Disposiciones generales. . (2024/106-3)
Extracto de la Resolución de 23 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convoca, para el año 2024, la concesión de subvenciones de las líneas 4 y 5 reguladas en la Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 106 - Lunes, 3 de junio de 2024

página 45612/2

4. Serán subvencionables las contrataciones realizadas a partir de que surta efectos
la presente convocatoria y durante su vigencia, así como las contrataciones realizadas en
los doce meses anteriores a que surta efectos la presente convocatoria.
Cuarto. Créditos disponibles y financiación.
1. La concesión de las subvenciones se financiará con cargo a los créditos del
Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024, aprobado
mediante la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma
de Andalucía para el año 2024, dentro del programa presupuestario 72 C «Trabajo
Autónomo y Economía social», y se imputarán con cargo a la partida presupuestaria que
se indica en el apartado siguiente, financiadas con fondos propios (Servicio 01).
2. La cuantía total máxima destinada a la presente convocatoria es de 600.000,00
euros, estando limitadas, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias existentes,
según el siguiente desglose entre ellas y por líneas de subvención.
LÍNEAS

IMPORTE TOTAL
ANUALIDAD 2024

PARTIDA PRESUPUESTARIA

Línea 4: Incentivos para la contratación realizada por
personas trabajadoras autónomas con hijos o hijas menores
1200010063 G/72C/77804/00 01 2016000266
de tres años a su cargo para que trabajen en su actividad
económica y profesional.
Línea 5: Incentivos para la contratación realizada por
personas trabajadoras autónomas para su sustitución en los
supuestos de riesgo durante el embarazo, y en los periodos 1200010063 G/72C/77804/00 01 2016000266
de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda
con fines de adopción, o acogimiento familiar.

315.000,00 €

285.000,00 €

3. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 de la Orden de 6 de abril de
2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público
derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y
sus agencias administrativas y de régimen especial, en relación con el artículo 9 de dicha
orden, las cuantías máximas fijadas en el punto 2 anterior se distribuyen en los ámbitos
provinciales que a continuación se detallan:
LÍNEA 4:

PROVINCIA
PARTIDA PRESUPUESTARIA
Almería
Cádiz
Córdoba
Granada
1200010063 G/72C/77804/00 01 2016000266
Huelva
Jaén
Málaga
Sevilla

FUENTE FINANCIACIÓN

Servicio 01

TOTAL

IMPORTE
30.000,00 €
43.200,00 €
22.000,00 €
49.018,64 €
24.748,69 €
20.000,00 €
61.032,67 €
65.000,00 €
315.000,00 €

LÍNEA 5:
PARTIDA PRESUPUESTARIA

1200010063 G/72C/77804/00 01 2016000266

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

FUENTE FINANCIACIÓN

IMPORTE
29.000,00 €
60.477,00 €
22.000,00 €
30.000,00 €
Servicio 01
25.851,32 €
22.000,00 €
50.671,68 €
45.000,00 €
TOTAL
285.000,00 €

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00302562

PROVINCIA
Almería
Cádiz
Córdoba
Granada
Huelva
Jaén
Málaga
Sevilla