Autoridades y personal. . (2024/106-19)
Resolución de 24 de mayo de 2024, de la Secretaría General del Parlamento de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de la Mesa del Parlamento de Andalucía, de 22 de mayo de 2024, por el que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema de oposición libre, en el cuerpo técnico, escala de técnicos superiores, especialidad Biblioteca, Documentación y Archivo, del Parlamento de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 106 - Lunes, 3 de junio de 2024

página 45724/8

7. Propuesta del tribunal calificador.
7.1. Finalizados los ejercicios de la oposición, el tribunal calificador hará público en el
Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía, en el tablón de anuncios y en la página web
de la Cámara, el nombre de la persona que ha superado el proceso selectivo, que será,
en su caso, la persona aspirante que, habiendo aprobado cada uno de los ejercicios, ha
obtenido la mayor puntuación total, con las calificaciones de cada uno de los ejercicios y
la puntuación total, y la propondrá a la Mesa de la Cámara para su nombramiento como
personal funcionario del cuerpo técnico, escala de técnicos superiores, especialidad
Biblioteca, Documentación y Archivo, del Parlamento de Andalucía.
La puntuación total vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas
en cada uno de los ejercicios de la oposición.
En caso de empate en la puntuación final, el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida en el cuarto ejercicio; en caso de persistir la igualdad, se
atenderá a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio; si persistiera el empate,
se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio; y si, aun así,
persistiera el empate, se resolverá por sorteo.
7.2. Contra esta propuesta del tribunal calificador se podrá interponer recurso
de alzada ante la Mesa de la Cámara, en el plazo de un mes contado a partir del día
siguiente al de la publicación de la lista, de conformidad con los artículos 121 y 122
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00302673

6.4.6. El tribunal hará pública en el tablón de anuncios y en la página web del
Parlamento la lista de personas aprobadas, ordenada alfabéticamente, con la puntuación
obtenida.
6.5. Cuarto ejercicio. Consistirá en la resolución de un supuesto práctico adecuado a
las funciones propias del cuerpo y escala a que se aspira, y relacionado con el bloque B
del programa de materias recogido en el Anexo I.
6.5.1. El tiempo para la resolución del supuesto será de tres horas. Las personas
aspirantes podrán utilizar los recursos informativos y documentales que consideren
necesarios.
6.5.2. El ejercicio será leído por las personas aspirantes ante el tribunal en sesión
pública, para lo cual dispondrán de un máximo de treinta minutos. Concluida la exposición,
el tribunal calificador podrá dialogar con la persona candidata, durante un máximo de
diez minutos, sobre cuestiones relacionadas con la resolución del supuesto.
6.5.3. Este ejercicio se calificará de 0 a 120 puntos. Para aprobar dicho ejercicio será
necesario obtener una calificación mínima de 60 puntos.
Se valorarán los conocimientos, la claridad y orden de ideas y la calidad de la
expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición.
6.5.4. El tribunal hará pública en el tablón de anuncios y en la página web del
Parlamento la lista de personas aprobadas, ordenada alfabéticamente, con la puntuación
obtenida.
6.6. El lugar, fecha y hora de cada uno de los ejercicios se publicará en la página web
y en el tablón de anuncios del Parlamento.
6.7. Contra las listas de personas aprobadas en cada uno de los ejercicios se podrá
interponer recurso de alzada ante la Mesa de la Cámara, en el plazo de un mes contado a
partir del día siguiente al de la publicación de la lista, de conformidad con los artículos 121
y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
6.8. Las personas opositoras serán convocadas para cada ejercicio mediante
llamamiento único. Los derechos de quienes no comparezcan a su realización quedarán
decaídos, con excepción de lo previsto en la base 10.
6.9. En cualquier momento el tribunal calificador podrá requerir de los opositores que
acrediten su personalidad.