Disposiciones generales. . (2024/507-1)
Orden de 23 de mayo de 2024, por la que se modifica la Orden de 19 de junio de 2023, por la que se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a municipios de Andalucía con población entre 50.000 y 100.000 habitantes, para la realización de actuaciones en el marco del Plan de Impulso al Medio Ambiente Cambio Climático, y se aprueban las bases reguladoras para su concesión.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 7 - Viernes, 31 de mayo de 2024

página 45707/2

Según se establece en las bases del PIMA Cambio Climático «Las actuaciones
objeto de este PIMA deberán desarrollarse en el plazo de 48 meses contados a partir
del día siguiente de la fecha del acuerdo de Consejo de Ministros por el que se aprueba
el reparto de la Conferencia Sectorial. Este plazo podrá ser prorrogado por 6 meses,
siempre que se realice una solicitud a la OECC antes de finalizar el plazo de desarrollo
de este plan».
Por su parte, la Orden de 19 de junio de 2023 establece el 1 de junio de 2024 como fecha
final para la realización de las actuaciones subvencionadas, plazo que queda establecido
tanto en la convocatoria de las subvenciones, como en la orden de bases reguladoras,
habiendo adoptado la tramitación de estas subvenciones la forma de acto administrativo
plúrimo, aprobado mediante orden, con vigencia limitada a la presente convocatoria.
Habida cuenta de que se han recibido varias solicitudes de ampliación de plazo por
parte de las entidades beneficiarias, para poder llevar a cabo de forma adecuada la
ejecución de las actuaciones concedidas, el pasado 17 de mayo de 2024 se procede
a solicitar a la Oficina Española de Cambio Climático, la correspondiente prórroga de 6
meses establecida en las bases del PIMA Cambio Climático, recibiéndose Resolución de
21 de mayo de 2024, por la que se concede una prórroga a la Comunidad Autónoma de
Andalucía, para la ejecución de las actuaciones previstas en el PIMA Cambio Climático,
aprobado en la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, celebrada el 21 de septiembre
de 2020, y quedando por lo tanto establecida la nueva fecha de finalización del desarrollo
de las actuaciones el 28 de abril de 2025.
Por todo ello, procede modificar las bases recogidas en la Orden de 19 de junio de
2023, para ajustar el nuevo plazo de fin de desarrollo de las actuaciones concedidas.
Por su parte, el Decreto 18/2024, de 29 de enero, por el que se modifica el Decreto
162/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, asigna las competencias en materia
de cambio climático a la Secretaría General de Medio Ambiente, Cambio Climático y
Economía Azul.
En su virtud, a propuesta de la persona titular de la Secretaría General de Medio
Ambiente, Cambio Climático y Economía Azul, y en uso de las facultades que me confiere
el artículo 118.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la
Comunidad Autónoma de Andalucía (aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2010, de
2 de marzo), y el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la
Comunidad Autónoma de Andalucía,
DISPONGO

Uno. Se modifica el apartado 12 del resuelvo primero, Convocatoria de subvenciones
en el marco del PIMA Cambio Climático, que queda redactado como sigue:
«12. Las actuaciones subvencionadas deberán realizarse entre el 28 de octubre
de 2020 y el 28 de abril de 2025. Los justificantes del gasto correspondiente deberán
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00302657

Artículo único. Modificación de la Orden de 19 de junio de 2023, por la que se efectúa
la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no
competitiva, destinadas a municipios de Andalucía con población entre 50.000 y 100.000
habitantes, para la realización de actuaciones en el marco del Plan PIMA Cambio
Climático, y se aprueban las bases reguladoras para su concesión.
La Orden de 19 de junio de 2023, por la que se efectúa la convocatoria para la
concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a
municipios de Andalucía con población entre 50.000 y 100.000 habitantes, para la
realización de actuaciones en el marco del Plan PIMA Cambio Climático, y se aprueban
las bases reguladoras para su concesión, queda redactada como sigue: