar con cuantías adicionales máximas de hasta 1.000.000,00 €
para la línea de ayudas a inversiones en comercialización y transformación de los
productos pesqueros y acuícolas, cuya aplicación a la concesión no requerirá de una
nueva convocatoria, cuantía que podría incorporarse a la cuantía máxima indicada con
anterioridad a que se dicte la resolución de concesión, como consecuencia de un aumento
de crédito disponible derivado de una generación, una ampliación o una incorporación
de crédito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.d) del Reglamento de los
Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de
Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo. La declaración del aumento
de crédito se publicará por quien lleva a cabo la presente convocatoria y por el mismo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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