Autoridades y personal. . (2024/103-43)
Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se da publicidad a las bases y convocatoria para la provisión del puesto de Tesorería en Diputación Provincial de Granada mediante el sistema de libre designación.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 103 - Miércoles, 29 de mayo de 2024
página 45608/3
Granada. La solicitud podrá presentarse en el registro electrónico de la Diputación de
Granada al que puede accederse a través de la siguiente URL:
https://sede.dipgra.es/opencms/opencms/sede#
así como en cualquiera de los registros electrónicos previstos en el artículo 16.4.a)
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
4.3. Además de los datos consignados en el modelo de solicitud, los aspirantes
acompañarán a la misma su currículum vitae, en el que figuren títulos académicos, años
de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos
realizados y otros méritos que se estime oportuno poner de manifiesto, acompañando
la documentación justificativa de tales extremos. Los méritos alegados se computarán
hasta el último día, inclusive, del plazo de presentación de solicitudes.
De acuerdo con el artículo 28.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas interesadas se
responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.
No obstante, cuando la relevancia del documento lo exija o existan dudas derivadas
de la calidad de la copia, se podrán solicitar de manera motivada el cotejo de las copias
aportadas por el interesado, para lo que se podrá requerir la exhibición del documento o
de la información original.
5. Resolución de la convocatoria.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente de la Corporación
procederá, previa constatación de los requisitos exigidos en la convocatoria, y a la
vista de la trayectoria profesional y los méritos acreditados por los aspirantes, a dictar
la resolución correspondiente, en el plazo de un mes, dando cuenta al Pleno de la
Corporación.
De dicha resolución, se dará traslado al órgano competente de la Comunidad
Autónoma y al Ministerio correspondiente, para su publicación en el Boletín Oficial del
Estado.
El puesto deberá ser adjudicado entre los candidatos que reúnan los requisitos
exigidos en la convocatoria. En todo caso, deberá quedar acreditada, como fundamento
de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.
7. Norma final.
7.1 En lo no previsto en las presentes bases será de aplicación, en lo que proceda, el
Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo. La presentación de la solicitud para participar en
la provisión del puesto a que se refieren estas Bases, comporta la aceptación íntegra de
las mismas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
recurso potestativo de reposición ante el Presidente de la Diputación de Granada, en el
plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si no estima
oportuna la presentación del recurso potestativo de reposición, podrá interponer recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados en la misma forma ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, con arreglo a lo señalado en los
artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Asimismo, podrá interponer cualquier otro recurso que
estime pertinente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302558
6. Toma de posesión.
El plazo de toma de posesión será el que establece el artículo 41 del Real Decreto
128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de
Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 103 - Miércoles, 29 de mayo de 2024
página 45608/3
Granada. La solicitud podrá presentarse en el registro electrónico de la Diputación de
Granada al que puede accederse a través de la siguiente URL:
https://sede.dipgra.es/opencms/opencms/sede#
así como en cualquiera de los registros electrónicos previstos en el artículo 16.4.a)
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
4.3. Además de los datos consignados en el modelo de solicitud, los aspirantes
acompañarán a la misma su currículum vitae, en el que figuren títulos académicos, años
de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos
realizados y otros méritos que se estime oportuno poner de manifiesto, acompañando
la documentación justificativa de tales extremos. Los méritos alegados se computarán
hasta el último día, inclusive, del plazo de presentación de solicitudes.
De acuerdo con el artículo 28.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas interesadas se
responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.
No obstante, cuando la relevancia del documento lo exija o existan dudas derivadas
de la calidad de la copia, se podrán solicitar de manera motivada el cotejo de las copias
aportadas por el interesado, para lo que se podrá requerir la exhibición del documento o
de la información original.
5. Resolución de la convocatoria.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente de la Corporación
procederá, previa constatación de los requisitos exigidos en la convocatoria, y a la
vista de la trayectoria profesional y los méritos acreditados por los aspirantes, a dictar
la resolución correspondiente, en el plazo de un mes, dando cuenta al Pleno de la
Corporación.
De dicha resolución, se dará traslado al órgano competente de la Comunidad
Autónoma y al Ministerio correspondiente, para su publicación en el Boletín Oficial del
Estado.
El puesto deberá ser adjudicado entre los candidatos que reúnan los requisitos
exigidos en la convocatoria. En todo caso, deberá quedar acreditada, como fundamento
de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.
7. Norma final.
7.1 En lo no previsto en las presentes bases será de aplicación, en lo que proceda, el
Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo. La presentación de la solicitud para participar en
la provisión del puesto a que se refieren estas Bases, comporta la aceptación íntegra de
las mismas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
recurso potestativo de reposición ante el Presidente de la Diputación de Granada, en el
plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si no estima
oportuna la presentación del recurso potestativo de reposición, podrá interponer recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados en la misma forma ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, con arreglo a lo señalado en los
artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Asimismo, podrá interponer cualquier otro recurso que
estime pertinente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302558
6. Toma de posesión.
El plazo de toma de posesión será el que establece el artículo 41 del Real Decreto
128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de
Administración Local con habilitación de carácter nacional.