Disposiciones generales. . (2024/103-2)
Orden de 23 de mayo de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por el Instituto Andaluz de la Juventud, a Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras entidades y Grupos de Corresponsales Juveniles, para la realización de actuaciones en materia de juventud.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 103 - Miércoles, 29 de mayo de 2024
página 45618/6
Durante su tramitación, esta orden ha sido sometida al trámite de audiencia e
información pública, permitiendo tanto a las entidades afectadas por la materia como a la
ciudadanía en general, la realización de aportaciones y observaciones.
Por todo lo expuesto, previos los informes legales preceptivos, a propuesta del
Director General del Instituto Andaluz de la Juventud, y en cumplimiento de lo dispuesto
en el artículo 118.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la
Junta de Andalucía, el artículo 26 de La Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración
de la Junta de Andalucía , y en uso de las facultades conferidas por los artículos 44.2 y
46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, y demás normas de general aplicación, en relación con el Decreto 161/2022,
de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad,
DISPONGO
Artículo único. Aprobación de las bases reguladoras.
1. Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen
de concurrencia competitiva, por el Instituto Andaluz de la Juventud, a Asociaciones
Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras
Entidades y Grupos de Corresponsales Juveniles, para la realización de actuaciones en
materia de juventud.
2. Las bases reguladoras están compuestas por:
a) Texto articulado, aprobado mediante Orden de 20 de diciembre de 2019, por la
que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración
de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre), formando dicho texto parte integrante
de la presente disposición.
b) El cuadro resumen de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
para la realización de actuaciones en materia de juventud a Asociaciones Juveniles,
Federaciones de Asociaciones Juvenil, Secciones Juveniles de otras Entidades y Grupos
de Corresponsales Juveniles, el cual se inserta a continuación.
3. La información asociada al procedimiento regulado en esta orden se encuentra
disponible en el Registro de Procedimientos y Servicios, con el código 8570, en el siguiente
enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la página web de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/8570/datos-basicos.html
Disposición adicional primera. Convocatorias.
Se delega en la persona titular de la Dirección General del Instituto Andaluz de la
Juventud, la competencia para efectuar la convocatoria pública de las subvenciones
reguladas en la presente orden, mediante resolución, en la que se establecerá el plazo
de presentación de las solicitudes de subvenciones y se aprobarán los formularios para
presentar las solicitudes y alegaciones.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Se deroga la Orden de 25 de junio de 2021, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva,
por el Instituto Andaluz de la Juventud a Asociaciones Juveniles, Federaciones
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302583
Disposición adicional segunda. Facultades de cumplimiento y aplicación.
Se faculta a la persona titular de la Dirección General del Instituto Andaluz de la
Juventud para cuantas actuaciones sean necesarias para el cumplimiento y aplicación de
esta orden.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 103 - Miércoles, 29 de mayo de 2024
página 45618/6
Durante su tramitación, esta orden ha sido sometida al trámite de audiencia e
información pública, permitiendo tanto a las entidades afectadas por la materia como a la
ciudadanía en general, la realización de aportaciones y observaciones.
Por todo lo expuesto, previos los informes legales preceptivos, a propuesta del
Director General del Instituto Andaluz de la Juventud, y en cumplimiento de lo dispuesto
en el artículo 118.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la
Junta de Andalucía, el artículo 26 de La Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración
de la Junta de Andalucía , y en uso de las facultades conferidas por los artículos 44.2 y
46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, y demás normas de general aplicación, en relación con el Decreto 161/2022,
de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad,
DISPONGO
Artículo único. Aprobación de las bases reguladoras.
1. Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen
de concurrencia competitiva, por el Instituto Andaluz de la Juventud, a Asociaciones
Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras
Entidades y Grupos de Corresponsales Juveniles, para la realización de actuaciones en
materia de juventud.
2. Las bases reguladoras están compuestas por:
a) Texto articulado, aprobado mediante Orden de 20 de diciembre de 2019, por la
que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración
de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre), formando dicho texto parte integrante
de la presente disposición.
b) El cuadro resumen de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
para la realización de actuaciones en materia de juventud a Asociaciones Juveniles,
Federaciones de Asociaciones Juvenil, Secciones Juveniles de otras Entidades y Grupos
de Corresponsales Juveniles, el cual se inserta a continuación.
3. La información asociada al procedimiento regulado en esta orden se encuentra
disponible en el Registro de Procedimientos y Servicios, con el código 8570, en el siguiente
enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la página web de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/8570/datos-basicos.html
Disposición adicional primera. Convocatorias.
Se delega en la persona titular de la Dirección General del Instituto Andaluz de la
Juventud, la competencia para efectuar la convocatoria pública de las subvenciones
reguladas en la presente orden, mediante resolución, en la que se establecerá el plazo
de presentación de las solicitudes de subvenciones y se aprobarán los formularios para
presentar las solicitudes y alegaciones.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Se deroga la Orden de 25 de junio de 2021, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva,
por el Instituto Andaluz de la Juventud a Asociaciones Juveniles, Federaciones
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302583
Disposición adicional segunda. Facultades de cumplimiento y aplicación.
Se faculta a la persona titular de la Dirección General del Instituto Andaluz de la
Juventud para cuantas actuaciones sean necesarias para el cumplimiento y aplicación de
esta orden.