3. Otras disposiciones. . (2024/106-44)
Orden de 28 de mayo de 2024, por la que se modifica la Orden de 14 de octubre de 2022, por la que se delegan competencias en órganos directivos y entidades de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 106 - Lunes, 3 de junio de 2024

página 45808/2

resolución del procedimiento de reintegro y, en su caso, la resolución de la prescripción
del derecho al reintegro de las subvenciones.
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 46.4 de la
Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
así como en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, y en los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía,
DISPONGO
Primero. Modificación de la Orden de 14 de octubre de 2022, por la que se delegan
competencias en órganos directivos y entidades de la Consejería de Empleo, Empresa y
Trabajo Autónomo.
El apartado 5 del dispositivo cuarto de la Orden de 14 de octubre de 2022, por la que
se delegan competencias en órganos directivos y entidades de la Consejería de Empleo,
Empresa y Trabajo Autónomo, queda redactado del siguiente modo:
«5. En relación con las subvenciones en las que la delegación de competencias
no esté prevista expresamente y se otorguen con cargo a los créditos asignados a
una Dirección General, se delegan en la persona titular de dicha Dirección General las
siguientes competencias:
a) La iniciación, ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión,
seguimiento, justificación de las subvenciones, así como, en su caso, la declaración de la
prescripción del derecho al cobro de éstas, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa
específica sobre la materia.
b) La iniciación, ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de reintegro
y, en su caso, la resolución de prescripción del derecho al reintegro de las subvenciones,
sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa específica sobre la materia.»
Segundo. Eficacia.
La presente orden surtirá efectos a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 28 de mayo de 2024
ROCÍO BLANCO EGUREN

00302758

Consejera de Empleo, Empresa
y Trabajo Autónomo

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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