Autoridades y personal. . (2024/106-19)
Resolución de 24 de mayo de 2024, de la Secretaría General del Parlamento de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de la Mesa del Parlamento de Andalucía, de 22 de mayo de 2024, por el que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema de oposición libre, en el cuerpo técnico, escala de técnicos superiores, especialidad Biblioteca, Documentación y Archivo, del Parlamento de Andalucía.
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 106 - Lunes, 3 de junio de 2024

página 45724/9

8. Presentación de documentos.
8.1. En el plazo de veinte días naturales a contar desde la publicación en el Boletín
Oficial del Parlamento de Andalucía del nombre de la persona aspirante que ha superado
las pruebas selectivas, esta deberá presentar en el Registro General de la Cámara los
siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de
identidad de extranjero en vigor.
En el supuesto de descendiente de españoles o nacionales de otros Estados
miembros de la Unión Europea o de su cónyuge, según lo recogido en la base 2.1.1,
deberá acreditar, además, el vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a
expensas o estar a cargo de la persona nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea con la que tenga dicho vínculo.
b) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas habituales del cuerpo técnico, escala de técnicos superiores,
especialidad Biblioteca, Documentación y Archivo, del Parlamento de Andalucía.
Los aspirantes con discapacidad, cualquiera que sea su grado, estarán exentos de la
presentación de dicho certificado; en su caso deberán presentar certificado emitido por
los órganos competentes en la materia de la Junta de Andalucía u órganos similares de
otras administraciones públicas que acrediten tal condición, que especifique el grado de
discapacidad que padecen y su aptitud para desempeñar las funciones correspondientes
al cuerpo técnico, escala de técnicos superiores, especialidad Biblioteca, Documentación
y Archivo, del Parlamento de Andalucía.
c) Fotocopia compulsada del título académico oficial exigido para el ingreso en el cuerpo.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separada, mediante expediente
disciplinario, del servicio de ninguna administración pública o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
y de no poseer la condición de personal funcionario del cuerpo técnico, escala de
técnicos superiores, especialidad Biblioteca, Documentación y Archivo, del Parlamento
de Andalucía.
En el caso de no poseer la nacionalidad española, declaración jurada o promesa
de no hallarse inhabilitada o en situación equivalente, ni estar o haber sido sometida a
sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, el
acceso al empleo público.
8.2. Si la persona seleccionada tiene la condición de personal funcionario del
Parlamento de Andalucía o está prestando servicios en el Parlamento de Andalucía,
estará exenta de justificar las condiciones y los requisitos ya acreditados para obtener su
anterior nombramiento.
8.3. Si la persona interesada, dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor,
no presentase la documentación señalada anteriormente, o del examen de esta se
dedujera que carece de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, no podrá ser
nombrada personal funcionario y quedarán sin efecto sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad por falsedad en que hubiese incurrido en la solicitud inicial de participación.
8.4. Con el fin de asegurar la cobertura de la plaza convocada si la persona
seleccionada renuncia o carece de los requisitos señalados en la base 2, la Mesa de
la Cámara podrá requerir al tribunal calificador relación complementaria con la persona
aspirante que siga a la persona propuesta para su posible nombramiento como personal
funcionario de carrera; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.8 del
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00302673

de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.